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El representante del gobierno en España, un representante del Senado chileno y la sostenida cobertura de la prensa, radio y televisiones nacionales muestran interés en el destino de dos jóvenes chilenos que, junto a un argentino, acaban de ser puestos en libertad provisional luego de dos años de prisión preventiva dictada por un tribunal de Barcelona.



La paradoja salta seguida de la sentencia de prisión. Rodrigo Lanza sale en libertad horas después del fallo y Alex Cisternas y Juan Daniel Pinto lo están desde hace 15 días. Los tres han cumplido gran parte de la pena antes de ser condenados.



La acusación pidió 11 años de prisión y el tribunal la rebajó a menos de la mitad a Lanza (4,6 años) y a menos de la tercera parte a Cisternas y Pinto (3,3 años). Las diferencias son llamativas, más crean suspicacia, producen dudas. Las partes salen disconformes y seguro apelarán ante el Tribunal Supremo en Madrid.



Hay perplejidad. Un fallo extraño que deja mal gusto. La apariencia de claridad -hay culpables y sentencias- se desdibuja en rostros que desconfían de haber asistido a un acto de justicia. Como si el fallo adoleciera de algo fundamental, que no encaja con lo sucedido en la madrugada del 4 de febrero de 2006.



Si se mira la sentencia sin perder de vista los dos años de proceso, es posible entender que el dictamen no represente justicia ni para el policía, herido con secuelas de por vida, ni para los tres condenados y no sea más que el resultado lógico de una causa cuestionada en la forma y en el fondo.



Ya es extraño que Lanza, Cisternas y Pinto hayan pasado en prisión los dos años del proceso. El tribunal instructor -el mismo que dictó sentencia- les negó sistemáticamente la libertad provisional, desconociendo el principio de presunción de inocencia, basado en el prejuicio de riesgo de fuga al considerarlos parte del movimiento ocupa – sin domicilio conocido- lo que no es efectivo.



El tribunal desestimó todas las peticiones de la defensa que buscaban pruebas que acreditaran que la agresión del policía no había provenido de sus representados. Entre los rechazos destacó el citar a comparecer al ex alcalde Joan Clos, categórico en declarar el mismo día de los hechos que el impacto recibido por el policía era el de una maceta lanzada desde un balcón del edificio de la fiesta.



Tampoco el tribunal quiso solicitar el informe policial al que Clos hizo referencia para acreditar sus dichos. Se opuso oficiar al servicio municipal de limpieza para averiguar quien ordenó limpiar el lugar de los hechos, haciendo desparecer elementos de prueba valiosos para determinar el origen de la agresión al policía.



Desconcertante resultó denegación de la petición de efectuar exámenes al lesionado por parte de peritos, judiciales o nominados por las partes. Una omisión grave si se considera que en el juicio la opinión de las dos médicos forenses del juzgado de guardia señalaran compatibles ambas versiones: la de la piedra y la de la maceta; en cambio los cuatro peritos, aportados por la defensa, plantearan científicamente imposible explicar las heridas del guardia por el impacto frontal de una piedra lanzada con la mano.



El extravagante comportamiento del tribunal ha concluido con un fallo fundado sólo en los testimonios de tres policías implicados en los incidentes, los mismos que han sido imputados por torturas contra Lanza y Cisternas en recintos de la Guardia Municipal.



La decepción profunda de las partes perfora el contenido de la sentencia, dejando entrever que el tribunal llegó a un final sin certezas. Una consecuencia verosímil luego que optara por mantener firme la versión inicial de la policía y claudicara a hacer una efectiva investigación judicial.



Del fallo huele impunidad y eso, probablemente, es lo que produce decepción de las partes. Pero hay una nueva oportunidad: el Tribunal Supremo, en Madrid, una plaza más distante del lugar de los hechos, de la policía municipal y porque no ya decirlo, del Ayuntamiento de Barcelona, pero eso merece otro espacio.



Pablo Portales, periodista

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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