Publicidad

Suprema inhabilita a integrantes de Séptima Sala para conocer apelaciones

La Sala Penal del máximo tribunal acogió las recusaciones presentadas por el Consejo de Defensa del Estado y por la Unión Demócrata Independiente en contra de los tres miembros del tribunal de alzada capitalino que acogieron el amparo de Matías de La Fuente, ex funcionario del MOPTT, ex asesor y primo político del Presidente Ricardo Lagos.


Los integrantes titulares de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago no podrán conocer las apelaciones interpuestas por las defensas de los procesados en el llamado caso MOP-Délano, a raíz de haber emitido opiniones sobre el «fondo» del caso al resolver el recurso de amparo interpuesto por la defensa de Matías de la Fuente, ex alto funcionario del MOPTT, ex asesor y primo político del Presidente Ricardo Lagos.



Así lo determinó la Segunda Sala de la Corte Suprema, la misma que revocó la decisión del tribunal de alzada y dejó a firme el encausamiento decretado por la ministra Gloria Ana Chevesich en contra del ex director de Planeamiento de la cartera de Obras Públicas, a quien se le acusa haber ordenado la firma de dos contratos por asesorías con la empresa Délano & Consultores, por un monto cercano a los 92 millones de pesos, las cuales no habrían sido realizadas, ni tampoco eran necesarias, según lo estableció la magistrado.



En su resolución, Chevesich argumentó que este dinero se habría destinado al pago de sobresueldos para los funcionarios de la mencionada repartición ministerial y, en parte, habría ido a parar a las arcas de De La Fuente, a quien según otra de las procesadas, Ximena Riff, le entregó cerca de 32 millones de pesos en efectivo.



Junto a ellos, también se encuentran sometidos a proceso el dueño de la mencionada empresa, Pablo Délano, el ex jefe de Finanzas de Vialidad, Sergio Cortés, y otro funcionario del MOPTT, Roberto Alonso.



Argumento



Acordada con el voto en contra del ministro Rubén Ballesteros, la Sala Penal del máximo tribunal estimó que a los mencionados integrantes de la Séptima Sala del tribunal de alzada capitalino los afecta la causal de recusación descrita en el artículo 196, número 10, del Código Orgánico de Tribunales.



Esta inhabilidad se refiere a que estos jueces «dejaron sin efecto (el auto de procesamiento de De La Fuente) conociendo de un recurso de amparo e incluso procediendo de oficio, con fundamentos que tienden a desvirtuar los elementos probatorios reunidos para el establecimiento de los hechos punibles».



No obstante, el voto disidente estuvo por rechazar dicha solicitud en la medida que estos ministros procedieron a revocar los otros encausamientos «atendida la situación similar en que se encontraban otros procesados, a fin de evitar la mantención de una resolución que se estimaba que no tenía sustento en los antecedentes del proceso (…), resolución que esa situación ameritaba y resultaba obligatoria, de manera que dicha situación no puede ser el fundamento de la inhabilidad de esos jueces».



Eventual desistimiento



Frente a esta decisión de mayoría, la defensa de Sergio Cortés, representada por el abogado Arturo Yusef, anunció que se desistirá de la apelación presentada, en la medida que considera que la Segunda Sala del máximo tribunal también estaría inhabilitada para haber emitido un pronunciamiento de esta naturaleza.



En esa medida, el profesional considera que se estarían vulnerando las normas de un debido proceso.


Artículos relacionados:



Jueza Chevesich intenta nuevamente indagar »platas políticas» en el MOP (22 de Septiembre del 2005)



Caso MOP: Suprema confirma procesamiento de Matías de la Fuente (1 de Agosto del 2005)



MOP: Corte de Apelaciones revocó procesamiento de Matías de la Fuente (22 de Julio del 2005)

Publicidad

Tendencias