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María Pía Matta retruca a Ibero Americana Radio

Por: María Pía Matta, Presidenta Asociación Mundial de Radios Comunitarias


Sr. Director:

El señor Marcelo Zúñiga Vettiger, Dirtector Ejecutivo de Ibero Americana Radio Chile ha replicado un artículo de mi autoría publicado en este diario electrónico. Dice que «estamos impedidos» de prestar la «cooperación» para la «adopción de las medidas necesarias para implementar la Ley 20.433 de radios comunitarias.

¿De qué se trata todo esto? La Ley 20.433 estableció un espacio en el espectro radioeléctrico para las radios comunitarias. (En su oportunidad hicimos ver nuestros reparos respecto a la desigualdad tanto en la distribución de espectro, como en la ubicación de las frecuencias asignadas para la radiofonía comunitaria). Para aplicar esta ley es necesario que algunas radios comerciales cambien de frecuencia. Ha habido múltiples reuniones en las oficinas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, desde el año pasado, en que han participado representantes de radios comerciales y de radios comunitarias. Por cierto, el señor Zúñiga ha estado permanentemente representado en esas instancias.

Algunas radios comerciales han presentados recursos ante la autoridades del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y, luego, ante la Corte de Apelaciones de Santiago para que no se otorguen concesiones radiales a Ibero Americana Radio Chile por no cumplir la exigencia de reciprocidad que en forma expresa establece la Ley de Prensa. Estos recursos se presentaron hace años. Paralelamente Ibero Americana Radio Chile, al participar en las reuniones para cambios de frecuencias, manifestó siempre que estaba dispuesta a cooperar para cumplir con la Ley 20.433. Sólo ahora, en la última reunión realizada en la Subsecretaría ha supeditado su cooperación a la obtención de un resultado favorable en tribunales.

Es, evidentemente, una presión indebida. ¿Cómo es posible que una empresa, en este caso extranjera (española), dice estar impedida a cooperar en la aplicación de la legislación nacional, la ley que permite otorgar frecuencias a radios comunitarias? ¿Cómo es posible que alegue inseguridad jurídica por el sólo hecho que otras empresas radiales hayan recurrido a autoridades judiciales, que es el derecho que tiene cualquiera persona? ¿Por qué ahora y no antes, cuando nada ha cambiado, Ibero Americana Radio Chile dice estar «impedida de cooperar»?

El acta de la última reunión realizada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones señala que el grupo radial extranjero expresó que «mientras la Corte de Apelaciones no se pronuncie sobre esto, y no exista seguridad jurídica para ellos, no aprobaran las propuestas de despeje, y se reservan la facultad de rechazarlas». Y agrega: «Iberoamericana se opondrá a cualquier decisión que se acuerde sobre el despeje mientras no se solucione su situación jurídica». Queda clara una posición inaceptable: que la ley chilena sólo se puede aplicar si les va bien en tribunales.

La Subsecretaría de Telecomunicaciones tiene, según la Ley General de Telecomunicaciones, el deber de administrar el espectro radioeléctrico. Además, nadie está sobre la ley; simplemente todos debemos cumplirla. Es el Subsecretario de Telecomunicaciones el llamado a aplicar la ley, más allá de la cooperación o no que, violando las normas de la democracia, invoca el señor Zúñiga.

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