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La vergonzosa sanción a la pobreza

Por: Catalina Pérez


Señor Director:

Hasta hace más de diez años atrás, la acción de “vagancia y mendicidad” era un delito sancionado por nuestro Código Penal. En los 90, Chile avanzó hacia una reforma que derogó dicho delito, junto con la detención por sospecha, en el entendido de que estas normas constituyen una vulneración de derechos fundamentales, y producen la estigmatización criminal de quienes, por razones ajenas a su voluntad, deben pernoctar o pedir dinero en la vía pública.

Recientemente el Consejo Municipal de Antofagasta aprobó la Ordenanza Municipal Sobre Ordenamiento y Uso de los Bienes de Uso Público de la Comuna de Antofagasta, estableciendo sanciones de 1 a 5 UTM para quienes pernocten, se instalen o habiten en bienes nacionales de uso público o soliciten dinero en los mismos. En términos sencillos, esto significa sancionar nuevamente una suerte de vagancia y mendicidad, aunque no por la vía penal, a las más de 600 personas que, según los datos del Ministerio de Desarrollo Social, viven en situación de calle en la Región de Antofagasta. Esto representa la alarmante cifra de un 6,1% del total nacional.

Más allá del sin sentido de pretender el cobro de una multa a quien evidentemente no cuenta con los recursos para pagarla, lo que resulta insostenible del acto administrativo es que se funda en la idea de corregir una conducta, vía sanción. El principio correctivo se basa en el ejercicio voluntario de una acción, que es reñida con el derecho, y por tanto, se corrige aplicando una sanción. Abordar el problema de las personas en situación de calle, desde la premisa de la existencia de una decisión voluntaria y opcional de su parte para encontrarse en esa situación, teniendo otra alternativa, es completamente desajustada a la comprensión del fenómeno. Sin ir más lejos, esta medida supone que estableciendo multas, las personas que se encuentran arrojadas a esta dolorosa situación, podrían “corregir” su conducta y encaminarse hacia un buen vivir.

Las personas en situación de calle son el reflejo incómodo de una problemática social basal de la que el Estado no ha sabido hacerse cargo. Que un Gobierno Local asuma esta problemática invocando, inclusive, referencias a la dignidad humana presentes en nuestra actual Constitución Política, surge como una contradicción que alerta hasta al más mínimo principio de sentido común. En igual escala, resulta alarmante que esta ordenanza instale una perspectiva según la cual la mendicidad daña o afecta directamente al libre desplazamiento de las antofagastinas y antofagastinos. Con ello, construye una diferencia marcada entre quienes poseen el derecho de gozar de los espacios públicos, y otro sector de la población, sin medios ni alternativas claras en la mayoría de sus casos, que son tratados como un “algo” que entorpece.

El populismo presente en esta medida debe ser corregido. El Estado debe asumir un rol de apoyo y acompañamiento a las personas en situación de calle, impulsando el cumplimiento de planes y programas que contribuyan a la superación de estas condiciones. El Municipio de Antofagasta no puede hacerse famoso por dirigirse en dirección contraria. Hoy, más que nunca, debemos cambiar el rumbo que está tomando el sensacionalismo y la falta de capacidad de nuestros representantes.

 

Catalina Pérez
Abogada y candidata a diputada por Antofagasta Revolución Democrática

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