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Cambios a LOCE contemplan fuertes restricciones a expulsión de estudiantes

Si no fuera por su nombre, la nueva Ley General de Educación bien podría ser una ley contra la discriminación. El proyecto, al que accedió El Mostrador.cl, impide la selección de alumnos hasta octavo básico, que los estudiantes sean marginados por causas económicas o de rendimiento y que se niegue el ingreso de jóvenes embarazadas.


Una nuevo marco regulatorio para la educación con un fuerte contenido contra toda forma de discriminación es el que anunció este lunes la Presidenta Michelle Bachelet, en compañía de la ministra de Educación, Yasna Provoste, y parte importante de los miembros del Consejo Asesor que se formó tras las protestas secundarias del año pasado.



Se trata de la Ley General de Educación -de 70 artículos, además 7 transitorios-, con que el Ejecutivo busca sustituir a la actual Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE) y que propiciará el respeto a la diversidad de género, la prohibición de seleccionar alumnos hasta octavo básico, de expulsarlos por rendimiento académico y razones económicas e impedir el ingreso de jóvenes embarazadas.



Por cierto, la mandataria anunció también otras medidas: mayores exigencias a los sostenedores y la obligación de constituir sociedades o fundaciones sin fines de lucro para instalar un colegio, que cayeron como un balde de agua fría en la Corporación Nacional de Colegios Particulares (Conacep), que acusó un "cambio en las reglas del juego", pero probablemente el contenido contra la discriminación será objeto de un intenso debate.



La iniciativa gubernamental, a la que tuvo acceso El Mostrador.cl en forma integra, se fundamenta en ocho principios rectores: universalidad y educación permanente, calidad de la educación, equidad del sistema educativo, participación, responsabilidad, articulación del sistema educativo, transparencia y flexibilidad.



En ese sentido, establece que la educación debe cultivar valores, conocimientos y destrezas «enmarcados en el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, en nuestra identidad nacional y en el ejercicio de la tolerancia, de la paz y del respeto a la diversidad, capacitándolas para convivir y participar en forma responsable, democrática y activa en la sociedad».



Restricciones para expulsión



Desde esa perspectiva, hace un fuerte hincapié en que «los alumnos tienen derecho a no ser discriminados arbitrariamente» y a «recibir un trato preferencial en el caso de tener necesidades educativas especiales».



En esa línea, el artículo 10 establece que el embarazo y la maternidad no serán impedimentos para matricularse y permanecer en el sistema educativo, y que tampoco se podrá cancelar la matrícula a los estudiantes de bajo rendimiento o que hayan reprobado algún curso, tanto en enseñanza básica como media.



«Durante la vigencia del respectivo año escolar o académico, no se podrá cancelar la matrícula, suspender o expulsar alumnos por causales que se deriven de la situación socio económica o el rendimiento de los alumnos», indica el artículo.



"El no pago de los compromisos contraídos por el alumno o el padre o apoderado no podrá servir de fundamento para la aplicación de ningún tipo de sanción a los alumnos ni para la retención de su documentación académica, sin perjuicio, del ejercicio de otros derechos por parte del sostenedor de la institución educacional", añade.



Se prohíbe la selección



Asimismo, se establece que tanto en el primer y segundo nivel de educación parvularia, como desde 1° hasta 8° básico, los sostenedores que reciben subvención del Estado tienen la obligación de recibir a los alumnos que quieran ingresar, no poniendo obstáculos de ningún tipo.



Como es lógico, se aclara que en el caso de que la cantidad de postulantes sea mayor a la oferta disponible, se dará prioridad a los lazos familiares, es decir, que el alumno tenga algún hermano en el colegio al que quiere ingresar, o sea hijo de un docente o un asistente. Si se superan estos procesos, se podrá utilizar el sorteo como mecanismo de selección, "sin perjuicio de las discriminaciones positivas establecidas por la ley".



Al inicio del año escolar la Presidenta había anunciado que la prohibición de utilizar procesos de selección sería hasta sexto básico, pero modificó su posición a favor de la equidad, sin embargo, se prevé que los liceos emblemáticos, especialmente el Instituto Nacional, el cual verá complicada la formula que el ha permitido estar siempre entre los mejores establecimientos educacionales del país: la selección por rendimiento.



Respeto a la diversidad



Adicionalmente, el título II del citado proyecto, que trata de los "requisitos mínimos de la educación parvularia, básica y media, y normas objetivas para velar por su cumplimiento", establece que los alumnos de la enseñanza básica deberán ser respetuosos de la diversidad de género y cultural. "(Los alumnos deberán) comprender los principios en que se funda la vida democrática y los derechos fundamentales de las personas, respetando la diversidad cultural y de género y rechazando prejuicios y prácticas de discriminación", precisa el artículo 28, letra f.



De esta forma, el Ejecutivo se pone en línea con la reforma constitucional que sanciona toda forma de discriminación arbitraria -entre ellas, la de género- y que establece una acción especial para poder reclamar por ello ante los tribunales de justicia, iniciativa que se encuentra actualmente en la comisión de Derechos Humanos del Senado. Asimismo, se conecta con el instructivo que próximamente el Ministerio de Educación emitirá en los liceos y colegios, exigiendo la no discriminación por orientación sexual e identidad de género.



Una propuesta será objeto de un fuerte cuestionamiento de parte de sectores conservadores y religiosos, especialmente por la postura que éstos han asumido frente a la reforma constitucional contra toda forma de discriminación. De hecho, este proyecto fue aprobado en la Cámara con la negativa de gran parte de los diputados de la UDI y RN, y en el Senado algunos legisladores de la Alianza han expresado sus aprensiones.



De todas maneras, el proyecto que deroga la LOCE deja abierta la puerta para que los colegios tengan la libertad necesaria para desarrollar los planes y programas, aunque el Ministerio de Educación se reserva el derecho de rechazarlo si no apuntan al "cumplimiento de los objetivos fundamentales para el aprendizaje". Con todo, quienes no estén de acuerdo con la decisión adoptada por la autoridad, podrán hacer sus reclamos al Consejo Nacional de Educación (CNE), creado al alero de la nueva ley y que será integrado por diferentes actores.



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Vea además:



Vea el proyecto de ley completo



Diputado Silber: »Efectivamente, nueva ley es cambio a reglas del juego»



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