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Suprema rechaza nulidad de juicio que absolvió a diputado Paredes

Máximo tribunal desestimó recurso del presidente de la Corporación de Desarrollo de Arica y Parinacota, quien presentó una querella por injurias graves con publicidad contra el legislador.


La Corte Suprema rechazó un recurso de nulidad presentado por el presidente de la Corporación de Desarrollo de Arica y Parinacota (Cordap), Raúl Castro, para revertir el dictamen del Tribunal Oral de Arica, que absolvió al diputado Iván Paredes (PS) de la acusación por injurias graves con publicidad.



El juez de garantía de Arica, Juan Araya Contreras, había absuelto al parlamentario, quien fue querellado luego de haber denunciado que la Cordap habría hecho mal uso de los $ 2.600 millones que se adjudicó en el contexto de la Ley Arica II.



Con el rechazo del recurso de nulidad, el parlamentario quedó en condiciones de recuperar su fuero y retomar su labor legislativa una vez que la Corte de Apelaciones de la ciudad nortina se pronuncie sobre otro recurso presentado por Castro.



Se trata de una acción que busca que el tribunal de alzada de Arica determine si el juzgado de primera instancia valoró adecuadamente las pruebas presentadas contra el parlamentario durante el juicio oral.



El dictamen de este jueves fue emitido por la Segunda Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Alberto Chaigeau, Jaime Rodríguez Espoz, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y el abogado integrante Fernando Castro.



Frente al pronunciamiento del máximo tribunal, Paredes afirmó que "éste es un rotundo revés al querellante. Es un respaldo al Tribunal Pral de Arica, que ya determinó la veracidad de mis denuncias contra la Cordap».



Y agregó que "mantengo mis dichos aquí y en la quebrada del ají. Aquí no se ha probado en qué se han gastado estos fondos. Y no está acreditado documentalmente el uso de esos recursos; no hay proyectos; no hay facturas de rendiciones; no hay boletas y siendo recursos entregados por FNDR, no hubo proyectos que pasaran por el sistema nacional de inversiones, lo que viola flagrantemente la Ley de Presupuesto".

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