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Corte Suprema confirma sentencia que multa a concesionaria por ruidos molestos

Autopista Nororiente deberá pagar una multa en beneficio fiscal de 60 UTM, equivalentes a $2.290.380, por la contaminación acústica provocada durante la construcción de la vía en el sector Enlace Centenario-Enlace Avenida del Valle.


La Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de casación presentado por concesionaria de autopistas urbanas en contra de un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que la condenó a pagar una multa por ruidos molestos durante su construcción.

En fallo unánime, los ministros de la tercera sala determinaron que la presentación hecha por la Autopista Nororiente no cumple con los requisitos formales para aceptar a tramitación la presentación.

De esta forma, se ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que -el 21 de enero pasado- condenó a empresa a pagar una multa en beneficio fiscal de 60 Unidades Tributarias Mensuales, equivalentes a $2.290.380, por la contaminación acústica provocada durante la construcción de la vía en el sector Enlace Centenario-Enlace Avenida del Valle.

En primera instancia, el  26° Juzgado Civil de Santiago aplicó una multa de 100 UTM,  mientras que el proceso de fiscalización la Comisión Regional Medio Ambiente había determinado un pago de  500 UTM.

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