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Defensa de Cortés ‘se tira en picada’ contra la Segunda Sala de la Suprema

Luego que esta instancia del máximo tribunal inhabilitara a todos los miembros de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago para conocer recursos relacionados con esta arista del proceso que involucra también a Matías de la Fuente, el abogado del ex jefe de Finanzas de la cartera pretende recusar a cuatro de los cinco supremos de la Sala Penal.


Luego que la Segunda Sala de la Corte Suprema acogiera la petición de los querellantes en el caso MOP respecto a inhabilitar a los miembros titulares de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago para conocer las apelaciones relativas a la arista «M&P Délano Consultores», la defensa del ex jefe de Finanzas de Vialidad, Sergio Cortés, presentó una embestida frontal contra estos integrantes del máximo tribunal.



A última hora de ayer jueves, el abogado que lo patrocina, Arturo Yusef, interpuso una petición de recusar a los miembros de la Sala Penal que aprobaron esta solicitud y una reposición para que otros supremos sean los que en definitiva reevalúen esta decisión, escrito que presentó en el domicilio particular del Secretario del máximo tribunal, Carlos Meneses.



El argumento central del escrito se basa en que los cuatro miembros de la Segunda Sala -Alberto Chaigneau, Enrique Cury, Nibaldo Segura y Jaime Rodríguez Espoz- también estarían inhabilitados para seguir conociendo recursos de este proceso,ya que también habrían entrado al fondo del mismo, al estimar que los antecedentes recabados por la ministra Gloria Ana Chevesich eran «suficientes» para decretar los procesamientos contra los eventuales involucrados en los dos contratos que suscribió el MOP con la consultora M&P Délano.



Revocación de amparo



Cabe recordar que estos miembros de la Sala Penal de la Suprema revocaron la decisión del tribunal de alzada que acogió el amparo presentado a favor de Matías De La Fuente Condermarín, ex director de Planeamiento del MOP y primo político del Presidente Ricardo Lagos. Además, procedieron de oficio para dejar sin efecto los otros cuatro autos de reo.



De esta forma, dejaron a firme dichos procesamientos decretados por la jueza Chevesich, que en el caso de De La Fuente se basa en la imputación de haber ordenado la firma de dos contratos por asesorías con la empresa Délano Consultores, por un monto cercano a los 92 millones de pesos, las cuales no habrían sido realizadas, ni tampoco eran necesarias, según lo estableció la magistrado.



En su resolución, Chevesich argumentó que este dinero se habría destinado al pago de sobresueldos para los funcionarios de la mencionada repartición ministerial y, en parte, habría ido a parar a las arcas de De La Fuente, a quien, según otra de las procesadas, Ximena Riff, le entregó cerca de 32 millones de pesos en efectivo.



Junto a ellos, también sometió a proceso el dueño de la mencionada empresa, Pablo Délano, el ex jefe de Finanzas de Vialidad, Sergio Cortés, y otro funcionario del MOPTT, Roberto Alonso.



Argumento



Los mencionados miembros de esta instancia del máximo tribunal estimaron que a los mencionados integrantes de la Séptima Sala de la Corte capitalina los afecta la causal de recusación descrita en el artículo 196, número 10, del Código Orgánico de Tribunales.



Esta inhabilidad se refiere a que estos jueces «dejaron sin efecto (el auto de procesamiento de De La Fuente) conociendo de un recurso de amparo e incluso procediendo de oficio, con fundamentos que tienden a desvirtuar los elementos probatorios reunidos para el establecimiento de los hechos punibles».



No obstante, el voto disidente de Rubén Ballesteros estuvo por rechazar dicha solicitud en la medida que estos ministros procedieron a revocar los otros encausamientos «atendida la situación similar en que se encontraban otros procesados, a fin de evitar la mantención de una resolución que se estimaba que no tenía sustento en los antecedentes del proceso (…), resolución que esa situación ameritaba y resultaba obligatoria, de manera que dicha situación no puede ser el fundamento de la inhabilidad de esos jueces».



Por ello, la presentación del abogado Yusef no incluyó al último de los miembros designados en el máximo tribunal, ya que éste tampoco integró la magistratura al momento de la vista del amparo de De La Fuente.



Vía procesal



Según lo establece el artículo 204 del Código Orgánico de Tribunales, el tribunal encargado de decidir la posible inhabilidad de los miembros recusados de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema debe ser una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.



Esa instancia deberá ser resuelta por sorteo y deberá pronunciarse sobre esta petición antes que se revise la reposición que apunta a desestimar la inhabilidad de los ministros Carlos Cerda, Joaquín Billard y Jorge Dham, quienes fueron impugnados tanto por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), como por la UDI, los dos querellantes en el caso.



Estos magistrados quedaron marginados de conocer cualquier recurso que puedan presentar las defensas de los procesados en esta arista del caso MOP Gate.



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