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Un cumpleaños ignorado: Derechos de los niños


La «Convención Internacional sobre los Derechos del Niño» adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, cumplió 18 años, mayoría de edad.



Fue necesario que pasara «su infancia» para que se aprobara por Resolución 54/263 de 25 de mayo de 2000 y se abriera a la firma y ratificación por la Asamblea, el «Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño», relativo a la participación de éstos en conflictos armados. Para todos los efectos, desde 1989 se ha entendido por niño «todo ser humano menor de 18 años de edad…», con excepción del reclutamiento en las fuerzas armadas, el que sólo se prohíbe a «las personas que no hayan cumplido 15 años de edad…», norma contenida en el artículo 38 de la «Convención», inconveniente e incongruente con el resto del texto y los principios que inspiraron el tratado. Chile suscribió el «Protocolo» el 2 de junio de 2000 y lo ratificó el 6 de febrero de 2003.



Pretendiendo poner remedio al contrasentido que implica que un ser humano sea considerado «menor» para todos los efectos, menos para ser reclutado y utilizado en conflictos armados, el «Protocolo» de 2000 establece que «los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para que ningún miembro de las fuerzas armadas menor de 18 años participe directamente en las hostilidades» y, lo más importante, agrega en su artículo 2ÅŸ, que «los Estados Partes velarán porque no se reclute obligatoriamente en sus fuerzas armadas a ningún menor de 18 años». Además de elevar la edad mínima, contada en años, para el reclutamiento voluntario de personas, por encima de los 15 años fijados en la «Convención».



Las legislaciones se preocupan de los derechos de los menores frente al trabajo remunerado o con relación a su acceso a la salud o educación y el tema ha venido reclamando la relevancia que le corresponde. Bolivia cuenta con un «Código de la Infancia» y al cumplir la «Convención» su mayoría de edad, se organizaron manifestaciones en Lima, Bogotá, Asunción, Córdoba y otras ciudades de América. En Chile, las leyes y las autoridades no se comprometen todo lo que podrían con los derechos de la infancia y la fecha no fue noticia, no obstante existir un sistema bastante amplio de atención básica para los menores y ser «Estado Parte» en el «Protocolo» y la «Convención», la que fue considerada al dictarse la legislación vigente en materia de familia. Tampoco las ONG’s manifiestan mucho interés por el tema de la niñez y su defensa, pese a su importancia.



En el resto del mundo, numerosas organizaciones se ocupan de la situación de los menores, habiéndose celebrado en Barcelona, en este mes, el «3er Congreso Mundial sobre Derechos de la Niñez y la Adolescencia», con la concurrencia de delegados de los países de la Unión Europea y 121 representantes de América, Europa y África.



Chile, gobernado por una mujer y madre, que ha manifestado su interés en la creación de Jardines Infantiles y «Salas Cuna» entre otras inquietudes en favor de los menores, debe promover como una prioridad en materia de Derechos Humanos, la ratificación del «Protocolo» al menos en la región, donde no lo ha hecho aún Colombia -donde la situación de los «niños soldados» es grave- y Brasil, aprovechando al efecto los foros internacionales hasta lograr su completo y universal respeto.



Liderar en materias económicas o políticas de integración y otras no debe bastar a un Gobierno que pretende llegar al «Consejo de Derechos Humanos» de Ginebra. Es necesario promover y destacar las instancias en las que nos encontramos al día, resaltando los pasos dados en pro de los Derechos Humanos, materia que acusa un notorio, no aceptable e inexplicable retraso.



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Leonardo Aravena Arredondo, Profesor de Derecho, Universidad Central


  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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