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Suprema obliga a isapre a costear millonario tratamiento de beneficiaria

Máximo tribunal del país acogió los argumentos de María Eugenia Celis, beneficiaria de la Isapre, quien desde 2000 ha padecido problemas cardíacos que obligaron a su médico tratante a instalarle un marcapasos desfribilador.


La Tercera Sala de la Corte Suprema obligó a la isapre Colmena Golden Cross a cancelar a una afiliada la totalidad de los gastos correspondientes a la colocación de un marcapasos desfribilador, pago que fue rechazado por la institución privada de salud.



El máximo tribunal del país -que ratificó la decisión tomada anteriormente por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago- acogió los argumentos de María Eugenia Celis, beneficiaria de la Isapre, quien desde el año 2000 ha padecido problemas cardíacos que obligaron a su médico tratante a instalarle un marcapasos desfribilador mediante un procedimiento efectuado en el Hospital Clínico de la Universidad Católica.



Durante el proceso, Colmena Golden Cross argumentó su negativa a realizar pagos por el procedimiento y el equipo instalado (que tiene un costo de $ 6.850.001) basado en que la solución escogida por el médico de la paciente no está incluida en el régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES).



La Corte Suprema determinó que la decisión de la entidad de salud "vulnera el derecho a la vida de María Eugenia Celis" y que el desfribilador "debe ser considerado una modalidad de marcapasos que incluye funciones adicionales (Â…) Por lo que es obligación de la Isapre bonificar tanto el aparato como su implementación".

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