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SBIF concreta cambios a normativa que golpean a la vena triangulaciones entre CorpBanca y SMU Bancos tienen hasta el 11 de octubre para hacer sus comentarios

SBIF concreta cambios a normativa que golpean a la vena triangulaciones entre CorpBanca y SMU

Héctor Cárcamo
Por : Héctor Cárcamo Periodista El Mostrador Mercados
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La entidad complementa la normativa que define relacionados por gestión y propiedad transformando en la práctica el préstamo que CorpBanca otorgó a Synergia y que entró a SMU como relacionado.


A dos meses de conocerse las triangulaciones entre CorpBanca y SMU, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) concretó este viernes las modificaciones a la normativa que rige a la banca y que hacen explícita la condición de relacionado del crédito otorgado por CorpBanca al Fondo de Inversión Privado (FIP) Synergia en 2010 –y refinanciado en 2012- el cual tuvo como objetivo único inyectar recursos a la cadena supermercadista controlada por Alvaro Saieh.

La autoridad puso en consulta una circular que complementa lo establecido en la Recopilación Actualizada de Normas (RAN), en la parte destinada a regular las operaciones entre partes relacionadas para los bancos.

El complemento introducido en la normativa en consulta considera la incorporación de dos restricciones adicionales a las vigentes y un perfeccionamiento del mecanismo de información por parte de los bancos.

En lo esencial, la circular establece dos condicionantes para considerar relacionada una sociedad o persona: aplicar presunción de relación por propiedad para casos de entidades sobre las cuales no se tenga información de sus aportantes, y establecer relación por «gestión» en función de los principales activos generadores de flujos del deudor (flujos relacionados a alguna entidad perteneciente a un grupo empresarial vinculado al banco).

En el primer caso, la autoridad explicó que se establece dicha presunción cuando se trate de un patrimonio de afectación o de otra entidad cualquiera, receptora de créditos del banco,  en que no sea posible verificar la identidad de sus partícipes o aportantes que en conjunto sean propietarios de cuotas o acciones representativas de un 10% o más del capital.

En cuanto a la presunción de relación de propiedad, ocurrirá cuando los fondos provenientes de los créditos del deudor “se destinen a financiar, directa o indirectamente, a una persona natural o jurídica relacionada con el banco acreedor, mediante aportes de capital, suscripción de cuotas de participación, otorgamiento de créditos o de cualquiera otra forma de beneficio económico”.

Ambas medidas, indicaron fuentes de la industria, transforman el crédito a Synergia en relacionado.

Las entidades bancarias tienen hasta el 11 de octubre próximo para hacer sus comentarios y luego de eso la SBIF deberá promulgar los cambios definitivos. Según lo informado por la Superintendencia, la normativa comienza a operar apenas se promulgue y se establece el 15 de noviembre como fecha tope para que los bancos informen las medidas tendientes a adecuarse a la normativa. Aunque si es necesario podría extender este último plazo.

En cualquier caso, apenas se promulgue la normativa los bancos cuyas carteras de créditos a sociedades o personas relacionadas superen el límite legal deberán dejar de otorgarle créditos y preparar los ajustes para adecuarse al renovado marco normativo.

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