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Senado despacha proyecto que castiga severamente el delito de femicidio

Se trata de la iniciativa que modifica el Código Penal y la Ley de Violencia Intrafamiliar y que señala expresamente que cuando la víctima de un parricidio fuera el cónyuge o el conviviente, se denominará femicidio y tendrá penas de hasta 40 años de cárcel.


En condiciones de cumplir su tercer trámite constitucional en la Cámara de Diputados quedó el proyecto que modifica la legislación vigente en materia de violencia contra la mujer, aumentando drásticamente las sanciones en contra de quienes asesinen a sus parejas o cónyuges.

Esto, luego que el Senado aprobara por unanimidad la iniciativa que sanciona con penas de hasta 40 años de cárcel a quienes cometan ese tipo de delitos.

La nueva normativa señala expresamente que cuando la víctima de un parricidio fuera el cónyuge o el conviviente, se denominará femicidio y tendrá penas de hasta 40 años de cárcel.

En tanto, cuando la víctima de un homicidio sea un ex conviviente, como es el caso de varios crímenes que han conmocionado a la opinión pública, se aplicará otro tipo penal que es el de homicidio calificado, que tiene penas más altas que el homicidio simple y un poco más bajas que las del femicidio.

De hecho se establece que las penas serán de presidio mayor en sus grados medio a máximo, es decir de 10 años y 1 día a 20 años, en los casos en que la víctima haya sido conviviente del victimario.

Cabe recordar que sólo estaba pendiente la votación de esta iniciativa, razón por la cual sólo intervino la Ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Carmen Andrade quien valoró el respaldo que le dio el Senado a la iniciativa.

La secretaria de Estado señaló que esta iniciativa es parte de un plan nacional que ha permitido contar con 90 centros de atención y prevención a lo largo del país, con 25 casas de acogida para mujeres que enfrentan riesgo vital, además de programas especializados en 306 consultorios.

Agregó que este proyecto reconoce que cuando se da muerte a una mujer en el marco de una relación de pareja, estamos ante femicidios que no constituyen delitos comunes sino que crímenes de poder que buscan limitar la autonomía y mantener el control sobre el cuerpo, la libertad y la sexualidad de las mujeres.

Asimismo, dijo que le parece importante que el proyecto sancione de mejor manera la violencia sexual y por ejemplo, elimine la exigencia de que una mujer oponga resistencia para que sea reconocida víctima de una violación. En lo sucesivo, la sola oposición bastará para entender que se ha cometido dicho delito.

También se eliminan las barreras para investigar una violación conyugal y se agravan los delitos sexuales cuando son cometidos por dos o más personas.

La iniciativa extiende a dos años el plazo de las medidas de protección ya existentes y no se podrá admitir que el denunciado tenga una irreprochable conducta anterior si ya existen sanciones de la justicia de familia.

Asimismo, el proyecto suma a las medidas cautelares existentes una nueva que obliga al agresor a presentarse regularmente a una unidad policial hasta por dos años.

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