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Corte Suprema dictamina inválidas ternas de notarios de Rancagua vinculados a UDI y RN No se ajusta a requerimientos del Código Orgánico de Tribunales

Corte Suprema dictamina inválidas ternas de notarios de Rancagua vinculados a UDI y RN

El tribunal Pleno de la Corte Suprema decidió dejar sin efecto las ternas para los cargos de notarios de las ciudades de Graneros y Machalí, confeccionadas por la Corte de Apelaciones de dicha ciudad y en la cual figuraban un ex parlamentario, una candidata a diputada y el –en ese entonces– Seremi de Bienes Nacionales de la Región de O’Higgins, vinculados a los partidos de la Alianza.


Sin efecto. Esa fue la resolución del Tribunal Pleno de la Corte Suprema, en su sesión del pasado viernes 14 de marzo, para el caso de las ternas confeccionadas para las notarías de la Sexta Notaría de Rancagua, con asiento en Graneros y Machalí, en donde se encontraban nominados el derrotado diputado UDI Enrique Estay, la candidata independiente pro RN, Pamela Medina, y el ex Seremi de Bienes Nacionales de la Región de O’Higgins, Gerardo Carvallo.

Tal como informó El Mostrador en febrero pasado, la razón de la desestimación de las postulaciones fue el no cumplimiento de los requisitos que manda el artículo 287 del Código Orgánico de Tribunales, en donde se exige que los abogados candidatos que postulan a notarías de primera categoría deben haber cumplido carrera de notario y “sólo de manera muy excepcional se podría integrar a un abogado externo a la carrera, esto si, llamado en concurso respectivo y prorrogado por a lo menos 2 veces por falta de postulantes que cumplan los requisitos, simplemente estos no se presentan”, según dicta dicho artículo.

El máximo tribunal de justicia consideró que el procedimiento a través del cual se incluyó a abogados no pertenecientes al escalafón judicial en ambas nóminas, no respondió a lo dispuesto en el Código Orgánico de Tribunales para estos procesos de selección.

“Además, se resolvió remitir los antecedentes al Comité de Modernización de la Corte Suprema para la elaboración de un instructivo que sistematice las exigencias que deben cumplirse al momento de llenarse cargos de la Segunda Serie del Escalafón Secundario del Poder Judicial”, según informa el sitio web del Poder Judicial.

Cabe recordar que tanto Medina como Estay eran nombrados en el oficio de la Corte de Apelaciones de Rancagua por sus primeros nombres y no por los que han usado durante toda su carrera política. Es así como en el documento figuraban con el nombre Abraham Estay Peñaloza y Luisa Medina Schulz.

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