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Fin de un conflicto y los nuevos tiempos


El 1ÅŸ de Enero de 2006 en esta tribuna publicamos la columna «Barrio Plaza Las Lilas», mediante la cual dimos a conocer a la opinión pública una curiosa «interpretación» del marco regulatorio urbano en la comuna de Providencia para que el grupo económico Penta pudiera llevar a cabo un proyecto inmobiliario -singularizado como «conjunto armónico»- con un mayor coeficiente de constructibilidad (cantidad de m2 edificables en un terreno) en la manzana en donde estaba el cine Las Lilas y viviendas aledañas.



En esa ocasión interpelamos a los funcionarios de la Dirección de Obras, al alcalde y al Seremi de Vivienda y Urbanismo, con la idea de que refutaran las expresiones vertidas, demostrativas de que el permiso estaba viciado : ninguno respondió.



Se generó ese conflicto urbano porque la Municipalidad respectiva no escuchó nunca a los vecinos, quienes le demostraron a sus «competentes» técnicos que el permiso estaba mal otorgado porque la aplicación de los beneficios que otorga la ley a los «conjuntos armónicos» era equivocada. El vecindario que defendía la escala del barrio se movilizó con esfuerzo, buen humor y convicción plena.



Vimos a muchos personajes públicos reunidos los días sábado en la mañana en la mencionada plaza agitando banderolas alusivas a su causa. Gracias a sus competentes e informados líderes, el diseñador y empresario Rodrigo Cociña y el arquitecto Víctor García, entre otros, lograron finalmente que la Contraloría anulara el megaproyecto de edificación que iba a impactar y modificar sustancialmente la densidad barrial y consecuentemente su calidad de vida, porque la autoridad local otorgó el permiso, permitiéndole a su titular, aumentar en un 95% la constructibilidad. El Seremi de Vivienda y Urbanismo avaló ese proceder impropio.



Los «conjuntos armónicos», según la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), pueden aumentar hasta un máximo de 50% el coeficiente de constructibilidad definido en el Plan Regulador Comunal. Dicha Ordenanza también señala que, tratándose de fusión de predios, como sucede en este caso, al utilizarse el beneficio del 50% máximo permitido sobre los coeficientes de constructibilidad, se entiende incluido el 30% de beneficio que otorga el artículo 63ÅŸ de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) por fusión predial.



Por otro lado, el artículo 7ÅŸ de la Ordenanza Local de Providencia, le permitía al nuevo predio fusionado, aumentar un 30% el coeficiente de constructibilidad, estableciendo claramente que «no podrán hacer uso de esta disposición» aquellos proyectos que se hayan acogido al beneficio otorgado por el artículo 63ÅŸ de la LGUC.



La Dirección de Obras de Providencia aplicó primero el beneficio definido en su Ordenanza local y sobre el total de constructibilidad resultante, al emplazarse en un predio de dimensión superior a 5.000 m2, se acogió a «conjunto armónico», incrementando un 50% adicional el coeficiente respectivo. Así, por multiplicación de beneficios, se llegó al 95% de incremento sobre la constructibilidad, criterio que los documentados vecinos objetaron en todas las instancias.



La Contraloría, a solicitud de la comunidad organizada, «ordenó la casa» y expresó que no es posible sumar beneficios de igual naturaleza que se originen en una misma causa y ahondó manifestando que al existir beneficios similares, aquellos de mayor importancia absorben a los de menor, tal como está mencionado en las Ordenanzas General y Local.



Así las cosas, se concluyó que ese conjunto armónico podía aumentar sólo el 50% su constructibilidad y para que no se cometieran nuevas «interpretaciones», la Contraloría señaló que los beneficios contemplados en la normativa urbana constituyen excepciones a la regla general, con lo cual hay que tratarlos restrictivamente.



En otro orden de materias, pero relacionado con lo anterior, señalamos que en estos días la municipalidad de Providencia está dando a conocer a la comunidad las modificaciones a su Plan Regulador Comunal y en tal sentido nos hacemos un deber en recordar que en los artículos 99ÅŸ y 100ÅŸ de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades se contempla el plebiscito para que se confronten en votaciones libres e informadas las propuestas oficiales con las que impulsan las organizaciones comunitarias asistidas por sus profesionales pro desarrollo sustentable.



Tenemos conocimiento que el concejal PPD Rodrigo García Márquez está promoviendo el plebiscito, sin que el resto de sus colegas lo apoyen. Esperamos un cambio conductual de esos concejales, de tal forma que en los próximos días prenda esta proposición para que la nueva planificación urbana local sea fruto de la opinión mayoritaria de los vecinos y no una imposición de sus autoridades.



Ahora bien, si éstas estiman que no es conveniente llamar a plebiscito, por los motivos que sean, los ciudadanos deberían organizarse y juntar las firmas del 10% de los que están inscritos en los registros electorales de esa comuna. Así el alcalde Labbé estaría obligado a fijar la fecha de la realización de ese acto democrático, teniéndose en cuenta que su resultado será vinculante siempre que los votantes sean más que el 50% de los inscritos en dichos registros electorales.



Hace unos meses atrás los habitantes de la comuna de La Reina dieron un ejemplo de articulación ciudadana y los de Ñuñoa en la actualidad están organizándose para demostrarle al alcalde que ellos son los que tienen que decidir el tipo de normas a contemplarse para abordar el crecimiento inmobiliario. En síntesis, observamos con orgullo que los ciudadanos están despertando de su letargo y están asumiendo responsablemente su rol como actores relevantes en el desarrollo de la ciudad.



Lo anterior está en línea con la agenda sectorial de la Presidenta Michelle Bachelet, quien ha señalado públicamente que tiene el propósito de impulsar «una política urbana moderna, con sentido de territorio para lograr ciudades amables y equitativas».



Así las cosas, vamos por buen camino, ya que con participación ciudadana de verdad podemos construir un país más democrático y equitativo.



*Patricio Herman, Agrupación «Defendamos la Ciudad»

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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