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Multigremial de Militares y Policías (R) valora criterio de la Corte Suprema que concedió la libertad a prisioneros de Punta Peuco PAÍS

Multigremial de Militares y Policías (R) valora criterio de la Corte Suprema que concedió la libertad a prisioneros de Punta Peuco

La Multigremial (R) confía en que prontamente la Corte Suprema en pleno ponga fin a «estos lamentables episodios que han oscurecido la Justicia chilena, que ha actuado con un sesgo político y no jurídico hacia los militares y policías (R), permitiendo arbitrariedades con fallos judiciales que van más allá de la ley,  mediante torcidas y artificiosas interpretaciones, atropellando numerosas leyes y garantías aseguradas constitucionalmente, como las relativas a la prescripción de la acción penal, la amnistía o la cosa juzgada, o principios tales como los de supremacía constitucional, legalidad, debido proceso, presunción de inocencia, irretroactividad de la ley penal más gravosa, igualdad ante la ley, entre muchas otras», señalan.


Como el inicio del esperado regreso a la normalidad jurídica calificó el Presidente de la Multigremial de Militares y Policías (R), Alejo Riquelme Solís, el fallo de la Corte Suprema que concedió la libertad condicional a cinco prisioneros de Punta Peuco, valorando además el criterio empleado por el Máximo Tribunal «en cuanto a que no era razonable aplicar argumentos de lesa humanidad respecto del cumplimiento de la condena, por lo que respetando el Derecho Internacional y sus estándares sí procedía el beneficio penitenciario para los ex uniformados por parte de la Comisión Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago», argumentan.

“El razonamiento realizado por la segunda sala de la Corte Suprema comienza a reflejar que se ha entendido que emplear el argumento de lesa humanidad para justificar resoluciones o negativas a beneficios carcelarios y penitenciarios no se ajusta a Derecho, sobre todo si se trata de condenas por delitos comunes como es el caso de los militares y policías prisioneros por causas de derechos humanos. No debemos olvidar que la Ley 20.357 de Lesa Humanidad entra a regir en Chile en el año 2009, y que no existe ningún militar o policía que haya sido condenado bajo esa normativa, sino que todos ellos condenados por delitos comunes y, por cierto, bajo un sistema penal arbitrario, inquisitivo e inconstitucional que sólo está vigente para ellos, pero no para el resto de los chilenos”, explicó Alejo Riquelme Solis.

Enfatizó que este fallo de la Suprema sienta entonces un precedente, «pues le dice directamente a la Comisión de Libertad Condicional del Tribunal de Alzada santiaguino que los argumentos esgrimidos de negar el beneficio a los ex uniformados no se ajustan a Derecho, y que procede aplicar el criterio de otorgar la libertad condicional como a cualquier otro interno que la solicite», precisan.

Primero: Aplicar la ley ajustado a Derecho

Bajo esa misma mirada de la Corte Suprema entonces –prosiguió el Presidente de la Multigremial (R)- que coloca en valor el respeto al Derecho Internacional y a los estándares que se emplean en los juicios por DDHH, «correspondería que -en primer término- los Ministros Extraordinarios designados para estas causas apliquen la ley ajustados a Derecho como corresponde y no utilizando subterfugios como el invento jurídico del secuestro permanente, o bien, aquellos inspirados en delitos de lesa humanidad, porque no existen ni leyes internas ni tratados internacionales que establezcan que los delitos de lesa humanidad son inamnistiables, es decir, que prohíban perdonarse entre hermanos»

Segundo: Eliminar Figura de Ministros Extraordinarios

Agregó que «en un segundo término, eliminar la figura del Ministro Extraordinario, pues su designación sobrepasa sus facultades jurisdiccionales al tratarse de un tribunal unipersonal inconstitucional, creado con posterioridad a la perpetración de los hechos (art.19 N°3, inc.5 Constitución Política de la República), por tanto, no tiene ninguna validez jurídica».

Tercero: Causas DDHH al Sistema Procesal Penal Vigente

Y, en un tercer nivel -enfatizó Alejo Riquelme Solís- «traspasar todas las causas relacionadas a derechos humanos que afectan a militares y policías del sistema penal antiguo al actual sistema Procesal Penal vigente en Chile, de manera que estos compatriotas que vistieron uniforme y defendieron a la Patria en tiempos dolorosos para el país, tengan derecho a un Debido Proceso y se les respeten las garantías individuales como cualquier otro chileno».

Finalmente, la Multigremial (R) confía en que prontamente la Corte Suprema en pleno ponga fin a «estos lamentables episodios que han oscurecido la Justicia chilena, que ha actuado con un sesgo político y no jurídico hacia los militares y policías (R), permitiendo arbitrariedades con fallos judiciales que van más allá de la ley,  mediante torcidas y artificiosas interpretaciones, atropellando numerosas leyes y garantías aseguradas constitucionalmente, como las relativas a la prescripción de la acción penal, la amnistía o la cosa juzgada, o principios tales como los de supremacía constitucional, legalidad, debido proceso, presunción de inocencia, irretroactividad de la ley penal más gravosa, igualdad ante la ley, entre muchas otras», señalan.

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