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Fiscalía Occidente deriva antecedentes del caso Ursulinas al antiguo sistema

La fiscal declaró en la audiencia que “se trata de hechos de connotación sexual y relevancia que afectan la esfera de la sexualidad y que eventualmente podrían configurar algún delito”.


Nueve meses duró la investigación realizada por la fiscal de la zona metropolitana Occidente, Paola Zárate, a raíz de tres denuncias interpuestas en contra de la religiosa Isabel Margarita Lagos Droguett, sor Paula, por hechos de connotación sexual que afectaron a ex alumnas del colegio Ursulinas de Maipú.

En conjunto con la Brigada de Delitos Sexuales de la Policía de Investigaciones (PDI), la fiscal dispuso una serie de diligencias para tomar declaración a las supuestas víctimas y testigos, requerir información de diversas fuentes oficiales y constituirse en terreno para recabar el máximo posible de antecedentes, con el propósito de determinar tanto la naturaleza de los acontecimientos como el periodo en que habrían ocurrido.

La indagatoria determinó que los hechos denunciados por las tres mujeres se habrían registrado entre los años 1974 y 1988, cuando dos de ellas eran menores de edad. La fiscal Zárate explicó que “se trata de hechos de connotación sexual y relevancia que afectan la esfera de la sexualidad y que eventualmente podrían configurar algún delito”.

Sin embargo, el Ministerio Público sólo puede llevar a término investigaciones por hechos posteriores a la entrada en vigencia de la reforma procesal penal -16 de junio de 2005 en la Región Metropolitana-, por lo que se solicitó la incompetencia del Noveno Juzgado de Garantía para seguir conociendo la causa y la derivación de todos los antecedentes recabados hasta la fecha al antiguo sistema de justicia.

La jueza María Inés Hernández acogió los argumentos de la Fiscal Paola Zárate, en el sentido de que no es  posible declarar la prescripción si no se ha declarado previamente la existencia de un delito, motivo por el cual rechazó la solicitud de la defensa de la religiosa de dictar el sobreseimiento definitivo de la causa sustentándose en la tesis de la prescripción.

Entre los antecedentes que se remitirán al 34º Juzgado del Crimen figuran informes evacuados por el Centro de Atención a Víctimas de Atentados Sexuales (CAVAS) de la PDI en relación con dos de las denunciantes, en los cuales se concluye que cuentan con sus facultades mentales conservadas, por lo que su testimonio puede ser considerado válido para un proceso judicial.

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