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Comisión de Trabajo de la Cámara aprueba feriado irrenunciable para el próximo 19 de septiembre

“Estamos contentos como Gobierno de que se haya generado un consenso en la Cámara sobre este el feriado irrenunciable del día 19. Los trabajadores del Comercio tienen derecho a estar con sus familias en estas Fiestas Patrias, y ahora esperamos que el proyecto sea aprobado en la sala y en el Senado”, destacó la ministra Evelyn Matthei.


La ministra del Trabajo y Previsión Social, Evelyn Matthei asistió a la votación de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, donde se aprobó por unanimidad el proyecto de ley ingresado por el Ejecutivo que busca establecer como feriado irrenunciable el próximo 19 de septiembre en este 2011.

“Estamos contentos como Gobierno de que se haya generado un consenso en la Cámara sobre este el feriado irrenunciable del día 19. Los trabajadores del Comercio tienen derecho a estar con sus familias en estas Fiestas Patrias, y ahora esperamos que el proyecto sea aprobado en la sala y en el Senado”, dijo Matthei.

La secretaria de Estado destacó que no hay un perjuicio para el Comercio por esta medida, “ya que la gente adelanta sus compras y se programa. Ya tuvimos la experiencia del año pasado, donde no se produjeron problemas por desabastecimiento”.

Actualmente, son irrenunciables los feriados del 1 de enero, 1 de mayo, 18 de septiembre y 25 de diciembre, por lo cual de ser aprobada la iniciativa de Gobierno, este año tendrá cinco días en el cual ningún trabajador puede renunciar al descanso.

Sólo quedan exceptuados de este feriado irrenunciable aquellos trabajadores que laboran en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. La norma tampoco será aplicable a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Cabe señalar que si un empleador infringe esta norma, será sancionado con multas a beneficio fiscal de 5 UTM por cada trabajador afectado, si el empleador tuviere contratados hasta 49 trabajadores. Si los contratados son 50 o más, la multa sube a 10 UTM por cada afectado, y a 20 UTM cuando en la empresa hay 200 o más contratados.

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