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Nuevo reglamento entrega beneficios a condenados por DD.HH. que hayan colaborado en las causas

Nuevo reglamento entrega beneficios a condenados por DD.HH. que hayan colaborado en las causas

Abogada Carmen Hertz criticó la medida asegurando que será un «indulto encubierto».


Controversia ha generado el nuevo reglamento de Establecimientos Penitenciarios que modifica los beneficios a los internos y que otorga salidas a los condenados en causas de violaciones a los derechos humanos que hayan colaborado con la investigación.

Carmen Hertz, abogada querellante en estas causas, recordó que «la legislación internacional no habilita a concederles beneficios carcelarios a los delincuentes de lesa humanidad porque significaría una suerte de indulto encubierto».

«Estos delitos no son susceptibles de estos beneficios, ya que el bien jurídico que está protegido en este caso es la seguridad mundial, porque atentan contra la condición humana. Este es el agravio a la vida, a la libertad de las personas, a la integridad física y también a la condición humana. El bien jurídico que se ofende es la condición humana, por eso no son delitos amnistiables o prescriptibles», agregó la abogada.

En ese sentido, dijo que «la colaboración eficaz es una atenuante de la pena, no puede amparar beneficios carcelarios».

La nueva reglamentación señala que si bien los delitos de los derechos humanos constituyen un genocidio o crímenes de lesa humanidad, no procede prohibir la concesión de beneficios intrapenitenciarios a quienes fueron condenados por los mismos, consigna El Mercurio.

A partir de aquello, se concederán salidas a los involucrados que tengan informes en los que quede estipulado el «arrepentimiento del interno por los hechos cometidos».

De igual modo, deberán «acreditar por cualquier medio idóneo que han aportado antecedentes serios y efectivos en causas criminales por delitos de esta naturaleza. Para estos efectos, se considerará la colaboración realizada en las causas en que actualmente se investigue, se juzgue o se haya juzgado al condenado, incluso cuando aquella se hubiere prestado con posterioridad a la dictación de la respectiva sentencia condenatoria», dice el reglamento.

El abogado defensor Jorge Balmaceda también tuvo reparos con esta medida: «Mi opinión es que la condición (para obtener salidas) es absolutamente subjetiva, porque resulta del cristal con que se mire. ¿Qué entienden por colaboración en causas de derechos humanos?».

«El problema que han tenido mis defendidos es que han colaborado con la investigación y han señalado todo lo que ellos saben, pero los jueces estiman que no hay colaboración. Entonces, depende de qué colaboración quieren, porque muchas veces ellos dicen que pusieron a víctimas a disposición de determinada unidad, y no saben más», concluyó.

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