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Por qué el impuesto corporativo es un buen impuesto y por qué hay que reforzarlo MERCADOS|OPINIÓN

Por qué el impuesto corporativo es un buen impuesto y por qué hay que reforzarlo

François Meunier
Por : François Meunier Economista, Profesor de finanzas (ENSAE – Paris)
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Los Mínimos Comunes presentados al Gobierno proponen la eliminación de ciertas exenciones fiscales. Aquí damos el argumento para añadir a la lista otra exención a eliminar: el régimen tributario de la (semi)-integración en el impuesto corporativo (IC). Esta ventaja consiste en que el impuesto sobre los dividendos recibidos por los accionistas se reduce al menos en un 65% del IC que paga su empresa. Hay que suprimirla.

En efecto, el IC es, entre todos los impuestos, uno de los mejores (¡o de los menos malos!) desde el punto de vista de las distorsiones que cualquier impuesto provoca. Hay espacio para que Chile aumente su rendimiento sin dañar la economía.

Los que piden que se mantenga el statu quo – e incluso se rebaje el IC – esgrimen dos argumentos:

1- Aumentar el IC fomenta la evasión fiscal, es decir, la expatriación de los beneficios corporativos a jurisdicciones fiscales más favorables.

2- Aumentar el IC disminuye la inversión y el empleo porque reduce el rendimiento del capital para los accionistas.

El primero es cierto, pero afortunadamente tiene todavía poco que ver con Chile. El segundo está puesto en tela de juicio por los economistas.

La plaga de la evasión fiscal

La apertura de los países al comercio internacional en las últimas décadas ha facilitado la evasión fiscal. La respuesta no cooperativa de los Estados, hasta la fecha, ha sido una carrera a la baja de los tipos de IC. Esta carrera fue iniciada por países pequeños como Irlanda en Europa o Panamá y las Islas Caimán en América, que ganan más en ingresos fiscales por atraer capitales que lo que pierden por bajar las tasas.

Pero es una carrera a la baja como la de la Reina Roja en el libro de Lewis Carroll: abajo, siempre abajo, pero sólo para permanecer en el mismo lugar porque otros también están bajando, lo que paraliza a los Estados en su papel de proveedores de bienes comunes.

La evasión fiscal es, por tanto, una plaga que requiere una vigorosa cooperación internacional para combatirla. La OCDE está desempeñando un papel destacado en este sentido. También es de agradecer la iniciativa llevada por Joe Biden para elevar la tasa del IC estadounidense del 21% al 28% y, sobre todo, para implantar una tasa mínima del 21%. Si el proyecto de ley se aprueba, una multinacional como Google que localiza el grueso de sus beneficios europeos en Irlanda pagará la tasa del 12,5% actual, pero seguirá debiendo el 8,5% al Tesoro estadounidense. Es probable que esto disuada a Google de transferir sus beneficios a Irlanda y a Irlanda de mantener su tipo bajo ante la pérdida de oportunidad del 8,5%.

En el caso de Chile, esta evasión fiscal es todavía moderada. En efecto, si el país está muy abierto al exterior, la imbricación de su tejido industrial en las cadenas de valor internacionales es débil porque el país exporta sobre todo productos primarios o semielaborados. Además, las grandes empresas chilenas están poco implantadas en el extranjero. Por supuesto, hay que ponerles ojo a los esquemas fiscales de un Google, Apple o Walmart en Chile. Sin embargo, hay holguras que permiten una tasa de IC más alta.

El IC perjudica poco o nada a la inversión

La razón es sencilla: el IC es un impuesto sobre los beneficios de la empresa y no sobre la cifra de venta. Esto significa que los gastos que una empresa realiza para un nuevo proyecto son deducibles de su renta imponible al ritmo de su depreciación fiscal. Si es una empresa ya rentable o que tiene filiales rentables, el costo de su inversión en Chile se reducirá de un 27% (en el régimen semiintegrado). Por decirlo de otra manera, el Estado paga este 27%. Esto también vale para una nueva empresa: a través del arrastre de pérdidas fiscales (ilimitado en el tiempo en Chile), podrá aplicar sus gastos a sus ingresos futuros. Por lo tanto, es normal que el Estado recupere el 27% de los ingresos ya que ha asumido el 27% de los costos, con el riesgo asociado (¡sí, el riesgo! el Estado pierde dinero si el proyecto fracasa).

Luego, el Estado participa tanto en los beneficios como en las pérdidas de la empresa. En cierto modo, él está en la posición de un accionista minoritario, y un accionista minoritario nunca ha obstaculizado la rentabilidad del accionista mayoritario. Si la empresa invierte $1.000 y obtiene $100 de beneficio bruto, el rendimiento del capital es del 10%. Si el IC es del 27%, su inversión cuesta solo $730 y su beneficio es de $73. De nuevo 10% de rentabilidad.

Los expertos están al tanto de los reparos en este razonamiento: el gobierno nunca adelanta fondos como lo haría un accionista al 27%, simplemente cobra contra los beneficios existentes o distribuye créditos fiscales. Así, actúan las restricciones de tesorería, el tiempo necesario para depreciar los gastos, el tratamiento fiscal de la quiebra, etc. Pero, en sentido contrario, los intereses de la deuda son deducibles de la renta imponible, lo que es una gran ventaja para el accionista.

Con todo, recordemos que el IC es un impuesto más o menos neutral. Robert Barro y Jason Furman muestran, en un paper sobre la reforma fiscal impulsada por Trump en 2017, que una bajada de un tercio del tipo del IC (del 35% al 24% en su simulación) reduce el costo de la inversión solo un 4%. Una prueba de esta neutralidad se puede ver en la historia: el mundo occidental tenía tasas de IC en el rango del 50% (e incluso del 60% en Alemania) antes de los años 70 sin que sus economías se recientan, al contrario.

 

Tasas del IC diferentes entre países no afectan a esta neutralidad, salvo para la evasión

¿Se vería afectado nuestro razonamiento si la empresa realizara su inversión en Panamá, donde ha por ejemplo negociado un tipo del IC del 7%? Pues no. A la empresa se le reembolsarían sus gastos al 7% en lugar del 27% en Chile, y pagaría a cambio la misma proporción de sus ingresos. Tendría un seudo accionista minoritario al 7% en lugar del 27%.

La realidad es, por supuesto, muy distinta. La empresa deja su actividad en Chile, recupera el costo de su inversión al 27% y solo exporta sus beneficios a Panamá, donde paga el 7%. La diferencia se la lleva el Estado panameño por el 7% y por el accionista por el 20%. Podemos entender por qué les gusta tanto a las multinacionales hacer evadir sus beneficios, y, como reacción de los Estados, la espiral descendente de las tasas de impuesto.

Tenemos un caso de estudio sobre la casi neutralidad del IC con la reforma introducida por Trump en 2017, consistente en la reducción del tipo del IC del 35% al 21%, esto con el pregón de recuperar el empleo en EE. UU.

Pues bien, cuatro años después de la reforma de Trump, no se ha repatriado ningún puesto de trabajo, por una sencilla razón: no fueron los puestos de trabajo los que se fueron para aprovechar los bajos impuestos, fueron los beneficios. Google y Apple sólo habían invertido en entidades legales casi de papel en Irlanda y en las Islas Caimán. Cuando los puestos de trabajo dejaron los EE. UU., fue para aprovechar las oportunidades de los mercados extranjeros, no para pagar menos impuestos. El grupo que lo haga mejor que otro en este juego podrá recompensar mejor a sus accionistas y, por tanto, tendrá un mayor potencial de financiamiento.

¿Dónde estamos en Chile?

Uno recuerda el capital político que el gobierno de Piñera dilapidó al inicio de su mandato en su cruzada para imponer la integración fiscal al 100%. La pelea duró casi dos años y privó al gobierno de energía para realizar reformas más justificadas. Sí, son las empresas y por tanto los accionistas quien pagan el IC. Pero ¿por qué el Estado debe reembolsar al accionista, aunque sea parcialmente en el régimen semiintegrado, ya que este impuesto es una contrapartida por su contribución al costo y los riesgos de la inversión? Con las reservas mencionadas anteriormente, no se puede simplemente sumar el IC y el tipo impositivo de los dividendos para conocer la carga tributaria del accionista. Por eso la tendencia en todo el mundo es eliminar la integración o la semi-integración.

Incluso hay margen para aumentar la tasa actual en proporciones razonables. La iniciativa de Biden y las reformas propuestas por la OCDE muestran que la tendencia es que los Estados recuperen el control sobre este impuesto. Lo mismo vale para Chile.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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