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Corte Suprema rechaza recurso por avisaje publicitario estatal en medios de comunicación


La Corte Suprema rechazó el recurso de reclamación presentado por la revista Punto Final en contra de varios ministerios por la concentración del avisaje publicitario del Estado en cadenas periodísticas del país.

En fallo unánime los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal -Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Benito Mauriz- ratificaron el fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que desestimó el requerimiento contra el ministerio de Hacienda, Justicia y Planificación y Desarrollo.

La resolución judicial determinó que las secretarías de Estado antes mencionadas han ajustado sus procesos de compras de avisajes publicitarios a las leyes del mercado y no vulnera las normas de la libre competencia.

Al respecto el fallo señala «que, así las cosas, esa concentración de avisaje en dos grandes cadenas periodísticas –y justificada y parcial ajuicio de la revista Punto Final- solo deriva designar el avisaje estatal sobre la base de criterios de mercado, como son el índice de lectoría de cada medio escrito y los destinatarios a los que va dirigido el mensaje que se persigue comunicar».

A lo anterior agrega que para establecer una discriminación positiva a favor de los medios ajenos a los dos consorcios periodísticos se debe dictar una ley especial que determina este mecanismo.

El fallo expresa «que acceder a las peticiones de este recurso conllevaría a instalar a favor de algunos medios de prensa una designación positiva, la que corresponde ser declarada por una ley y la falencia de esta norma, no puede ser suplida mediante la utilización sesgada del avisaje estatal en pos de apoyar –a un reconociendo la legitimidad de esta pretensión- una mayor diversidad informativa».

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