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Cheque en garantía

Gabriel Angulo Cáceres
Por : Gabriel Angulo Cáceres Periodista El Mostrador
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Una vez más no se corrige el problema de fondo que es asegurar a las personas de bajos ingresos el respaldo financiero que les permita acceder, ante toda situación médica de urgencia, a prestadores de salud públicos y privados.


Ante la reciente aprobación de la ley que pretende solucionar el uso del cheque en garantía para atenciones de urgencia no vitales en establecimientos privados, creemos que este proceso legal ha sido poco prolijo y que no enfrenta el problema de fondo.

Intenta resolver el síntoma y no la causa que genera el uso del cheque en garantía y que  es cómo garantizar a los prestadores el costo de las atenciones generadas a partir de una urgencia de salud no vital, ya que las urgencias vitales, las patologías Auge y las atenciones programadas están resueltas.

En rigor, es la misma motivación seguida hace 10 años por los  mismos parlamentarios que pensaron, erróneamente, haber solucionado el cheque en garantía al logar aprobar  una ley. Cabe indicar que en la oportunidad, les señalamos que la dificultad persistiría y la mejor prueba es que nuevamente han debido legislar.

La nueva ley lo que hace es cambiar la garantía del cheque por una tarjeta de crédito  o pagaré. Este último instrumento es engorroso, debe ser firmado ante notario, pagar impuesto y tiene consecuencias legales no diferentes a las que rigen actualmente.

Una vez más no se corrige el problema de fondo que es asegurar a las personas de bajos ingresos el respaldo financiero que les permita acceder,  ante toda situación médica de urgencia, a prestadores de salud públicos y privados.

Adicionalmente la ley recientemente aprobada tiene errores de forma, ya que no contempla sanciones por su incumplimiento y tampoco designa a una entidad que fiscalice que se cumpla la ley, por lo tanto es una mera declaración de intenciones.

La ley establece que voluntariamente las partes pueden acordar la entrega  de un cheque en garantía y sabemos que cuando una persona está sujeta a una urgencia tiene su voluntad y libertad coartadas, produciéndose una asimetría entre el demandante y oferente que llevará a que el instrumento se siga utilizando.

La verdadera solución, legal y/o de autorregulación,  debe considerar que los seguros de salud -Isapres y Fonasa- replanteen la estructura de sus planes y establezcan un sistema de financiamiento y de operación que cubra adecuadamente los riesgos de todas las  atenciones  de urgencia y catastróficas con procedimientos que permitan controlar excesos.

*Héctor Sánchez R. es director, Instituto Salud y Futuro UNAB.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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