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Qué es la identidad de género y cómo se manifiesta en la infancia y adolescencia

Andrés Rivera D.
Por : Andrés Rivera D. Transexual - Defensor Derechos Humanos Consultor Internacional
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Un ejemplo concreto es Selena, menor transexual de 5 años, que toma una tijera y le pregunta a su madre: “Si me corto el pene, podré ser niña?”. Cabe preguntarse qué estamos haciendo por las Selenas que hoy en día toman una tijera, como consecuencia de la nula protección legislativa y un Estado que no las protege.


Durante estos días hemos escuchado críticas, y opiniones sobre el proyecto de ley que reconoce la identidad de género y, lamentablemente, me he percatado de la ausencia de conocimientos y, en algunos casos, desconocimiento del proyecto de ley, por lo que considero que lo primero es definir y reflexionar sobre la identidad de género, para evitar confusiones o errores conceptuales. Lo segundo es exponer sobre aspectos fundamentales de transexualidad durante la infancia y adolescencia. El reconocimiento de la identidad de género de una persona es un derecho humano y, en tanto tal, el Estado de Chile tiene el imperativo legal, pero también ético de legislar.

Aunque la Declaración Universal de los Derechos Humanos no hace mención a la identidad de género explícitamente, interpretaciones más recientes del derecho internacional de los derechos humanos incluyen el respeto a la identidad de género como un derecho humano básico.

Los Principios de Yogyakarta, que fueron desarrollados en el año 2006 y que son aceptados por Naciones Unidas, son hoy una guía de cómo debe aplicarse el derecho internacional de los derechos humanos para respetar la orientación sexual e identidad de género de todas y todos.

Si bien, como decía, la falta de reconocimiento de la identidad de género de una persona es, en sí misma, una violación a los derechos humanos, la ausencia de marcos legales de protección puede generar una serie de violaciones conexas, como violación a los derechos del niño, uso de tortura o tratos inhumanos y degradantes, detención arbitraria, negación de empleo, vivienda, salud y otros derechos protegidos por el derecho internacional.

Al mismo tiempo, la ausencia de legislación resulta en impunidad y, por tanto, en la perpetuación y reproducción de estas violaciones. Es por ello que se hace imperativo y urgente para Chile contar con legislación moderna sobre la materia, que se adecue a los estándares internacionales vigentes.

[cita]Un ejemplo concreto es Selena, menor transexual de 5 años, que toma una tijera y le pregunta a su madre: “Si me corto el pene, podré ser niña?”. Cabe preguntarse qué estamos haciendo por las Selenas que hoy en día toman una tijera, como consecuencia de la nula protección legislativa y un Estado que no las protege.[/cita]

Un elemento central para una discusión informada sobre la materia de este Proyecto de Ley es la distinción conceptual entre “orientación sexual” e “identidad de género”. Seguir confundiendo y homologando a las personas Trans (transexuales, transgéneros, travestis e intersex) con las personas homosexuales, es un error, pero además nos muestra el grado de ignorancia, desconocimiento que hay sobre la temática; basta sólo recordar las declaraciones de la psiquiatra y senadora Jacqueline Van Rysselberghe. Las personas transexuales son una situación súper rara», «El cambiarse con una operación la morfología sexual o las formas femeninas o masculinas, los aparatos sexuales internos, no te transforma en mujer o en hombre, tú sigues teniendo un ADN que te hace hombre o mujer”. Lo que me llama la atención es que siendo psiquiatra tenga estas teorías erráticas, incluyendo su aporte sobre el ADN de hombre o mujer, que siendo franco no lo he leído en ninguna investigación, artículo o teoría sobre transexualidad, aun en las más estigmatizadoras y discriminadoras. Para aclarar conceptos:

a)     La identidad de género: “[…] se refiere a la vivencia interna o individual del género tal como cada persona la siente profundamente, y que puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento. [La identidad de género también incluye] la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales”.

b)     La orientación sexual: “[…] se refiere a la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, de su mismo género o de más de un género, así como a la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con estas personas”.

El no reconocimiento a la identidad de género se traduce, por ejemplo, en que los colegios mantienen un uso del uniforme escolar basado en modelos establecidos de hombre y mujer, se ajusten o no a cómo esa persona vive y siente su género. En la educación superior o en los trabajos se nombra a las personas transexuales por su nombre legal, por ejemplo, “Pablo” y no por su nombre social, por ejemplo, “Ana”. Las mujeres transexuales, es decir, a quienes les fue asignado un sexo masculino al nacer, pero cuya identidad es femenina, sufren discriminación por ejercer su derecho a vestirse de acuerdo a su sentir íntimo de género (“maricón vestido de mujer”). Lo mismo un hombre transexual, que a lo menos será tildado de “marimacha”, y será objeto de innumerables discriminaciones al hacer cosas tan cotidianas como estudiar, buscar un empleo, acogerse a beneficios del Estado, etc.

Por esto es importante tener una definición legal y el proyecto de ley de Identidad de Género sigue los Principios de Yogyakarta, que es el fruto del trabajo serio de académicos y expertos que definieron Identidad de Género.

La incorporación de niñas-niños y adolescentes en el Proyecto de Ley de Identidad de Género, no puede ser cuestionada, dejarlos fuera de este marco legislativo sería, en sí mismo, un acto discriminatorio.

Resguardar sus derechos, protegerlas y protegerlos de discriminación y estigmatización es fundamental, ya que lo vivido y experimentado en la temprana infancia es lo que genera las marcas más profundas en la vida de un ser humano.

Es poco habitual escuchar hablar de identidad de género en la niñez, pero es imperativo hacerlo, ya que el reconocimiento de la propia identidad no es un proceso que empieza a los 18 años de edad. Muy por el contrario, un niño, una niña adquiere su identidad de género cuando es capaz de reconocerse a sí mismo como perteneciente a un género u otro y también capaz de etiquetar el género de los demás correctamente.

En la infancia, una identidad de género distinta de la asignada al momento de nacer, se manifiesta de múltiples maneras, incluida la insistencia en que uno es del otro sexo; en la preferencia por simular vestimenta del sexo opuesto; deseo intenso de participar en juegos y pasatiempos del otro sexo y también como un malestar persistente con el propio sexo. En las niñas transexuales se manifiesta, por ejemplo, en rechazo al pene o testículos o en el desarrollo de aversión hacia los juegos violentos y rechazo a los juguetes, juegos y actividades propias de los varones. En los niños transexuales, es decir, a los que les fue asignado un sexo femenino al nacer, hay un rechazo a orinar en posición sentada, sentimiento de tener o de presentar en el futuro un pene, deseo de no querer poseer pechos ni tener menstruación o aversión acentuada hacia la ropa femenina.‏

Hasta el momento, los estudios sistemáticos con adolescentes son escasos, pero indican que, una vez aceptada la transexualidad, es importante facilitar el acceso, inicio y desarrollo del proceso de reasignación sexual, lo cual evitará o reducirá dificultades psicosociales posteriores y contribuirá a un mejor desarrollo personal.

En parte debido al modelo normativo de la sociedad, las personas transexuales se enfrentan a una dura circunstancia vital, que se ve acentuada por el estigma social y la discriminación. Ante tales circunstancias, mantenidas a lo largo de todo el desarrollo de la vida, es de esperar que aparezcan momentos de desesperanza y angustia, de incapacidad o impotencia en la lucha por la aceptación personal y la integración social, en los que no es de extrañar se llegue a cuestionar la propia existencia. De ahí que los estudios realizados reflejen un mayor índice de intentos y mortalidad por suicidio en personas transexuales.

Un ejemplo concreto es Selena, menor transexual de 5 años, que toma una tijera y le pregunta a su madre: “Si me corto el pene, podré ser niña?”. Cabe preguntarse qué estamos haciendo por las Selenas que hoy en día toman una tijera, como consecuencia de la nula protección legislativa y un Estado que no las protege.

Creo firmemente en el debate, pero un debate respetuoso, basado en derechos humanos, en el respeto a la persona, y no un debate descalificador, que busca violentarnos, enajenarnos y hacer revoluciones en nuestros cuerpos, como si fueran un instrumento de negociación.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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