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Suprema revoca la aplicación de la ley de Amnistía y prescripción

Sala Penal rechazó recurso de queja contra los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago Alfredo Pfeiffer y Cornelio Villarroel, que dejaron sin efecto los procesamientos que pesaban contra ex agentes de la disuelta DINA. Sin embargo, de oficio anuló el sobresemiento dictado por el tribunal de alzada, porque »aún no se puede establecer la finalización del hecho punible».


La Sala Penal de la Corte Suprema dejó sin efecto el fallo emitido por la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que, el pasado 16 de enero, aplicó las figuras legales de la Amnistía y la prescripción para dejar sin efecto los procesamientos dictados contra ex agentes de la DINA imputados de haber participado en el secuestro calificado de la militante del MIR Jacqueline Binfa Contreras.



Si bien, el máximo tribunal rechazó acoger un recurso de queja contra los ministros que estuvieron por aplicar las cuestionadas normativas para casos de delitos de lesa humanidad, Alfredo Pfeiffer y Cornelio Villarroel, de oficio decidió reestablecer los encausamientos dictados por el ministro en visita Alejandro Solís, a cargo de investigar los hechos relacionados con el ex cuartel de José Domingo Cañas.



De esta forma, la alta magistratura confirmó los procesamientos del ex jefe operativo de la disuelta Dina, Manuel Contreras, además de los ex agentes Miguel Krassnoff, Ciro Torré, Basclay Zapata, Osvaldo Romo, César Manríquez, Marcelo Moren y Orlando Manzo, como autores del delito de secuestro calificado.



La decisión fue adoptada con los votos de los ministros Enrique Cury, Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez y el abogado integrante Fernando Castro, con la opinión disidente del ministro Rubén Ballesteros.



Con esta resolución se deja de manifiesto que los ministros custionados a través del recurso de queja no cometieron faltas o abusos de carácter disciplinario al emitir esa sentencia, por lo cual no serán objeto de sancioón alguna.



Sin embargo, la instancia penal de la Suprema dejó en claro que este tipo de razonamiento aplicado, en cuanto a la aplicación de la amnistía y la prescripción en casos de detenidos desaparecidos no es un criterio compartido por el alto tribunal.



Finalización del delito



El principal argumento de la Sala Penal para revocar lo obrado por el tribunal de alzada capitalino fue que «la resolución impugnada por este recurso de queja ha emitido juicios acerca de la amnistía y la prescripción, pero carece de la fundamentación de hecho y de derecho que permita establecer la fecha de finalización del hecho punible materia del sumario y, por ende, determinar la aplicación de la Amnistía, publicada el 19 de abril de 1978, así como para iniciar el cómputo de la prescripción de la acción penal que se indica, lo que constituye una omisión esencial».



«El ministro en visita adoptará las medidas tendientes a dar cabal cumplimiento al auto de procesamiento a que se refiere la presente resolución, en orden a asegurar la persona de los encausados y su identificación si fuere procedente», añadió el dictamen.



En tanto, el ministro Ballesteros fundó su disidencia estimando que «este proceder es inconveniente, puesto que se interviene en un proceso criminal cuya etapa de investigación sumarial ya se encuentra en progreso, en el cual, las partes interesadas están habilitadas legalmente para solicitar al juez de la causa la realización de diligencias que les permitan obtener los propósitos que le han llevado a participar en este procedimiento».



La víctima



Jacqueline Binfa Contreras fue detenida por ex agentes de la DINA el 27 de agosto de 1974, con 28 años de edad, cuando cursaba la carrera universitaria de asistente social.



La madre de esta ex militante del MIR, quien trabajaba como enfermera del Hospital Militar, empleo al que debió retornar después de haber quedado viuda, murió en el año 1982, víctima de cáncer, sin poder obtener ningún antecedente sobre el paradero de su hija.
«La «Kelina» como la llamaba su madre cariñosamente -informa la página web memoriaviva.com- , fue una niña difícil de carácter, demandante como adolescente. Comenzó a rebelarse contra las
injusticias y la forma tradicional de estructura de la sociedad, muchas veces fue muy critica a la abnegación y dedicación que su madre le entregó a su trabajo, tratando de romper abruptamente con los marcos establecidos.



«Un tiempo se fue de la casa adoptando una conducta de rebeldía juvenil. Fue en esa época en que se vinculó partidariamente en el MIR, volcando su rebeldía en dedicación por los pobres y desposeidos. Volvió a su casa y un tiempo después postuló a la Escuela de Servicio Social de la Universidad de Chile, ingresando en el año 1972. No mucha gente la conoció en la Escuela, porque su principal actividad la desarrolló en el frente poblacional, donde conoció y debió trabajar con el agente de la DINA Osvaldo Romo».


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