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Proyecto de ley sobre ERNC, primer paso para la diversificación energética

La iniciativa obliga a las grandes empresas que comercializan energía en los sistemas eléctricos a generar al menos 5% de energía renovable no convencional, porcentaje que aumentaría gradualmente hasta llegar a 8% en 2024. Algunos actores cuestionan eventual aumento de 1% en cuentas de consumidores.


Diversificar la matriz energética y promover las energías limpias, es el objetivo central del proyecto de ley sobre energías renovables no convencionales (ERNC), que esta semana fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados.



La iniciativa modifica la Ley General de Servicios Eléctricos y propone crear las condiciones que permitan atraer inversiones para realizar proyectos y acelerar el desarrollo del mercado de generación eléctrica. Además, busca eliminar las barreras asociadas a la innovación y entregar la confianza necesaria en el mercado eléctrico respecto de este tipo de tecnología.



De esta forma, el proyecto impulsa la meta impuesta por el Gobierno de que 15% del aumento de la generación eléctrica al bicentenario se logre con energías provenientes de fuentes renovables, excluyéndose a los grandes proyectos hidroeléctricos, principalmente aquellos con centrales de embalse, porque si bien corresponden a este tipo de fuentes, son a la vez proyectos "convencionales" con amplio desarrollo internacional y nacional.



La propuesta establece la obligación de que todas las empresas eléctricas que comercializan energía en los sistemas eléctricos con capacidad instalada mayor a 200 megawats (MW), como Endesa, Colbún o Gener, deban generar al menos 5% de energía renovable no convencional, porcentaje que aumentaría gradualmente a partir de 2015 hasta llegar a 8% en 2024.



«El generador que no entregue lo estipulado es multado, de manera que este es el incentivo para que efectivamente compren o generen este tipo de energía y así cumplan", explica el diputado Jaime Mulet (DC), miembro de la comisión de Minería y Energía de la Cámara.



Las multas son de 0,4 UTM (Unidad Tributaria Mensual) por cada MW renovable no entregado. Y en caso de que reincida, aumenta 0,6 UTM, "lo que iría en beneficio del sector, no en beneficio fiscal, por lo que hace más gravosa la multa", asegura el parlamentario.



"Este es un paso importantísimo porque estas son las energías del futuro y van a provenir de fuentes renovables netamente chilenas, ya que la fuerza del viento, las olas, de la luz, la energía solar o la fuerza del cauce de los ríos o geotermia no depende de proveedores extranjeros", asegura el representante falangista.



Una opinión similar tiene Sara Larraín, directora del Programa Chile Sustentable, que considera la iniciativa como un avance y una "buena señal" que el Gobierno aceptara un crecimiento gradual de la cobertura, "porque eso da una clara señal al mercado de que el requisito irá aumentando".



A pesar de ello, considera insuficiente la meta, "porque para 2024 estaremos con mayor capacidad técnica y financiera, ya que habrá más confianza y mayores avances técnicos en la materia".



El proyecto contempla que las exigencias a las compañías se iniciarían a partir de 2010, lo que implica que, de ser aprobada, ya debería existir un parque importante de ERNC a esa fecha. Y considerando que cuenta con el respaldo de la Comisión de Minería del Senado y tiene carácter de urgencia, es muy probable que sea aprobado antes de fin de año.



El 1% extra en la cuenta



Si bien la votación en la Cámara fue unánime a la hora de aprobar la propuesta, tres parlamentarios de la Alianza por Chile se abstuvieron, debido a que hubo algunos reparos presentados por expertos del Instituto Libertad y Desarrollo, que argumentaron que esto podría implicar el alza de 1% en las cuentas de energía eléctrica, ya que esta alternativa es más costosa que la convencional.



Frente a esto, Larraín sostiene que "hay una falta de información enorme porque lo que este proyecto impulsa es que el sistema se desacople de la vulnerabilidad de depender de combustibles importados, entonces este componente significa una estabilidad en precio de energéticos, por lo que Chile estará mucho más libre de vaivenes de los precios de los combustibles a nivel internacional".


Neutralidad del marco regulatorio actual



Las ERNC incluyen las fuentes eólica, geotérmica, solar (solar termoeléctrica y fotovoltaica), de la biomasa (sólida, líquida y biogás), de los mares (corrientes marinas, mareas y olas) e hidráulica, esta última restringida a pequeñas centrales de pasada.
A diciembre de 2005, la capacidad instalada para generación en los sistemas eléctricos nacionales alcanzó los 11.990 MW, de los cuales aproximadamente 60% corresponden a plantas térmicas y 40% a plantas hidroeléctricas.



La participación de las energías renovables no convencionales en la generación de electricidad es marginal, algo superior al 2%, y está constituida principalmente por centrales de biomasa, hidroeléctricas menores a 20 MW y un parque eólico de 2 MW en Aisén.



Precisamente, una de las características del marco regulatorio del sector eléctrico en Chile ha sido la neutralidad, en cuanto a las tecnologías y fuentes empleadas, ya que todos los tipos de energías deben competir en similares condiciones y aunque no han existido limitaciones para utilizar energías limpias, su incorporación tampoco ha sido objeto de un tratamiento especial.



La ley 19.940 o ley Corta I -promulgada en mazo de 2004- marca un hito en este ámbito, ya que establece beneficios especiales para el sector, como la eliminación de algunas barreras de entrada que presentaba el mercado de generación, que afectan más a los proyectos medianos y pequeños, con propietarios distintos a las empresas tradicionales.



Luego, la Ley 20.018 o Ley Corta II -promulgada en mayo de 2005- incorporó elementos que afectan a las ERNC, pero aunque tuvo la intención de promover la incorporación de medios de fuentes no convencionales, especialmente los ambientalmente amistosos, en la práctica no lo ha logrado.

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