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Corte Suprema declara admisible reclamo oficialista por nuevos capítulos tras rectificación PAÍS Créditos: Agencia UNO

Corte Suprema declara admisible reclamo oficialista por nuevos capítulos tras rectificación

En concreto, el martes 1 de agosto la propia Corte Suprema declaró inadmisible el requerimiento por la falta de un papel que acreditara que fueron los consejeros oficialistas quienes presentaron el recurso, que indicase que forman parte del órgano y sus funciones. Sin embargo, este viernes en una sesión especial la Corte Suprema confirmó que dejó sin efecto la resolución tomada el 1 de agosto y declaró admisible el requerimiento, por lo que se instruyó a la presidenta del Consejo Constitucional, Beatriz Isabel Hevia Willer (Partido Republicano), un informe sobre lo dispuesto en el artículo segundo del autoacuerdo sobre la Tramitación de la Reclamación de los Procedimientos de la Comisión Experta y Consejo Constitucional. 


La Corte Suprema confirmó la admisibilidad del requerimiento por parte del oficialismo en el Consejo Constitucional por la creación de nuevos capítulos que busca la derecha agregar al anteproyecto de nueva Constitución.

En concreto, el martes 1 de agosto la propia Corte Suprema declaró inadmisible el requerimiento por la falta de un papel que acreditara que fueron los consejeros oficialistas quienes presentaron el recurso, que indicase que forman parte del órgano y sus funciones.

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El secretario subrogante de la Corte Suprema, Marcelo Doering, aclaró que fue más una falta en el procedimiento que por una falta de rigor por parte de quienes ingresaron el recurso.

Tras ello, los oficialistas tenían un plazo de dos días para reponer la reclamación y luego la Corte tenía otros 10 días para declarar la admisibilidad.

“Sin efecto”

Este viernes, en un punto de prensa la Corte Suprema confirmó que dejó sin efecto la resolución tomada el 1 de agosto y declaró admisible el requerimiento, por lo que se instruyó a la presidenta del Consejo Constitucional, Beatriz Isabel Hevia Willer (Partido Republicano), un informe sobre lo dispuesto en el artículo segundo del autoacuerdo sobre la Tramitación de la Reclamación de los Procedimientos de la Comisión Experta y Consejo Constitucional.

Una vez recibido el informe, este será evaluado en un plazo de dos días por la Corte Suprema.

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