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Sernac se queda sin dientes: Contraloría no toma razón de decreto promulgatorio de nueva ley PAÍS

Sernac se queda sin dientes: Contraloría no toma razón de decreto promulgatorio de nueva ley

Natalia Saavedra Morales
Por : Natalia Saavedra Morales Editora periodística El Mostrador Mercados
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La decisión deja a La Moneda en una posición que deberá definir a la brevedad. A nivel político, el Presidente podría modificar la ley, pero el objetivo no es mostrarse a favor de las empresas, por lo que la alternativa de que el TC defina sería la más propia.


El Sernac por ahora se quedará sin dientes. Esto porque la Contraloría General de la República decidió representar el decreto promulgatorio que el presidente, Sebastián Piñera presentó ante el organismo para que tomará razón de la nueva ley del Sernac, organismo que el gobierno de Michelle Bachellet intentó convertir en un “león con dientes”, con nuevas atribuciones fiscalizadoras y sancionatorias.

Esto quiere decir que la Contraloría determinó que el decreto promulgatorio no se atenía al texto aprobado por la ley, todo a la luz del fallo del Tribunal Constitucional (TC) en el cual se señaló que algunas de las nuevas atribuciones son inconstitucionales. Además, habiendo la Cámara Nacional de Comercio presentado un Téngase presente ante la Contraloría para que hiciera eco de la sentencia. Con todos esos antecedentes encima de la mesa, el ente fiscalizador no tomó razón de la ley, y por ahora no podrá ver la luz.

Existen solo dos razones por las cuales el Contralor, Jorge Bermúdez Soto, puede no tomar razón de un decreto de Ley, una porque sea ilegal y otro, porque sea inconstitucional. En este último caso, el Presidente tiene dos opciones, conformarse, o bien acudir al TC para aclarar la controversia y ver si la razón la tiene la Contraloría o por el contrario si deben tomar razón de la ley como lo solicitó el Ejecutivo.

La facultad del Contralor de rebotar la toma de razón se explica en el Artículo 99 del Capítulo X de la Contraloría General de la República, que aclara lo señalado. Una parte del texto indica que “corresponderá, asimismo, al Contralor General de la República tomar razón de los decretos con fuerza de ley, debiendo representarlos cuando ellos excedan o contravengan la ley delegatoria o sean contrarios a la Constitución”. El mismo texto aclara la posición en que Piñera queda “si la representación tuviere lugar con respecto a un decreto con fuerza de ley, a un decreto promulgatorio de una ley o de una reforma constitucional por apartarse del texto aprobado, o a un decreto o resolución por ser contrario a la Constitución , el Presidente de la República no tendrá la facultad de insistir, y en caso de no conformarse con la representación de la Contraloría deberá remitir los antecedentes al Tribunal Constitucional dentro del plazo de diez días, a fin de que éste resuelva la controversia”, señala el fundido.

La decisión deja a La Moneda en una posición que deberá definir a la brevedad. Esto es si presenta ante el TC sus dudas, o bien si antes de esa insistencia, revisa o replantea la ley. Todo en el marco que el nuevo director del Sernac, el abogado Lucas del Villar ha planteado que con las actuales facultades que tiene el organismo sí “tiene dientes”, demostrando que no está del lado de otorgarle nuevas atribuciones.

En medio de un plan de ajuste fiscal, los cambios al proyecto podrían ahorrarle al gobierno $25 mil millones y la incorporación de casi 400 funcionarios al aparato público. Además, a nivel político el Presidente podría modificar la ley, pero el objetivo no es mostrarse a favor de las empresas, por lo que la alternativa de que el TC defina sería la más propia.

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