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Caso Spiniak: Jueza procesa a Gemma Bueno y a sacerdote Artiagoitía

Decisión de la titular del 33° Juzgado del Crimen de Santiago representa un duro golpe para Gemma Bueno y de su abogado, Hernán Montealegre, para presentar una querella por abuso sexual en contra del senador Jovino Novoa. La magistrada, además, encausó por estafas, obstrucción a la justicia y amenazas a Juan Díaz, investigador que usó la UDI para desvirtuar los testimonios que afectaban a sus legisladores.


La titular del 33° Juzgado del Crimen de Santiago, Eleonora Domínguez, sometió a proceso por falso testimonio a la ex testigo clave del caso Spiniak, Gemma Bueno, y por inducción al falso testimonio al sacerdote José Luis Artiagoitía.



José Luis Artiagoitía quedó detenido y pasará a la ex Penitenciaría, mientras que Gemma Bueno quedará recluida en el Centro de Orientación Femenina (COF), según confirmó el abogado del religioso, Alejandro Fuentes.



La magistrada también habría procesado por receptación de material robado a la periodista Paulina de Allende Salazar, de Televisión Nacional de Chile (TVN), debido a una cámara que obtuvo, donde se incluía un cassette donde Spiniak aparecía con menores. El otro procesado fue el periodista de Canal 13 Emilio Sutherland, por violación del secreto del sumario. El



Sumado a los anteriores, la magistrada encausó a la generala de Carabineros, Georgina Ayala, por haber filtrado información a la prensa, establecido en el artículo 74 bis b. Junto a ella también procesó al productor de TVN, Marcelo Simonetti.



La resolución la adoptó la jueza en el marco de la querella presentada por la Unión Demócrata Independiente (UDI) en lo que fue llamado el caso «montaje», luego que dos de sus senadores fueran involucrados en la red de pedofilia encabezada por Claudio Spiniak.



El testimonio de Bueno involucró como miembro de la red de Spiniak al senador de la UDI Jovino Novoa, lo que habría sido descartado por varios informes policiales en la causa principal, que sustancia el ministro en visita Sergio Muñoz.



La magistrada, además, encausó por estafas, obstrucción a la justicia y amenazas a Juan Díaz, el investigador que usó la UDI para desvirtuar los testimonios que afectaban a sus legisladores, en el marco de la querella por obstrucción a la justicia presentada por el Partido por la Democracia (PPD) y el PS.



Duro golpe para estrategia de Gemma Bueno



La decisión adoptada por la jueza representa un duro golpe para las pretensiones de Gemma Bueno y de su abogado, Hernán Montealegre, para presentar una querella por abuso sexual en contra de Novoa.



Al cierre de esta nota, Montealegre concurría al tribunal a notificarse de la resolución.



Además, está pendiente la vista de la contienda de competencia por la querella por falso testimonio presentada por el titular de la UDI en contra de Bueno y Artiagoitía.



La Corte de Apelaciones debería determinar si la tramita el ministro Mauricio Silva Cancino o Muñoz, aunque existe un antecedente que sería el primero, tras el informe que emitió la fiscal Beatriz Pedrals.



Por esta razón, el ministro que tome esta querella podría tomar dos caminos: acumular el proceso que lleva la magistrada o bien derivarle este libelo al 33° Juzgado.



Alegatos



En tanto, la Segunda Sala (Penal) de la Corte Suprema debería escuchar entre hoy y mañana los alegatos para resolver el amparo presentado por Spiniak, quien busca dejar sin efecto el auto de procesamiento por asociación ilícita dictado en su contra por el ministro Muñoz.



La semana pasada el tribunal de alzada ratificó la resolución de Muñoz e, incluso, aumentó el encausamiento, al cambiar del inciso segundo al primero del artículo 293 del Código Penal, que toma en cuenta la participación para estimar la pena.



En otras palabras, cuando Spiniak fue procesado por el ministro Sergio Muñoz por asociación ilícita, tenía la posibilidad de ser condenado a cinco años, y después de los alegatos tiene la chance de recibir hasta 20 años de presidio.



El tribunal también estimó que los procesados Patricio Egaña, Miguel Carvajal, Patricio Allende Varas y Alejandro Espinoza, no son miembros de la asociación ilícita.



Al mismo tiempo, la resolución del tribunal de alzada acogió parcialmente la apelación presentada por Walter Figueroa y le retipificó el delito, dejándolo encausado por facilitación de la prostitución, contenido en el artículo 637 del Código Penal.



De esta manera, los únicos procesados por la asociación ilícita son, además de Spiniak y Quiuroga, Exequiel Martínez, Pablo Abasolo, Julio López y Héctor Torres.



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