Publicidad

Derechos indígenas en Chile: A un año del Informe del Relator de la ONU


Este mes se cumplió un año desde que el Relator Especial de la ONU para los Derechos Indígenas, Rodolfo Stavenhagen, presentara su informe sobre Chile ante la Comisión de Derechos Humanos de la misma organización internacional. Como recordamos, en dicho Informe el Relator Stavenhagen señaló que a pesar de los avances verificados los últimos años en el país en la materia, los indígenas seguían «viviendo una situación de marginación y negación que los mantiene apartados significativamente del resto del país».



Constató, además, las limitaciones del ordenamiento jurídico vigente para la protección de sus derechos. Criticó la criminalización de las demandas indígenas, instando a que no se aplicasen acusaciones de delitos tomados de otros contextos («amenaza terrorista», «asociación delictuosa») a hechos relacionados con «la lucha social por la tierra y los legítimos reclamos indígenas».



Propuso al gobierno considerar la declaración de una amnistía general para los indígenas procesados por sus actividades de defensa de las tierras indígenas. Recomendó a los distintos órganos del Estado desarrollar acciones legislativas, administrativas, políticas y económicas con miras a lograr un mayor reconocimiento y vigencia de estos derechos. Finalmente, planteó la necesidad de generar «mecanismos de dialogo para la resolución de los conflictos interétnicos, con el propósito de lograr el reconocimiento efectivo de los derechos culturales, políticos y territoriales de los pueblos originarios».



Lamentablemente, a un año del Informe, no son muchos los avances que se pueden observar en el país en el cumplimiento de las recomendaciones en el formuladas por el Relator Stavenhagen. En materia social el Coordinador de Política Indígena de gobierno y Subsecretario de MIDEPLAN, Jaime Andrade, dio cuenta hace unos días atrás ante la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra de una serie de acciones públicas en beneficio de los indígenas, las que incluían un programa especial de Chile Solidario, la política de tierras -el que habría significado la trasferencia de 230 mil has. a indígenas entre el 2000 y el 2004-, el programa de becas indígenas- que totalizaron 33 mil el 2005-, y el Programa de Educación Intercultural Bilingüe.



Se trata de iniciativas valorables, por cierto, pero que deben ser analizadas con mayor profundidad para determinar sus reales implicancias en favor del desarrollo indígena. La política de tierras indígenas, por ejemplo, ha adolecido de muchos defectos que han sido reconocidos por el propio gobierno, como no haber ido acompañadas de programas de apoyo al desarrollo económico, o no considerar el otorgamiento a sus adjudicatarios de derechos sobre los recursos naturales que resultan indispensables para hacerlas producir.



Por otro lado, la mayor parte de las tierras consideradas como trasferidas a indígenas, son en verdad tierras ancestrales indígenas cuya propiedad es, a través de esta política, saneada o regularizada. Muchas comunidades, como Quinquén en la región de la Araucanía, deben esperar largos años antes de que se le otorgue la propiedad de la tierra que reclaman, lo que genera frustración e incertidumbre.



Más grave aún, la desprotección en que se encuentran los derechos indígenas sobre sus tierras y recursos naturales y culturales, en particular frente a proyectos de inversión que se realizan en ellas o alrededores, sigue siendo la misma. La central Ralco, que hace exactamente un año atrás inundara, sin previo aviso, un cementerio indígena en momentos en que la comunidad dialogaba con CONADI en torno a su relocalización, es un claro ejemplo de ello. La forestación con especies exóticas de rápido crecimiento por el sector privado -con el aval y subsidio del Estado- de tierras indígenas o tierras reclamadas por sus comunidades, lejos de revisarse, ha sido acelerada en el último año, con grave impacto para las comunidades y su medio ambiente.



Otra realidad que sigue plenamente vigente es la del desconocimiento jurídico de los derechos indígenas. Para enfrentar esta situación el ejecutivo, en el marco de la política del «nuevo trato,» ha propuesto recientemente al Congreso Nacional un proyecto para lograr el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas. La iniciativa, sin embargo, se limita a reemplazar el inciso final del artículo 1° agregando en su parte final un texto que dispone: «la ley garantizará el derecho a conservar, desarrollar y fortalecer la identidad, idiomas, instituciones y tradiciones espirituales, sociales y culturales de los pueblos indígenas que habitan el territorio nacional».



Nuevamente, aunque la actitud del ejecutivo es valorable, no se considera esta propuesta, como se hace en los textos constitucionales de numerosos países latinoamericanos, y como lo propone el Informe de la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato que el mismo gobierno creara, el reconocimiento de derechos políticos, territoriales o culturales específicos que permitan que esta reconocimiento no sea meramente declarativo, sino que posibilite el resguardo efectivo de los derechos indígenas en el país, cuya desprotección ha generado los conflictos que conocemos.



El Convenio 169 de la OIT, que constituye el instrumento internacional más relevante de protección de derechos indígenas sigue sin ser ratificado por el Congreso.



Finamente, en materia de justicia, el ejecutivo siguió haciéndose parte durante el 2004 en juicios relativos a acciones ocurridas en el marco de los conflictos de tierras que involucran a personas o comunidades mapuche, solicitando en ellos la aplicación de la ley antiterrorista. Tales juicios, que de acuerdo a diversos analistas obstaculizan el debido proceso al permitir el uso de testigos sin rostro, al posibilitar la detención preventiva de los imputados por largos periodos, han resultado en la condena de cerca de una decena de mapuche a elevadas penas de cárcel, en algunos casos -como el de los lonkos Pichún y Norín- a cinco años y un día por la mera amenaza de una acción calificada arbitrariamente como terrorista.



En un intento por explicar esta conducta del Estado, el Subsecretario Andrade señaló en su reciente intervención ante la ONU: «La legislación Antiterrorista, ha debido ser invocada al encontrarnos frente a situaciones de extrema gravedad, lo que ha ocurrido en catorce procesos desde 1992 a la fecha.» Y luego agregó que «Â…las acciones judiciales que se han debido iniciar por parte del Gobierno que han involucrado a indígenas han estado encaminadas a sancionar a los autores de delitos, y en caso alguno a ‘criminalizar’ o ‘judicializar’ el movimiento indígena. La imputación a determinadas personas ha estado establecida por el delito y el resultado de las investigaciones llevadas a cabo, y no por el origen de los imputados.»



Como hemos señalado en reiteradas oportunidades desde el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas, no se trata de no perseguir las acciones delictivas que puedan haber cometido los mapuche en el marco de estos conflictos, sino de hacerlo utilizando para ello la legislación ordinaria vigente y no tipos especiales como el de la ley antiterrorista, que no se ajusta a la realidad de los hechos que se trata de sancionar.



Del mismo modo, hemos sostenido que en el marco de este conflicto se deben perseguir también por parte del gobierno, y del Ministerio Público, con el mismo celo que en los casos en que se acusa a los mapuche, los delitos cometidos en contra de mapuche, como aquellos que son imputables a propietarios agrícolas aledaños a sus comunidades o los abusos policiales que, no en pocas oportunidades, se han registrado en sus comunidades, afectando incluso a niños y ancianos.

La voluntad manifestada por el Subsecretario Andrade de no utilizar la legislación antiterrorista en contra de los mapuche sino en casos de extrema gravedad es relevante. Ella se pondrá a prueba, sin embargo, en el marco del nuevo juicio que deberá realizarse pronto en Temuco en contra de los mapuche a quienes el Ministerio Público, el mismo gobierno y particulares, entre ellos el ex Ministro Figueroa, acusó de integrar una asociación ilícita terrorista. Ello luego de que la Corte Suprema anulara el fallo absolutorio del Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad en esta causa.



Dado la inexistencia de pruebas que permitan demostrar que los acusados son parte de una asociación que reviste los caracteres de ilícita y terrorista, el gobierno tiene aquí la oportunidad de demostrar, a través de su desistimiento en esta causa, su voluntad de no criminalizar las demandas de los mapuche como lo solicitara el Relator Stavenhagen en su Informe.



Esperamos que así sea.



José Aylwin. Director del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas (observatorioderechosindigenas@yahoo.es).


  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias