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Ley General de Educación y el escenario de los acuerdos


El debate parlamentario que parecía iniciarse con la aprobación de la idea de legislar, se vio repentinamente interrumpido con la presentación de la propuesta de ley entregada por la Alianza. El Gobierno retiró la urgencia al proyecto de ley General de Educación y abrió la posibilidad de encontrar acuerdos previos al debate parlamentario, teniendo en consideración, principalmente, la necesidad de quórum calificado para algunos artículos, lo que en la práctica dificulta la posibilidad de legislar.



Ante este escenario nos surgen algunas reflexiones que queremos compartir.



Un primer aspecto se refiere al significado político que tiene el que se promulgue una nueva ley general de educación. Sin duda que el articulado de ambas propuestas se refiere principalmente a aspectos técnicos. Sin embargo, lo que está en discusión es un re ordenamiento general de nuestro sistema educativo, tema importante para la sociedad y ante lo cual existen posturas diferentes.



La necesidad de contar con mayoría calificada en el Parlamento para esta normativa legal, obliga a negociar y encontrar ciertos acuerdos. Pero más importante aún, es que constituye una ocasión para abrir un debate público e informado que recoja antecedentes y considere insumos de diversos actores de nuestra sociedad que permitan enriquecer la decisión final radicada en el parlamento.



En relación al momento histórico en que se produce este debate, queda en evidencia que un cambio en la LOCE no estaba incluido en la agenda política del Gobierno, abriéndose el actual escenario a raíz de las movilizaciones estudiantiles de mayo de 2006. Estas movilizaciones, que concitaron un apoyo ciudadano masivo y transversal, se referían básicamente a la demanda por una educación de calidad, centrada en ciertas condiciones necesarias para que ésta pudiera darse. Existieron requerimientos específicos respecto a la infraestructura, al ordenamiento eficiente de los tiempos escolares y a la calidad de los procesos educativos. A estos requerimientos se sumó una demanda estructural, referida a la derogación de la LOCE.



El escenario de los acuerdos recientemente aludidos, busca acercar posiciones entre dos propuestas que aparecen orientadas por un mismo principio. Este principio constituye una demanda del conjunto de la sociedad, como es la calidad de la educación. Pareciera que existe consenso en que alcanzar mayores niveles de calidad constituye un imperativo, tanto para apoyar un mayor desarrollo económico como para profundizar en nuestra convivencia democrática. Sin embargo, tras este primer gran consenso existen diferentes formas de comprenderlo y también de enfrentarlo, que corresponden a maneras distintas de entender la convivencia democrática y la construcción de una sociedad más inclusiva e integradora.



Consideramos importante, en este escenario, tener presente ciertas premisas básicas:



1.- Después de 27 años de un orden del sistema educativo que se basa en la competencia entre establecimientos como factor determinante para un mejoramiento de la calidad de la educación, se ha mostrado su completo fracaso. Las correcciones realizadas a partir de los ’90 no variaron sustancialmente ese ordenamiento. Por lo tanto, lo que se necesita es una mirada en profundidad a la estructura del sistema, lo que incluye forma y montos de financiamiento, perfiles de sostenedores y rol del estado. No cabe a estas alturas correcciones o mejoramientos parciales, sino una revisión rigurosa a la forma en que se organiza la provisión educativa.



2.- Es necesario, desde esta perspectiva, una redefinición de las condiciones para que operen los sostenedores. Entendiendo que se trata de un sistema educativo de provisión mixta. El nuevo ordenamiento legal debe poner la mayor atención en quiénes son los sostenedores de establecimientos, clarificando perfiles y roles, tanto para la educación estatal como para la particular. Los sostenedores han sido los actores olvidados de las políticas educativas a partir de los ’90 y constituyen pilares fundamentales del funcionamiento del sistema. Si no contamos con sostenedores cuyo fin único y prioritario sea proveer educación, estamos ante un sistema educativo que presenta serios problemas con uno de sus actores fundamentales. En este contexto, la posibilidad de lucrar con los recursos públicos asignados a educación desvirtúa el objetivo prioritario de un sostenedor, como es entregar el mejor nivel educativo posible. La cantidad relativamente reducida de recursos que entrega el estado al sostenedor para la educación de sus alumnos/as, impide destinar parte de estos al lucro personal, sin desmedro de la calidad de la educación entregada.



3.- Un principio que debería estar presente en relación a los sostenedores es que, a diferentes responsabilidades y exigencias, existan condiciones distintas de financiamiento. En la actualidad esto no ocurre, presentado la educación municipal un conjunto de responsabilidades que no son asumidas de igual forma por la educación particular, generándose desequilibrios que gravitan negativamente sobre la oferta educativa municipal. De ahí que es necesario, por una parte, estudiar con la mayor atención las demandas por un aumento parejo de la subvención y por otra parte, la forma en que se utilizan los nuevos y mayores recursos, que si bien son necesarios en muchos casos, deben ser eficientemente utilizados.



4.- La educación municipal, constituida por decreto en la educación pública en nuestro país, adolece de innumerables problemas que obligan a mirar con atención su reordenamiento. Un avance en este sentido es la posibilidad de constituir entidades territoriales que agrupen municipios, generando economías de escala y permitiendo un mejor aprovechamiento de los recursos humanos y de infraestructura. Es necesario que estas entidades tengan capacidades autónomas de gestión; teniendo los Municipios, las autoridades regionales y representantes de actores educativos y sociales una clara responsabilidad en el diseño de su planificación estratégica y en la evaluación de sus resultados. Este reordenamiento de la educación pública estatal, se presenta como una condición para alcanzar un mejoramiento significativo de la calidad de la educación para todos los niños, niñas y jóvenes de nuestro país.



5.- La necesidad de contar con una normativa legal, que sirva de soporte para un efectivo mejoramiento de la calidad de la educación, se convierte en urgencia si consideramos la desigualdad y segmentación social que nos muestran los logros de aprendizaje de los alumnos/as. El piso del que parten los niños y niñas pertenecientes a sectores de menores recursos en términos económicos, de condiciones de vida, de características de sus territorios y de soportes educativos, es significativamente más bajo que el que presentan los otros sectores de la población. La particularidad es que los primeros constituyen más del 50% de la población escolar. La trayectoria escolar de estos alumnos/as está marcada por la dificultad y el fracaso, además de la carencia en sus aprendizajes. Por lo que la escuela o el liceo no constituyen, en las actuales condiciones, un espacio mitigador de las diferencias sociales, sino más bien en un espacio que las refuerza y consolida.



En este contexto, la selección de alumnos/as realizada preferentemente por los sostenedores particulares se constituye en un agravante de esta situación, al concentrar en los establecimientos municipales al alumnado que presenta las mayores dificultades para enfrentar exitosamente los procesos educativos. La selección constituye un atentado contra la libertad de enseñanza, al reservarse los sostenedores en forma unilateral el derecho a elegir alumnos/as en desmedro del derecho de las familias a elegir el establecimiento educativo para sus hijos/as. Es aún más inaceptable que esta práctica se realice en establecimientos que reciben recursos del Estado para impartir educación.



6.- La competencia entre sostenedores por la captación de alumnos, la sanción social por bajos resultados, la reiterada culpabilización de los docentes, se han mostrado ineficientes para enfrentar la segmentación y el deterioro del sistema educativo del segmento escolar con mayores necesidades. Las disposiciones legales que entrarán en discusión, tendientes a subsanar los problemas existentes, debieran tener como eje orientador que la educación de calidad es un derecho para todos los ciudadanos/as de nuestro país y que es obligación tanto del Gobierno como del parlamento establecer las condiciones para cumplir con ese derecho.



*Loreto Egaña es directora del Programa Interdisciplinario de Investigaciones en Educación (PIIE)

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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