Publicidad
Más de la mitad de los partidos políticos desaparecerán por no lograr piso mínimo de votos

Más de la mitad de los partidos políticos desaparecerán por no lograr piso mínimo de votos

15 de 26 colectividades serán disueltos al no alcanzar los requisitos mínimos para mantener su existencia legal.


Son dos las exigencias que pide la ley para asegurar la existencia de un partido político en Chile: haber obtenido al menos el 3% de los votos en la reciente elección de diputados o tres parlamentarios.

Em caso de no cumplirlas, el artículo 8º transitorio de la Ley 20.914 sobre fortalecimiento de las colectividades es bastante claro al señalar que se «disolverán en caso de no alcanzar el 3 por ciento de los sufragios válidamente emitidos en dicha elección de diputados, en cada una de a lo menos ocho regiones o en cada una de a lo menos tres regiones geográficamente contiguas, según corresponda. No obstante, si un partido político incurriere en esta hipótesis de disolución, pero eligiere un mínimo de tres parlamentarios en al menos dos regiones distintas, sean diputados o senadores, conservará su calidad de tal».

Según consigna El Mercurio, de 26 tiendas políticas 15 serán disueltos al no alcanzar los mencionados requisitos.

Los partidos afectados son: PRO, Poder, Amplitud, Igualdad, Unión Patriótica, Liberal, PAIS, TODOS, Democracia Regional Patagónica, MAS, PRI, Ecologista Verde, Trabajadores Revolucionarios e IC.

De esta forma, desaparecería por completo el pacto Sumemos (Ciudadanos) y 4 de los 6 partidos del Frente Amplio desaparecerían.

«Uno de los efectos que produce la elección va a ser la disolución de partidos políticos. Son resultados preliminares los que hoy existen, los que fehacientemente calificará posteriormente el Tricel», sostiene al respecto el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Patricio Santamaría.

Sin embargo, existen alternativas para que los partidos puedan seguir existiendo. Una de ellas, es que se fusionen. Para ello, las colectividades deben citar a sus consejos generales y redactar un acuerdo que contenga los nombres de los partidos a fusionar y sus principios, tal como si se estuviera constituyendo una colectividad.

Esos antecedentes deben exhibirse en una escritura, mediante un proceso que supervisa el Servel, actuando como ministro de fe.

Otra opción es que el partido disuelto vuelva a intentar su constitución. Para ello debe acreditar un mínimo de 500 electores o el 0,25% del padrón de la última elección de diputados por cada una de tres regiones contiguas u ocho discontinuas.

Publicidad

Tendencias