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Guantánamo más allá del símbolo

Se podrá cerrar el Campo Delta, sin embargo el problema de instrumentos internacionales que legitimen o respalden la guerra contra el terrorismo, permanece, y tal vez se asiente más que antes. Con resolver Guantánamo, o resolviendo la ocupación de Irak, o la próxima a gran escala de Afganistán, no se cierra este capítulo negro en el sistema de relaciones internacionales.


Uno de los pilares de la agenda de cambio que propulsó Barack Obama y que contribuyó definitivamente en su victoria electoral, consiste en mejorar la imagen internacional de EE.UU.

En este plano, el cierre inmediato de la cárcel de Guantánamo, conocida oficialmente como Delta Camp, trabaja por el lado del símbolo, más que por su peso político específico. Los  problemas en la guerra internacional contra el terrorismo son variados y de calado profundo.

Allí se cruzan una variedad de temas y objetivos de una densidad no reflejada en otros problemas bien delineados como el económico, o el de supremacía política.

Se podrá cerrar el Campo Delta, sin embargo el problema de instrumentos internacionales que legitimen o respalden la guerra contra el terrorismo, permanece, y tal vez se asiente más que antes. Con resolver Guantánamo, o resolviendo la ocupación de Irak, o la próxima a gran escala de Afganistán, no se cierra el capítulo negro en el sistema de relaciones internacionales. 

Guantánamo y el régimen de excepción.

Con posterioridad a los atentados del 11 de septiembre, la guerra internacional contra el terrorismo es la figura política adoptada en la administración Bush. De alguna forma fue respaldada (en una suerte de ratificación) por una resolución de la ONU en 2001 (Res: 1373-2001), que otorga un amplio margen de maniobra a cualquier gobierno para protegerse del terrorismo con redes internacionales.

Los países que en el fondo forman la ONU, deberán revisar esta resolución que denota medidas para que los Estados funcionen al límite de lo que serían regímenes de excepción, en cuanto a libre circulación y protección de libertades individuales. De alguna forma, esta resolución estimuló la creación de leyes en EE.UU. y el Reino Unido y rechazadas en general en el resto del mundo. A través del mismo expediente, en otros países se acumula una tensión sin límites, como el caso de Pakistán.

Bajo un Estado en régimen de excepción, llega a Guantánamo un grupo de prisioneros de Afganistán el 10 de enero de 2002. Ya el 15 de enero del mismo año se inicia la controversia si los prisioneros tienen derechos bajo la Convención de Ginebra. Donald Rumsfeld, secretario de Defensa, declara que  no son prisioneros de guerra por lo tanto no les corresponde ese derecho. Con posterioridad sale a la luz la comunicación interna, en que el Pentágono le dice a Bush que en tiempos de guerra decide el Presidente.

Desde la perspectiva de los instrumentos existentes, el Gobierno de Bush se ha sentido respaldado. Durante el resto de 2002, poco de notoriedad sucedió  en torno a Guantánamo. Como que la invasión de Irak en 2003, hubiera absorbido la energía y las atrocidades que se cometerían en aras de la guerra internacional contra el terrorismo. Por otra parte, en términos de Derecho Internacional, según el jurista español A. Remiro Brotons, éste “deja en manos de los estados la elección  de los medios conducentes a la observancia  de sus compromisos internacionales”. (Derecho Internacional, pp 398; Mac Graw Hill. 1997).

El 11 de marzo de 2003, al comenzar la invasión a Irak, la Corte de Apelaciones de EE.UU. establece que los detenidos del Campo Delta no tienen derecho a las cortes civiles. Guantánamo continuaba en segundo plano hasta que el 10 de octubre de 2003, por primera vez, un oficial de la Cruz Roja “filtra” que hay alrededor de 600 detenidos sin debido proceso, y maltratados. El asunto explotaba, aunque sin el simbolismo de ahora. 

El andamiaje jurídico de EE.UU. siente el peso de dos factores: primero, la ilegalidad del Campo Delta con 600 prisioneros sin debido proceso; y segundo, la ausencia de un marco jurídico local o internacional para legitimar el cauce legal que enjuicie a los supuestos terroristas.

El 10 de noviembre de 2003, la Corte Suprema de los EE.UU. intenta examinar si las detenciones se pueden insertar en el sistema jurídico norteamericano. Desde esta fecha hasta, el inicio de 2006, poco o nada relevante aconteció.

El 16 de febrero de 2006, por primera vez oficiales de la ONU llaman al cierre inmediato del campo, denunciando abusos y torturas. El Gobierno de EE.UU. entraba en la zona del alegato de Lord Hoffman contra Augusto Pinochet en 1998, cuando le acusa de ser  responsable de tortura como política de Estado.

El 16 de junio de 2006, tres detenidos se suicidan, y en menos de una semana G.W. Bush insinúa que se podría cerrar el campo.

La Corte Suprema en una suerte de acto de validación o blanqueo declara que el gobierno no tiene la autoridad de juzgar a los sospechosos a través de un tribunal militar, pero deja la puerta abierta para que el Congreso decida.

El 29 de marzo de 2007, cuando la presión se hace insostenible, Robert Gates el secretario de Defensa que sucede a Rumsfeld, urge al Congreso a que encuentre el camino para un cierre de Guantánamo porque “como campo militar está perdiendo la credibilidad”.

El cierre de Guantánamo retoma notoriedad con la elección de Barack Obama.

Cambio o transición

Para EE.UU., con un presidente como Barack Obama que aspira a rectificar errores de la actual administración, Guantánamo representa la punta del iceberg de una masa de problemas que requerirá de tiempo y reconstrucción política. Por la magnitud de la tarea, es probable que el cambio de lugar a una aspiración más acotada, como el de una transición prolongada.

Guantánamo es un buen ejemplo. Se podrá iniciar el camino jurídico recomendado, también podrá haber una orden presidencial que cierre el Campo Delta usando las mismas facultades con que lo abrió un país en guerra bajo una situación de excepción. Donde se observan dificultades, por el clima internacional, es en abordar cuestiones más profundas en el derecho internacional, y en las Constituciones de los países. El acto de detener personas con diferentes nacionalidades, en diferentes territorios nacionales, acusadas bajo la égida de la guerra internacional contra el terrorismo, está revelando ser una cápsula del sistema de convivencia internacional. Y también siembra dudas en el estado de situación de las leyes internacionales.

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