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El Estado chileno no fiscaliza


En los inicios de la dictadura de Pinochet (1974/75) se publicaron dos decretos supremos emitidos por el Ministerio de Agricultura, mediante los cuales, por razones de orden ambiental, se prohibió la corta de árboles y arbustos en la zona precordillerana de la región metropolitana. La Corporación Nacional Forestal (CONAF), organismo dependiente de ese ministerio, tenía que fiscalizar el cumplimiento de tales mandatos legales.



Con posterioridad, en el Plan Intercomunal de Santiago (PIS), vigente desde 1960 hasta 1994, con ánimo conservacionista, se declaró en 1979 ese importante y frágil territorio como «Área de Preservación Natural del Medio Ambiente» y en el año 1980 entró en vigencia el Decreto Ley (DL) 3.516 que permitió en los sectores rurales de todo el país la subdivisión de los predios agrícolas en unidades de media hectárea, dándose así origen a las llamadas «parcelas de agrado».



Entre 1979 y 1980, bajo las influencias de los economistas neoliberales de la Escuela de Chicago, mentores de los funcionarios de Mideplan, de Hacienda y en general de todos aquellos que tomaban decisiones en esa época, se liberalizó el uso del suelo, con la idea de que al no haber planificación urbana y por ende, con la mayor oferta de suelo, sus precios iban a bajar. Sucedió todo lo contrario y Chile entero se llenó de las bien dotadas «parcelas de agrado», las que en el papel no podían perder su destino exclusivo agrícola. El SAG y el Minvu, servicios públicos que tenían que fiscalizar el cumplimiento de ese DL, hicieron la vista gorda y en los hechos toleraron la proliferación de condominios habitacionales cerrados fuera de los límites urbanos.



En 1994 se publicó en el diario oficial el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) que reemplazó al PIS y como los técnicos conocían los abusos cometidos con las «parcelas de agrado», éstas se prohibieron explícitamente en el territorio rural de nuestra región. Sólo se permitió la subdivisión de predios en unidades mínimas de 2 hectáreas llamadas «parcelas agro-residenciales».



En este nuevo instrumento normativo urbano se declaró como «Área de Preservación Ecológica» el amplio territorio denominado anteriormente «Área de Preservación Natural de Medio Ambiente» y se limitaron muy restrictivamente las actividades que se podían desarrollar allí, estableciéndose con meridiana claridad que no se podían subdividir los predios. Los límites urbanos de las comunas del sector oriente de nuestra metrópoli están fijados entre las cotas 800 y 1.000 msnm y esto lo saben muy bien todos aquellos que se desenvuelven profesionalmente en este ámbito de materias.



Ahora bien, en 1985, es decir, mientras estaba vigente el PIS, unos privados inscribieron en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago (CBRS) unas parcelaciones de un fundo de 450 hectáreas situado sobre la cota 1.500 msnm en el área protegida de Lo Barnechea, cuyo plano no se tramitó conforme a lo ordenado en la legislación vigente en aquél tiempo, es decir, no se aprobó en las instancias administrativas respectivas, sino que el titular procedió a su archivo directamente en el CBRS, bajo la fórmula equivocada de subdivisión de predios rústicos según el DL 3.516. Como vemos, el error no sólo lo cometieron los privados, sino también el propio CBRS que admitió la inscripción.



En meses recientes, los titulares de las referidas parcelaciones solicitaron en la Dirección de Obras de Lo Barnechea los «certificados de informaciones previas», correspondientes a sus predios, documentos que otorgan ciertos derechos a sus poseedores. Según hemos sabido, la autoridad local se los negó porque tales «parcelas de agrado» en rigor no lo son y porque esa autoridad municipal no puede aprobar un loteo de viviendas en ese territorio protegido por la normativa reguladora.



Por otro lado y en el hipotético caso de que después de varios malabares fueran posibles tales subdivisiones, los privados interesados no han resuelto las materias viales ni ambientales en los términos exigidos por la institucionalidad. Y en esta línea argumental, con el propósito de «salvar» el impasse de aquel particular que desea obtener una plusvalía patrimonial, apareció el flexible y modernísimo Seremi de Vivienda y Urbanismo, quien aduce que, por el prolongado tiempo transcurrido, la irregularidad en la inscripción está prescrita e insta a la Directora de Obras de Lo Barnechea a que reconozca los lotes en cuestión, con lo cual, una vez más, se valida el vicioso proceder de los hechos consumados.



Nuestra Fundación ha estado denunciando desde hace tiempo este tipo de violaciones a los instrumentos urbanísticos y a raíz de ello el Consejo de Defensa del Estado (CDE) ya ha iniciado acciones judiciales en algunos casos. También hemos interpelado formalmente a la Ministra de Vivienda y Urbanismo, a la Intendenta Metropolitana, a la Ministra de Medio Ambiente y al Ministro de Agricultura por el desgobierno que observamos en este tipo de asuntos, pero «no se oye padre». Ante esta vergonzosa realidad, nos preguntamos si tiene sentido la existencia de sesudas resoluciones publicadas en el Diario Oficial que regulan los distintos usos de suelo, si no hay voluntad política para hacer prevalecer la norma reguladora.



Esta claro que la ligereza es la doctrina imperante y por ello percibimos que nuestro país no está en condiciones todavía de ingresar a la OCDE. El actual gobierno no ha hecho lo suficiente para que esa organización internacional lo acepte y en tal sentido esperamos un cambio de rumbo en los asuntos urbanos y ambientales, antes que sea demasiado tarde.



Y un último comentario con relación a la restricción en los usos de las Áreas de Preservación Ecológica: ¿Por qué Metrogas está extrayendo y llevándola a la periferia de la ciudad, la tierra del predio que le cedió graciosamente el Ejército para que emplazara su ilegal planta de gas en Peñalolén Alto? ¿Cuál es el motivo que justifica rellenar ese predio con nueva tierra que traen sus camiones del terreno en donde se construye el Hospital Militar en La Reina? ¿Será porque sus ingenieros en mecánica de suelos constataron la fragilidad de ese terreno que también es un Área de Preservación Ecológica?



Patricio Herman P. Fundación «Defendamos la Ciudad»

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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