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Ser católico y estar a favor de la despenalización del aborto

Nicolás Mena Letelier
Por : Nicolás Mena Letelier Ex Subsecretario de Justicia
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La discusión relativa al proyecto de ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales –i) peligro de la vida de la mujer embarazada; ii) embrión que padezca una alteración estructural congénita o genética incompatible con la vida extrauterina; y iii) embarazo producto de una violación–, no puede abordarse desde un perspectiva dogmática, en donde se afirme que tener una posición favorable al proyecto de ley es incompatible con estar a favor de la vida humana o, incluso, con profesar una determinada religión.

Es cierto que la vida es un derecho fundamental para todo ser humano. Por siglos las personas se han puesto de acuerdo respecto a ello y han tipificado como delito todo atentado a la vida humana. No obstante ello, el derecho a la vida bajo ciertas circunstancias puede tolerar excepciones, como, por ejemplo, la legítima defensa, que en concurrencia de ciertos requisitos constituye una eximente de responsabilidad penal, o en los casos de invasión de una potencia extranjera, en donde dar muerte a otra persona en un contexto de guerra no necesariamente constituye delito.

En ambos ejemplos, se admite que una persona sacrifique la vida de otro, ante la amenaza irresistible de perder la suya. Podría decirse que en este tipo de casos nos enfrentamos ante lo que los constitucionalistas llaman colisión de derechos.

[cita] Quienes nos declaramos católicos, no dejamos de obrar consecuentemente si apoyamos el proyecto de ley de despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en sus tres causales. Pudiendo estar en desacuerdo con todo o parte de las hipótesis planteadas, es perfectamente compatible tener y actuar sobre la base de una determinada ética, con la capacidad de comprender que la vida en sociedad, y más aún en la sociedad actual, plural y secularizada, implica la aceptación de valores mínimos compartidos que no necesariamente corresponden a nuestras concepciones religiosas personales. [/cita]

En materia de derechos fundamentales, la colisión de derechos se resuelve mediante la ponderación de los bienes jurídicos en oposición, de tal manera que el derecho por el cual se opte sea el que menos perturbe en su esencia el ejercicio del derecho en conflicto. Así se resuelven, por ejemplo, las pugnas entre el derecho a la libertad de expresión y el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona.

En los casos en que está en riesgo la vida de un persona y que la única forma de salvarla, pasa por sacrificar la vida del que está por nacer, que –de acuerdo a nuestro Código Civil– aún no es persona, no parece razonable impedir que esa madre opte por su vida. Por lo que, en este caso, la supremacía del derecho a la vida de la madre sería bastante claro, no obstante la discusión relativa a si la lex artis médica tendría ya resuelta esta situación, no siendo necesario legislar al respecto.

En la segunda hipótesis, cuando se trata de una madre que tiene en su vientre a una criatura que es medicamente inviable, el punto en cuestión deviene de jurídico en moral. En el evento de colisión de derechos, en donde no está en riesgo la vida de la madre, pero sí lo está su integridad física y síquica, el Estado no está en condiciones de exigir una conducta épica, obligándola a convivir con un feto cuya condición humana está en duda por ser imposible su sobrevivencia una vez separada del vientre materno. Frente a una situación tan extrema como esta, no puede imponerse una particular visión moral.

En la última hipótesis, la de la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación, nos enfrentamos ante una disyuntiva más controvertida. La más compleja de las tres. Aquí no está en riesgo la vida de la madre ni tampoco la obligación heroica de tolerar concebir un feto inviable. La disputa se da respecto a si es aceptable que, en una sociedad, una mujer víctima de una agresión brutal, como es una violación, de la cual resulta la concepción de una vida, pueda optar por no tener a dicha criatura, sacrificándola.

¿Es la madre propietaria de la vida del ser que esta engendrando? A mi juicio, no. Para mí, la vida la otorga Dios, y la madre, con todo el respeto y admiración que me cabe por ella, es un instrumento para la materialización de esta.

Pero en este punto, nuevamente el debate deviene desde lo jurídico hacia lo moral. Y, más particularmente, hacia lo político.

El hombre, al decidir vivir en sociedad, concuerda en tolerar a otros. Esa tolerancia, que es menos que aceptación pero más que simple convivencia, implica respetar la manera en que ese otro conduce su vida y sus particulares visiones respecto de lo que considera bueno o malo. Para que el hombre transitara desde el estado de naturaleza al estado social en el que nos desenvolvemos actualmente, fue necesario establecer consensos éticos mínimos. Y esos consensos se van dando en la medida en que se concuerdan ciertos patrones básicos para una convivencia armónica que perturbe lo menos posible nuestra relación. Cuando en una estructura social no hay consenso respecto a una situación en que está en juego un valor en particular, quiere decir que el valor en disputa no admite su imposición.

En conclusión, en un asunto tan controvertido y delicado como el del aborto en caso de violación, no caben imposiciones fundamentadas en principios religiosos ni, mucho menos, en órdenes políticas. Es en este tipo de divergencias donde la libertad de conciencia y, por sobre todo, el respeto al bien común general deben primar.

El que un individuo sea católico no se contrapone a esta doctrina. Es completamente razonable seguir principios y valores basados en una determinada concepción religiosa que orienten y den sentido a la vida. Es más, si una persona aspira a ser consecuente, debe tratar de convencer a través de la persuasión y de la observancia de dichos principios y valores, dando testimonio de ellos. Pero lo que no corresponde es obligar al resto de la sociedad a seguir una particular visión, más aún cuando lo que está en discusión no es la imposición estatal de determinada conducta, sino que el derecho a que, en una circunstancia extrema y excepcionalísima, el Estado no obligue a una mujer a conducirse en contra de su propia dignidad.

De esta forma, quienes nos declaramos católicos, no dejamos de obrar consecuentemente si apoyamos el proyecto de ley de despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en sus tres causales. Pudiendo estar en desacuerdo con todo o parte de las hipótesis planteadas, es perfectamente compatible tener y actuar sobre la base de una determinada ética, con la capacidad de comprender que la vida en sociedad, y más aún en la sociedad actual, plural y secularizada, implica la aceptación de valores mínimos compartidos que no necesariamente corresponden a nuestras concepciones religiosas personales.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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