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Tras 46 días en prisión preventiva Délano y Lavín se van para la casa con arresto domiciliario total El pago de más de $2 mil millones al SII fue clave para resolución, según el juez

Tras 46 días en prisión preventiva Délano y Lavín se van para la casa con arresto domiciliario total

Macarena Segovia
Por : Macarena Segovia Periodista El Mostrador
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El Octavo Juzgado de Garantía determinó que, ante la existencia de «nuevos antecedentes», la medida cautelar determinada el 7 de marzo, de «privación de libertad», no era proporcional a la pena efectiva que arriesgan ambos formalizados por cohecho y delito tributario. Tanto Délano como Lavín salieron de Capitán Yáber en medio de una protesta por la resolución, mientras que algunos de los querellantes ya anunciaron la apelación a la medida.


A 46 días de que se dictara la medida cautelar de privación de libertad por los 120 días que dure la investigación por el caso Penta para los controladores del holding, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, el juez Daniel Aravena, del Octavo Juzgado de Garantía, decidió reemplazar la cautelar dictada el 7 de marzo, por la de arresto domiciliario total y arraigo nacional, con prohibición de salir del país. De esta manera quedan bajo la misma medida cautelar que el ex brazo derecho de Délano y Lavín, Hugo Bravo.

Las razones esgrimidas por el juez son que existieron nuevos antecedentes que aplicaron para la atenuante de la medida cautelar. Uno de ellos fue que existió una «colaboración efectiva» por parte de los imputados con la investigación del caso, argumento que fue esgrimido por la defensa, la que contrastó el actuar de los controladores de Penta con el accionar de SQM, evidenciando que las declaraciones de los controladores de la primera ayudaron a que la investigación fuera más expedita.

Por otra parte, el juez Aravena aseguró que el pago de más de 2 mil millones de pesos por parte de los imputados significa «un antecedente que refleja la intención de procurar reparar el mal causado». Finalmente el juez se refirió a la pena máxima a la que podían llegar los imputados, la que se remite a 5 años y un día de presidio efectivo.

Ante estos antecedentes el Octavo Juzgado de Garantía determinó que la medida de arresto domiciliario total era proporcional a la que arriesgan los dos formalizados por soborno y delitos tributarios, siendo la piedra de tope en este punto que, si no se comprueba la reiteración de estos delitos, Délano y Lavín no arriesgan una pena efectiva.

El abogado Mauricio Daza, representante de los querellantes, la ONG Ciudadano Inteligente, aseguró a CNN que estos «son argumentos equivocados». También explicó que el juez «no evaluó que para que se determinara una reparación celosa –pago de la deuda al SII–, no basta con que se concrete el pago, sino que debe ser oportuno». Además se refirió a un hecho que causó polémica, como fue la prohibición de grabar y tomar fotografías durante la audiencia y dijo que se opuso a dicha medida.

«Hoy la resolución nos ha dado la razón de que la medida era desproporcionada e inadecuada», dijo el abogado defensor de los controladores de Penta, Julián López, quien agregó que «los últimos hechos ocurridos, en los últimos quince días, han demostrado la absoluta lealtad de mis representados con la investigación».

La audiencia

La defensa de los controladores de Penta pidió la revisión de la cautelar de sus representados al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, con el objetivo de revocarla y sustituirla por arresto domiciliario total. La audiencia se inició pasada las 14:00 hrs. y duró más de seis horas.

El abogado defensor, Julián López, inició la ronda de exposiciones, en su intervención aseguró que «estimamos que no concurre la necesidad de cautela (prisión preventiva), pero si el tribunal establece que sí, la defensa pide la sustitución de la prisión preventiva por arresto domiciliario total y arraigo». Además dio a conocer nuevos antecedentes en la investigación, como las declaraciones de ejecutivos que no estaban en la carpeta investigativa y la rectificación frente a SII y pago del perjuicio fiscal.

López argumentó que, en el caso de sus representados, no existiría reiteración de los delitos de fraude tributario y soborno «de la manera que lo atribuye el Ministerio Público», por lo que la pena solicitada por la Fiscalía no estaría en lo correcto.

También dijo que había dos atenuantes para levantar la prisión preventiva, una de ellas, la «colaboración sustancial» de ambos en la investigación, en comparación a la de los involucrados en el caso SQM, y que sus defendidos no representaban un peligro para la sociedad.

A lo anterior, el fiscal Carlos Gajardo respondió que tanto Carlos Alberto Délano como Carlos Eugenio Lavín «han mostrado que, en comparación con Soquimich, (los imputados) mostraron sus antecedentes rápidamente. ¿Y eso lo ponen como una colaboración a la investigación? Perdóneme, pero eso a mí no me parece». Además aseguró, en su intervención, que «ha habido y hubo financiamiento ilegal para campañas políticas» y que «mientras los imputados Délano y Lavín eligen callar, la justicia sigue hablando».

Otro de los argumentos entregados por el Ministerio Público es que «la defensa no ha expuesto antecedentes nuevos”, según indicó Gajardo, lo que evidencia la postura de que debería mantenerse la medida cautelar por los meses restantes.

Además Gajardo aseguró que, con el caso Penta, se comprueba el “cohecho al más alto nivel de nuestro país” y dio como ejemplo que hasta las esposas de los juniors de la empresa usaron boletas y facturas falsas, según consigna Soy Chile.

En tanto el fiscal Pablo Norambuena señaló que ambos imputados arriesgan penas efectivas de cárcel y que han sido formalizados por soborno y delitos tributarios, consumados y reiterados, conducta recurrente que hace que no sea posible que accedan a penas sustitutivas, corroborando el planteamiento inicial de la Fiscalía.

Luego de la exposición del Ministerio Público se dio paso a la que los querellantes en el caso. En dicha ronda el abogado representante del SII aseguró que el actuar de Délano y Lavín «es una cuestión transversal a la integración de la compañía». Además, aseguró que «nos parece legítimo aspirar al máximo de la pena y aspirar al máximo de aumento posible en virtud de la reiteración, porque esta también ha sido la máxima posible».

Finalmente, concordó con la Fiscalía y aseguró que «ninguno de los nuevos antecedentes en rigor son tales, lo único que hemos conocido son antecedentes que no descartan la participación en los ilícitos, por el contrario», según señaló Radio Bío Bío.

Otro de los argumentos más duros de la jornada lo dio la abogada del Consejo de Defensa del Estado, quien aseguró que efectivamente la conducta de ambos controladores es reiterada y que se prolongó «bastante más años de los que se señalan en la formalización». «La actividad delictiva de este grupo no ha cesado en todos estos años, y bajo esa hipótesis sí hay peligro de reiteración y, por tanto, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad», agregó.

Ninguno de los argumentos esgrimidos por la parte querellante logró convencer al magistrado para mantener la cautelar de privación de libertad, a pesar de que este dijo en la lectura de la resolución que la exposición de la Fiscalía era «sólida».

Los querellantes tienen cinco días para apelar a la resolución. Hasta el momento se asegura que la ONG Ciudadano Inteligente y el Consejo de Defensa del Estado efectivamente apelarán y que el Ministerio Público revisará durante los próximos días la decisión.

Pasadas las 23:00 hrs., ambos controladores salieron del anexo Capitán Yáber sin prestar declaraciones, en medio de la manifestación e indignación de miembros del Movimiento de Probladores UKAMAU, que tiraron agua al auto en que iba Carlos Alberto Délano. En el lugar la vocera de la organización, Doris González, aseguró que «los van a perseguir», vayan donde vayan.

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