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Gobierno anuncia envío de proyecto para terminar con ‘impuesto al divorcio’

La iniciativa incorpora el número 31 al artículo 17 de la Ley Sobre Impuesto a la Renta, con el objetivo de que las compensaciones pactadas o recibidas en caso de divorcio queden exentas del pago de ese tributo.


La ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Laura Albornoz, y la subsecretaria de Hacienda, María Olivia Recart, anunciaron el envío con suma urgencia de un proyecto de ley que exceptuará de tributación las compensaciones acordadas o dictaminadas por el juez en los casos de divorcio.



Albornoz informó que la iniciativa del Ejecutivo "incorpora el número 31 al artículo 17 de la Ley Sobre Impuesto a la Renta, a objeto de que las compensaciones pactadas o recibidas en caso de divorcio queden exentas del pago de ese tributo. Esta decisión ha sido tomada por la Presidenta de la República, y nosotros podemos informar que será despachada al Congreso, haciéndonos cargo de las preocupaciones e iniciativas de los parlamentarios en este sentido".



Antes de formalizar el anuncio, Albornoz y Recart se reunieron con los senadores Juan Antonio Coloma (UDI), Jaime Naranjo y Pedro Muñoz (ambos PS); con el diputado Marcelo Forni (UDI), y Ximena Rincón, vicepresidenta de la DC.



Todos los dirigentes habían manifestado su preocupación y aportado con soluciones legales posibles al llamado "impuesto al divorcio", cuestión que se planteó cuando a comienzos de noviembre, a partir de una serie de casos particulares, el Servicio de Impuestos Internos emitió una circular que interpretaba que los bienes y patrimonios recibidos en compensación económica en los acuerdos y conciliaciones de divorcio estaban sujetos al pago de impuesto a la renta.



La titular del Sernam informó también que "como el proyecto tiene suma urgencia, esperamos que esté despachada antes del 31 de diciembre y, en la práctica, lo que sucederá es que en los divorcios pactados, y en los que regía separación de bienes, no tendrán que pagar impuesto a la renta como de buena fe lo había interpretado el Servicio de Impuestos Internos, porque había un vacío legal".



Efecto retroactivo



Dado que los casos en que hay sociedad conyugal o participación de los gananciales sí estaban contemplados en la ley, "hoy la interpretación queda clarificada por medio de esta iniciativa legal", agregó la secretaria de Estado.



La subsecretaria Recart precisó además que el proyecto firmado por los ministros de Hacienda, Sernam y de Justicia, y que se enviará esta semana, contempla retroactividad, por lo tanto los casos en que haya causas abiertas no seguirán adelante y no tendrán que tributar el próximo año.

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