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Importancia de la prueba pericial en el nuevo sistema procesal penal


Con motivo de varios juicios criminales de connotación pública, (delitos sexuales, homicidios, incendios intencionales, accidentes mineros, negligencias médicas, accidentes del tránsito, etc ) y más allá de los abogados que en ellos han participado, por la prensa nos hemos enterado de la importancia que revisten los peritos en la Nueva Justicia Penal al momento de ir a juicio para sustentar la teoría del caso que se quiera esgrimir ante los Tribunales de Justicia Criminales.



Por otra parte, los peritos pueden ser definidos como terceros ajenos al juicio, quienes disponen de conocimientos especializados sobre una determinada ciencia, arte u oficio y que son llamados a prestar testimonio experto en la interpretación de una determinada información.



Por lo anterior, el nuevo Código Procesal Penal permite a los fiscales del Ministerio Público utilizar pericias de los servicios públicos sin costo para ellos, sin perjuicio de recurrir también a la designación de peritos particulares previo pacto de honorarios profesionales con éstos. Igual derecho les asiste a los Defensores Penales Públicos en favor de sus imputados.



La inquietud que surge entonces dice relación con aquellos asuntos en que intervienen abogados particulares, sea por la víctima como parte querellante, o bien, por la defensa como abogado defensor particular en lo que respecta a la preparación, costo y oportunidad de este tipo de evidencia probatoria, entre otras.



Esta preocupación es más relevante aún, si la actuación penal está asociada a actividades empresariales de riesgo o bien a pólizas de seguros generales de responsabilidad civil, donde este ítem, su costo y las consecuencias judiciales de esta evidencia probatoria no existe o derechamente, se considera innecesaria porque se sigue creyendo que este tipo de prueba opera de igual manera como era en el antiguo sistema procesal penal, donde habitualmente era de costo del Estado, atendido a que las mismas se hacían a través de los diferentes servicios públicos por orden del Juez.



En igual orden de ideas, esta carga procesal también resulta gravosa para las personas comunes y corrientes que se ven envueltas en conflictos penales de tipo doméstico, como son, por ejemplo, los accidentes del tránsito que causan lesiones graves o muertes por culpa, o bien, en materias de negligencia médica, por citar algunos ejemplos.



En definitiva, en el nuevo sistema procesal penal, sólo son peritos aquellos presentados por las partes, desapareciendo en consecuencia la figura del perito imparcial designado por el Juez. De este modo, las partes intervinientes tienen libertad para escoger como perito a las personas que estimen convenientes sin que exista todo un procedimiento formal de nombramiento de los mismos, Esto indudablemente que va a incidir en el resultado del tipo de juicio penal que se siga, en la medida que no se acceda a una salida alternativa que contempla el propio modelo de enjuiciamiento penal.



Asimismo, este tipo de evidencia probatoria pericial, como la oportunidad y conveniencia de la misma, guarda estrecha relación con el estándar de asistencia profesional que deben prestar los abogados actualmente dentro de esta Nueva Justicia Penal.



En consecuencia, atención con los nuevos cambios en el sistema procesal penal vigente en todo Chile y los efectos que de ella emanan a fin de evitar que la ignorancia nos haga presa fácil de nuestra propia soberbia.



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Kléber Monlezun Cunliffe. Abogado. www.lmoabogados.cl
www.djp.cl

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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