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Chile y la Corte Penal Internacional


El 1 de julio de 2002, con 76 ratificaciones y 139 firmas de Estados, entró en vigor el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, cuyo origen data del mes de julio de 1998.
En el ámbito mundial el principal obstáculo para el funcionamiento de la Corte ha sido la activa postura del actual gobierno republicano de los Estados Unidos, el que se opone a su jurisdicción.

En mayo del 2002, a sólo dos meses de su entrada en vigor, Marc Grossman, Subsecretario para Asuntos Políticos, explicaba en Washington D.C, las razones de la administración Bush para oponerse al papel y jurisprudencia de la Corte Penal Internacional (CPI): «Creemos que la CPI socava el papel que tiene el Consejo de Seguridad de la ONU en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Creemos en el sistema de contrapesos. El Estatuto de Roma crea un sistema de fiscalía con un poder ilimitado. Creemos que para vincularse a un tratado, un estado ha de ser parte de tal tratado. La CPI despliega su competencia sobre ciudadanos de estados que no han ratificado el tratado. Esto constituye una amenaza a la soberanía de los Estados Unidos (1)».



Para enfrentar esta «supuesta amenaza» el país del norte ha promulgado la ley ASPA (American Servicemembers Protection Act). Ella busca impedir la cooperación militar y limitar el intercambio de información en seguridad con naciones adheridas a la CPI, también conocido como el Estatuto de Roma, que penaliza internacionalmente los crímenes de lesa humanidad.



ASPA no sólo busca proteger a eventuales uniformados o ciudadanos norteamericanos susceptibles de ser juzgados o sancionados por la CPI, sino que faculta a su Presidente a utilizar ‘todos los medios» necesarios para liberar a ciudadanos de su país arrestados por orden de ese tribunal en cualquier lugar del mundo, no importa la naturaleza o magnitud del crimen que pudieren haber cometido. Lo anterior es particularmente grave, pues otorga facultades al la máxima autoridad de ese país para violar la aplicación de la justicia y el derecho internacional.
A lo anterior, habría que sumar los férreos controles que ejercen las autoridades norteamericanas para supervisar el traspaso de tecnología, asociada a armamentos de fabricación norteamericana, a otros países. Incluso el impedir que sistemas de segunda mano sean transferidos a terceros.



En la actualidad, once países latinoamericanos, (entre los que se encuentran Brasil y Bolivia), se encuentran bajo presión sufriendo «los castigos o sanciones» de Washington por sumarse a las casi cien naciones que a la fecha han fortalecido el derecho internacional al adherirse a la Corte Penal Internacional.
El Canciller Alejandro Foxley ha señalado recientemente que la adhesión de Chile a la CPI constituye un compromiso del gobierno de la Presidenta Dra. Michelle Bachelet.



La materialización inmediata de la adhesión de nuestro país a la Corte Penal Internacional constituye un tema de la mayor importancia para nuestra política de relaciones exteriores. Nuestra adhesión plena y sin reservas a la CPI constituirá también una señal contundente de soberanía nacional en un mundo cada vez más globalizado. Al mismo tiempo, es una muestra práctica de la decisión del Estado chileno de contribuir activamente en la construcción de un mundo multipolar a través de mecanismos de regulación efectivos en resguardo y promoción de la justicia y los derechos humanos.



En coherencia con aquellos principios y aplicando la misma lógica que llevó a Chile a oponerse a una acción unilateral contra Irak fuera de la legalidad de Naciones Unidas, resultaría altamente inconveniente e inaceptable cualquier otra formula que buscase de manera encubierta acceder a las presiones de la actual administración norteamericana. Es decir, conceder a Chile la condición de aliado de la OTAN, formula mediante la cual se reconocería por la vía indirecta la inmunidad penal de las tropas norteamericanas. Aquí el principio es indivisible: nuestra adhesión plena a la CPI debe encontrarse fuera de todo condicionamiento o segunda interpretación.



Gobernar la globalización implica edificar un orden internacional justo, con reglas claras, equitativas, democráticas y transparentes. Para que los débiles sean protegidos y los poderosos disciplinados. En consonancia con estos objetivos, es imprescindible una profunda reforma del sistema de Naciones Unidas, particularmente de su órgano ejecutivo, el Consejo de Seguridad, el cual debe ser democratizado y ampliado para que deje de ser el club exclusivo de los poderosos e incorpore con igualdad de derechos a titulares permanentes del mundo en desarrollo. En esa misma dirección, se inscribe la necesidad de reformar los organismos financieros y económicos multilaterales.



Un nuevo multilateralismo, más transparente, justo y democrático es el que debe presidir la sociedad globalizada del siglo XXI. Un multilateralismo al cual contribuyamos activamente desde nuestra política exterior y desde la construcción de una política exterior multilateral en el marco de la Comunidad Sudamericana de Naciones.



Requerimos fortalecer una política internacional en contraposición con el unilateralismo y la prepotencia de los más poderosos. Una nueva arquitectura mundial fortalecida y re legitimada en el que las normas de la Organización Mundial del Trabajo (OIT) sean efectivamente respetadas y la jurisdicción de la Corte Penal Internacional sea universalmente reconocida.



Un gran desafío para el Chile del siglo XXI. Nuestra rápida adhesión a la CPI es un paso importante en este camino.



(1) Marc Grossman, Subsecretario de Estado para Asuntos Políticos. Discurso ante el Centro para Estudios Estratégicos e Internacionales en Washington DC. American Foreign Policy and the International Criminal Court. May 6, 2002. Bureau of Public Affairs, U.S. Department of State – May 6,2002. Traducción al español de la versión original en inglés realizada por el Equipo Nizkor el 09may02].



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Esteban Silva Cuadra. Cientista Político.




  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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