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Una extrañeza: la objeción de conciencia institucional Opinión

Una extrañeza: la objeción de conciencia institucional

François Meunier
Por : François Meunier Economista, Profesor de finanzas (ENSAE – Paris)
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En su ahora famosa sentencia de 2017 sobre la ley de despenalización del aborto, el Tribunal Constitucional permite la objeción de conciencia institucional para las instituciones privadas de salud. ¿De qué se trata? En materia de aborto, una excepción clásica, consagrada en casi todas las legislaciones, es la objeción de conciencia, que permite que un miembro del personal médico rehúse individualmente la prestación de un servicio que atente con sus convicciones íntimas. Si la objeción es «institucional», el mismo derecho se les da a las instancias de salud, facultándolas, al igual que en el caso de las personas naturales, a rechazar que sus servicios obstétricos practiquen interrupciones voluntarias del embarazo. Es una noción extraña y polémica, como lo demuestra la intensidad de los debates a respecto que se han dado en el seno mismo del Tribunal Constitucional.

En un texto filosófico muy elaborado que publico el IES, Claudio Alvarado, Fernando Contreras y Manfred Svensson intentan dar sustancia a esta noción con la ayuda de algunos grandes nombres del pensamiento liberal. (Ver también un largo resumen en La Segunda, 14 de agosto). Este esfuerzo no convence. Y la invocación del liberalismo debe ser rechazada categóricamente.

En este debate, ganamos a notar que hay dos tipos de objeción de conciencia. El primero, que debería llamarse la «cláusula de conciencia», existe en diversas profesiones. Es el que se utiliza en la ley de aborto. Aquí es la propia ley la que consagra esta derogación. El segundo tipo es la objeción de conciencia misma, un concepto más fuerte en virtud de la cual el individuo, por causa de sus convicciones intimas, se niega a aplicar una ley y corre el riesgo de infringirla, como por ejemplo en el caso de la conscripción militar o del suministro de vacunas.

[cita tipo=»destaque»]Pero ¿existe una «conciencia institucional»? Los autores se apoyan en Tocqueville, citando su frase en la que compara una asociación con una «persona aristocrática». En un sentido muy diferente, Tocqueville, al igual que otros escritores liberales, veía en la asociación un refuerzo de la representación de los intereses individuales para evitar su dispersión, su pérdida de poder y una eventual tiranía de la mayoría. También veía el peligro de una democracia que cayó en la apatía por ser mayoritaria. Tocqueville promovía el espíritu de desafío que debería tener el individuo, a veces contra el consenso y el hábito. En el mismo sentido, Adam Smith observa la necesidad que tienen los obreros de organizarse para compensar su debilidad frente al patrón en una negociación salarial. La institución defiende aquí los intereses individuales; ella no toma una posición moral que se impondría a sus miembros, sobre todo en el caso en que la ley dispone lo contrario.[/cita]

En ambos casos, cláusula y objeción, se trata de una decisión individual y apolítica. No se actúa para cambiar una ley, como en el caso de la desobediencia civil. Es así que encontramos a médicos que, aceptando el contenido de la ley, deciden no practicarla personalmente. De cierta manera, ellos responden así al clásico dilema ético de cualquier objeción de conciencia: ¿qué pasaría si todos los médicos invocaran esta cláusula al mismo tiempo? La objeción de conciencia no es universalizable en el sentido kantiano, salvo a chocar frontalmente con la norma, que no se contenta con despenalizar, pero es un derecho positivo que permite a la mujer que desea abortar tener acceso a los medios para hacerlo sin riesgo para su salud. El liberalismo vería incluso en esta generalización un atentado contra la libertad, como en el caso de la objeción a las vacunas o a la defensa nacional cuando una epidemia o un enemigo toca a la puerta.

El dilema moral es aún más fuerte en el caso de una objeción institucional, si la red de salud que objeta es una parte importante del suministro nacional de salud, lo que son las entidades privadas de salud en Chile. La objeción se convertiría aquí en desobediencia civil, bastante violenta en este caso, ya que empujaría a algunas mujeres a los riesgos del aborto clandestino.

Pero ¿existe una «conciencia institucional»? Los autores se apoyan en Tocqueville, citando su frase en la que compara una asociación con una «persona aristocrática». En un sentido muy diferente, Tocqueville, al igual que otros escritores liberales, veía en la asociación un refuerzo de la representación de los intereses individuales para evitar su dispersión, su pérdida de poder y una eventual tiranía de la mayoría. También veía el peligro de una democracia que cayó en la apatía por ser mayoritaria. Tocqueville promovía el espíritu de desafío que debería tener el individuo, a veces contra el consenso y el hábito. En el mismo sentido, Adam Smith observa la necesidad que tienen los obreros de organizarse para compensar su debilidad frente al patrón en una negociación salarial. La institución defiende aquí los intereses individuales; ella no toma una posición moral que se impondría a sus miembros, sobre todo en el caso en que la ley dispone lo contrario.

Milton Friedman va más lejos. Él niega, como en su célebre análisis de la empresa, que una institución pueda tener un interés que no sea él de las partes que lo componen, los accionistas en su ejemplo. De acuerdo con este punto de vista, la clínica privada que objeta no traduce más que la voluntad de su directorio, pudiendo otro directorio imponer la regla contraria. ¿En nombre de cual liberalismo los individuos que dirigen impondrían a otros individuos una norma contra la ley? Implica también la paradoja de que el médico que se opone no tendría otra opción que de renunciar o sea de expresar su «objeción de conciencia» – en el verdadero sentido de la palabra – frente a su empleador que le impide hacer el servicio de salud legal que su paciente espera de él.

¡Atención! El liberalismo no proscribe, en nombre de la libertad de expresión, una oposición organizada al aborto a través de asociaciones que hacen un proselitismo razonable entre los médicos o las mujeres. Ni siquiera la clínica, que indica entre sus valores su oposición a la práctica del aborto. Lo que va en contra del espíritu del liberalismo es que impone esta regla, contra la ley, a sus pacientes o sus médicos, esto encaramada en su pedestal de conciencia.

Me parece que las instituciones religiosas han tomado una ruta equivocada en este punto. ¿De qué les sirve en verdad la famosa objeción institucional? Es implícito que los médicos y el personal que trabajan en su red de salud comparten ciertas convicciones éticas, que incluyen el rechazo del aborto. ¿Tendrían miedo de una oveja negra? Los tribunales se verán en aprietos si un rebelde lo lleve en el futuro a la justicia: ¿cuál seria la jerarquía de las objeciones de conciencia? Todo esto no hace más que debilitar la posición moral de sus médicos, que se ven impedidos de usar su propia conciencia en su práctica profesional.

¿Quién osaría decir que tiene la posición moral superior en materia de aborto? Estamos frente a convicciones muy íntimas, donde los derechos colisionan, donde la concepción misma de lo que es una vida humana está cuestionada, donde se plantea la interrogante de cual «persona» debe ser asistida: la mujer que está sufriendo o el ser que va a nacer. Los filósofos cristianos pueden ayudarnos aquí. Paul Ricoeur, gran pensador protestante que enseñó en el Instituto Católico de París, decía: «Si la fidelidad consiste a responder a las expectativas del otro que cuenta para mí, es esta expectativa que debe ser tomada como medida para la aplicación de la regla«. El médico en este caso debe ver que « aparece otra excepción que la excepción a mi favor, es decir, la excepción a favor de los demás.«Charles Taylor, otro pensador católico, alega también, en aquellos casos donde no hay una norma absoluta, remitirse en lo más profundo de nuestras convicciones, buscando el acomodo razonable con las convicciones de los otros. Es notable que ambos filósofos tomaron ninguna posición pública sobre el aborto, mientras que no dudaron en pronunciarse sobre las cuestiones morales de todos los días. Para ellos, la elección está en el nivel de la convicción íntima.

Una institución puede iluminar, dar consejos, pero no puede sustituirse en esta elección personal. Es por eso que el Estado, una institución como cualquier otra, considera en muchos países, incluso en Chile ahora, que esta cuestión del aborto no es esencialmente una cuestión de su competencia. Más que eso, los principios del estado de derecho prohíben que cualquier institución intente substituir al Estado en este rol de censura. Es en este punto que la mayoría de los ministros del Tribunal Constitucional se extraviaron.

Último comentario, para hacer el puente con un derecho que también solicita la ética del médico, él de terminar su vida con dignidad y asistencia médica. El dilema moral parece más simple aquí, ya que el conflicto en este caso es solo entre la convicción personal del médico y la angustia del afectado y de su familia. Para el aborto, se le agrega la cuestión del ser que está por nacer. Pero notamos esta paradoja: cuanto más se atribuye cualidad humana a este ser por nacer, más uno se siente tentado a recurrir al argumento de la posición original desarrollada por Rawls: ¿qué pasa si nosotros, antes de nacer, colocados detrás un velo de ignorancia, solo teníamos como información el riesgo de sufrimiento moral o físico que podemos infligir a nuestra madre o nuestro propio riesgo de quedar discapacitado de por vida? ¿Cuál sería entonces nuestra posición moral frente a la voluntad de vivir? El derecho a elegir la muerte con la ayuda de los otros convergería hacia la ley del aborto.

En estas mismas columnas de El Mostrador, he presentado la incapacidad de un tribunal y del derecho a establecer por sí solo estas reglas. Básicamente estamos ante un tema político. Una gran minoría de miembros del Tribunal Constitucional también lo creyó. Quienes se oponen a la ley ya votada sobre el aborto cometerán un error de requerir nuevamente al Tribunal para contestar la posición actual del gobierno de mantener el consenso de la administración anterior. Todo el equilibrio actual podría ponerse en tela de juicio, en un momento en que la demanda social es cada vez más una apertura completa, y regulada, al derecho de las mujeres a abortar.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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