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Cierre y venta de calles


La definición de «calle» en el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua es muy variada, razón por la cual transcribimos enseguida lo que dice la regulación urbana chilena: vía vehicular de cualquier tipo que comunica con otras vías y que comprende tanto las calzadas como las aceras entre dos propiedades privadas o dos espacios de uso público o entre una propiedad privada y un espacio de uso público.



Ahora bien, con el propósito, muchas veces histérico, de asegurarse contra los robos, violencias y otros motivos, diversas comunidades, algunas motu proprio y otras con curiosos «permisos» municipales, han procedido a cerrar con portones de fierro sus poblaciones, villas o condominios, a pesar de que las calles, según el artículo 589 del Código Civil, son bienes nacionales de uso público que le pertenecen a la nación toda. Su uso y goce es de los habitantes.



Las municipalidades son sólo sus administradoras y por ello un alcalde con cara de buena persona y de hablar pausado del sector oriente, con la ayuda de la prensa y con el aval de una pseudo consulta, quiso hacer lo mismo con todo un barrio como una manera de erradicar la oferta sexual de prostitutas y travestis. Como el hombre es tozudo, se ensimismó creyendo que tenía las potestades necesarias para impedir el libre desplazamiento de los ciudadanos por las calles de un sector de la comuna que administra. Finalmente la Corte Suprema le tuvo que decir lo que el ordenamiento jurídico establece.



De acuerdo a dictámenes de la Contraloría General de la República, las municipalidades tienen facultades para autorizar únicamente el cierre de calles y pasajes de una sola entrada o salida, o pasajes peatonales, excepto cuando estas calles o pasajes converjan en una avenida o calle principal y siempre que ello no implique un perjuicio al uso común de tales bienes.



Tampoco se debe perder de vista que las limitadas atribuciones que tienen los alcaldes para cerrar las vías descritas en el párrafo anterior, deben ser conciliables con lo dispuesto en el artículo 118ÅŸ de la Ley NÅŸ 18.290, del Tránsito, según el cual, le compete al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones la facultad de prohibir, por causa muy justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos por determinadas vías públicas.



Por lo tanto, y tal como lo dice el ente contralor, la procedencia que un municipio autorice el cierre de determinadas calles o pasajes, supone el cumplimiento de las condiciones y el resguardo de la circulación peatonal y vehicular en el sector de que se trate, así como el derecho a desarrollar actividades económicas, sin más restricciones que las que imponga la ley.



Pero lo relatado es una minucia si lo relacionamos con la moda neoliberal consistente en comercializar las calles para aumentar las superficies de los terrenos adyacentes en donde se levantan edificios en altura. Sí estimado lector, le hemos reprochado a la ministra de Bienes Nacionales su autorización para desafectar bienes nacionales de uso público o fiscales, con el sólo propósito de vendérselos a comerciantes inmobiliarios, en muchos casos, incluso a vil precio, posiblemente porque ese servicio público quería quedar bien con el privado comprador.



Así las cosas, hacemos propicia esta ocasión para solicitarle a la buenamoza ministra que, poniéndose firme, no acceda a los requerimientos del particular interesado en que Bienes Nacionales desafecte, para así comprarle posteriormente, el pasaje Vasco de Gama localizado entre la Av. Américo Vespucio Sur y la calle Martín Alonso de Pinzón en la comuna de Las Condes, cuya tramitación administrativa está en curso desde hace algunos meses en su servicio.



Está claro que ocasionalmente Bienes Nacionales puede desafectar plazas, parques, calles u otros espacios públicos con el exclusivo objeto de implementar políticas determinadas de bien común para mejorar la trama urbana de las ciudades, pero es inaceptable que ese ministerio pretenda transformarse en un mero promotor de negocios inmobiliarios y en tal sentido confiamos que, a partir de ahora, terminaremos con las transacciones comerciales que favorecen sólo a aquellos únicos potenciales adquirentes de tales bienes.



Nos declaramos contrarios a la privatización de las ciudades y más aún, objetamos con más fuerza la desaparición de calles y pasajes con el único fin de aumentar la hiper densificación habitacional que observamos en ciertos sectores urbanos de moda. Entendemos que las ministras de Vivienda y Urbanismo y de Bienes Nacionales conocen los dichos «pan para hoy, hambre para mañana» y «prevenir es más barato que curar», razón por la cual quisiéramos creer que la futuras edificaciones se emplazarán sólo en los terrenos aptos para ello y que las calles no perderán sus destinos.



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Patricio Herman P. Fundación «Defendamos la Ciudad»

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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