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Diputados buscan inhabilitar a miembros del TC en proceso por «píldora»

Grupo de parlamentarios de la Concertación pedirá que integrantes del Tribunal Constitucional se marginen del análisis del requerimiento que cuestiona entrega del fármaco de anticoncepción, presentado por la UDI y RN, ya que en 2004 entregaron a un juzgado civil un informe en derecho en que calificaron el fármaco como abortivo.


Un grupo de cuarenta diputados de la Concertación solicitará la inhabilidad de los ministros del Tribunal Constitucional (TC) Raúl Bertelsen y Enrique Navarro Beltrán en la vista del recurso de inaplicabilidad por la entrega de la píldora del día después, presentado por parlamentarios de la UDI, Renovación Nacional y algunos de la Democracia Cristiana (DC).



Los legisladores basarán su presentación en un informe en derecho que elaboraron ambos magistrados en 2004 para el Vigésimo Juzgado del Crimen y que sirvió de base para que la jueza Silvia Papa Belleti prohibiera la comercialización del medicamento conocido como Postinor-2, del Laboratorio Grünenthal.



En aquella ocasión, ambos profesionales se manifestaron a favor de prohibir la comercialización del anticonceptivo de emergencia, por considerar que era abortivo.



En tal sentido, los legisladores estiman que Bertelsen y Navarro Beltrán emitieron un pronunciamiento de fondo sobre el requerimiento planteado por los grupos que se oponen a la entrega del fármaco de emergencia y, por tanto, se encuentran inhabilitados para revisar la materia, ya que tienen una opinión formada contraria a su entrega.



La presentación de los legisladores de la UDI y de RN busca que el tribunal se pronuncie si la entrega del anticonceptivo de emergencia implicaba una vulneración del derecho a la vida, establecido en la Constitución, sobre la base de que tendría un efecto abortivo.



En pasado enero, la derecha había obtenido un triunfo parcial, cuando el mismo tribunal acogió, por vicios de forma, un decreto del Ministerio de Salud que autorizaba la entrega de la píldora a jóvenes desde 14 años de edad, sin necesidad de una autorización de sus padres.



El recurso de la Alianza también ha provocado aprensiones en las autoridades sanitarias, que han advertido que un eventual fallo favorable a los recurrentes podría poner en riesgo una política de control de la natalidad que tiene más de 40 años de vigencia.



En concreto, la disposición sanitaria permite la entrega del fármaco a adolescentes entre 14 y 18 años en los consultorios públicos y en forma gratuita, sin que sea necesario el consentimiento de su padres. Hasta ahora, el fármaco se entregaba gratis sólo en casos de violación.



Mujeres también inician ofensiva



La presentación se une al escrito presentado por un grupo de 371 mujeres que pidieron al TC que rechace el requerimiento de los grupos que se oponen a entregar la píldora del día después en los consultorios del país a mujeres desde los 14 años de edad.



El escrito afirma que el requerimiento que se tramita en el TC atenta en contra de todas las políticas de entrega de anticonceptivos impulsadas desde 1964, cuando en el gobierno de Eduardo Frei Montalva se comenzó a implementar las políticas de control de la natalidad.



Agregan que de ser acogido la presentación se pondría fin a otros métodos, como los anticonceptivos tradicionales y dispositivos intrauterinos, dejando a miles de mujeres de todas las edades impedidas de acceder a los métodos de control de la natalidad.



"La eliminación del dispositivo intrauterino solicitada por el Sr. Kast y otros diputados a las Normas Nacionales de Regulación de la Fertilidad afectaría a más de 600 mil mujeres que se atienden en el sector público, y tienen menos recursos para buscar el método de su elección en el sector privado. Podría tener un impacto menor en el área privada, ya que las mujeres podrían obtener los dispositivos intrauterinos en el sector comercial nacional o comprarlos en el extranjero", dice la presentación.



Agrega que "la eliminación de la anticoncepción hormonal combinada que contiene levonorgestrel y que puede usarse como anticoncepción de emergencia afectaría a todas las mujeres que usan anticoncepción oral combinada en el sector público (más de 400.000 mujeres) y a cerca de un tercio de quienes la usan en el sector privado (más de 150.000 mujeres). Por otra parte eliminaría uno de los anticonceptivos orales combinados más estudiados y más seguros para la salud de las mujeres".



Asimismo, las recurrentes plantean que el Tribunal Constitucional carece de jurisdicción para conocer del requerimiento, ya que el tema fue resuelto por los tribunales de justicia al rechazar un recurso de nulidad de derecho público presentados por varias ONG y que son el mismo grupo que presentó el requerimiento.



Finalmente, cuestionan que el TC analice la legalidad de Decretos Supremos, como las nuevas políticas sobre fertilidad del Ministerio de Salud, ya que esos documentos no están sujetos a control de ese organismo, sino que de la Contraloría General de la República.



«El Tribunal Constitucional carece de competencia para pronunciarse sobre materias ajenas al control de constitucionalidad de los Decretos Supremos, como lo es el control jurisdiccional de la discrecionalidad técnica de los órganos de la Administración del Estado, que se encuentran dotados de facultades legales para tales efectos», dice.





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