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Tribunal Oral de Iquique condena a detectives por robo a extranjeros


El Tribunal Oral en lo Penal de Iquique condenó a tres detectives de la Policía de Investigaciones, por el delito de robo con intimidación cometido el 8 de abril de 2011 en la comuna de Colchane, en hechos que afectaron a un ciudadano peruano y otro boliviano.

Se trata de Alex Humberto Toledo Riveros, Nicolás Patricio Videla Rodríguez y Luis Alberto Domínguez Pérez, quienes abordaron a los extranjeros para apropiarse del dinero que portaban.

Los hechos se remontan al día 8 de abril de 2011, cuando cerca de las 19:00 horas, los afectados, el boliviano Rodolfo Calani Choque y, el peruano Jorge Ticona Ccama fueron fiscalizados por los efectivos policiales, quienes les registraron las mochilas para quitarles US$10.400, que llevaba el primero y US$ 3.400, el segundo, todo en dinero efectivo a la fecha de comisión del delito, donde en una ruta aledaña en dirección a Cariquima, fueron «abandonados en ese sector fronterizo, oscuro, y deshabitado, con el objeto de asegurar la impunidad del hecho», establece el fallo.

La sala –integrada por los magistrados Felipe Ortiz, Franco Repetto y Loreto Jara- declaró culpables a los detectives Toledo, Videla y Domínguez ya que «más allá de toda duda razonable, los tres funcionarios activos de la Policía de Investigaciones se valieron «de la calidad que detentaban y se aprovecharon de la condición de irregularidad en que Ticona y Calani se encontraban en el país y su marginalidad cultural y socioeconómica lo que les facilitaba la sumisión a sus designios y la impunidad de su acción al haberlos dejado abandonados a su suerte en una zona despoblada y carente de toda iluminación», establece el dictamen.

El tribunal argumentó que los tres funcionarios públicos son responsables del robo con intimidación, pero fueron absueltos de los delitos de detención ilegal y vejación injusta a particulares, por considerar que «la pluralidad de las acciones desplegadas por ellos integran solo el delito de robo con intimidación quedando la detención ilegal y la vejación injusta subsumida, ya que tanto la retención de las víctimas como las molestias o gravámenes que pudieron haber sufrido, se efectuaron con ocasión del robo y para asegurar su consumación e indemnidad», dice el veredicto.

La audiencia de comunicación de la sentencia condenatoria se realizará el próximo miércoles 25 de abril, a las 13:20, y será redactada por la jueza Loreto Jara.

upi/so//

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