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Sophia y nuestra urgencia de cambio

Lucas Bahamondes
Por : Lucas Bahamondes Estudiante de derecho, Universidad de Chile
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Una vez más nos encontramos con un caso que despierta el afán de restituir la pena de muerte en nuestro país. Anteriormente fue el caso Zamorano Jones, hoy es Sophia, la pequeña asesinada de forma brutal, presuntamente, por su padre. Me abstendré de describir los detalles del crimen sino solo cuando sea necesario, todo ello por respeto a las personas involucradas.

En estos días surgieron varios movimientos que piden la aplicación de la pena al padre de Sophia, presunto autor del crimen. ¿Qué justificaría volver a aquello? Básicamente consiste en una retribución de actos: si me matas, el Estado debe encargarse de matar a mi asesino por quitarme la vida. Es una noción de justicia que aplicó en tiempos remotos. Sin embargo, que esta lógica haya existido en el pasado no implica que sea normativamente correcta. Asimismo, diversos estudios aseveran la ineficiencia del aumento de penas para disuadir delitos y advierten el carácter irreversible en situaciones donde el culpable no era realmente el autor. Paralelamente, vulnera los derechos humanos del acusado (por ejemplo, el derecho a la vida contemplado en el art. 19 n°1 de la Constitución y en los tratados internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos).

Ahora bien, ¿qué implican los derechos humanos? ¿Por qué regirnos a ellos si, según se ha dicho, protegen a delincuentes? Porque también protege a los que no lo son: nos protegen a todos, ya que todos los tenemos solo por el hecho de ser individuos de la especie humana, independientemente de nuestras acciones. Se respetan para todos o para ninguno, incluso –en principio– para el padre de Sophia. Esta idea puede ser cuestionable –y por lo tanto también lo sería el concepto de derechos humanos–, pero debemos tener en cuenta que, a pesar de sus defectos, ellos son un avance si nos adentramos en la historia reciente, por lo que hasta el momento es lo mejor que tenemos para precaver arbitrariedades de autoridades y terceros.  ¿Qué podemos hacer entonces en base al caso de Sophia? Darnos cuenta de que su fallecimiento nos muestra dos realidades amargas: el mal funcionamiento de nuestro derecho penal y –principalmente– del sistema penitenciario y la situación de los niños en Chile. Vamos por partes.

[cita tipo=»destaque»]Nuestro derecho penal debe ir de la mano con el sistema penitenciario para lograr que los presos tengan una condena proporcional y, en lo posible, preventiva, además de una real implementación de programas de rehabilitación, educación y prevención social.[/cita]

Exigir el retorno de la pena de muerte supone que la privación de libertad en una cárcel no es efectiva; en el caso de nuestro país, somos testigos privilegiados de que esta medida no sirve para que el delincuente deje de cometer delitos; es más, algunas veces sucede lo opuesto. Esto realmente ocurre por el mal funcionamiento del sistema penitenciario: es ineficiente con la administración de los recursos –según el Ministerio de Justicia, mantener a un preso cuesta más de $700.000 mensuales–, se fiscalizan los centros penitenciarios de forma inadecuada e incumple el objetivo de reinsertar socialmente –el art. 1 del Reglamento de Sistemas Penitenciarios dispone que la actividad penitenciaria tiene como uno de sus fines la “acción educativa necesaria para la reinserción social de los sentenciados a penas privativas de libertad o sustitutivas de ellas”– . Además, ese nivel de gasto por preso no satisface condiciones mínimas de dignidad: un informe de la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur sufre de hacinamiento, insalubridad, deficiencias en las instalaciones eléctricas y en las cañerías de agua potable, acumulación de basura, etcétera; ni tampoco es lógico con el casi nulo cumplimiento de su fin. Con estos antecedentes, los recintos penitenciarios se convierten en espacios cerrados donde prima la violencia, generando un círculo vicioso que conlleva una ausencia de reinserción y vulneración a la dignidad de los reclusos, siendo a fin de cuentas solo una alfombra que esconde la basura de una casa –y que la esconde mal–. Eso y nada más. Medidas como una administración eficiente de los recursos o una elaboración de políticas adecuadas que reinserten y/o prevengan delitos (por ejemplo, en Alemania se desarrolló un programa para tratar pedófilos con intenciones de tratarse su condición) son puntos de partida necesarios. Nuestro derecho penal debe ir de la mano con el sistema penitenciario para lograr que los presos tengan una condena proporcional y, en lo posible, preventiva, además de una real implementación de programas de rehabilitación, educación y prevención social. En el caso del padre de Sophia, como posiblemente no pueda rehabilitarse –si tomamos en cuenta su historial– y sumado la gravedad del delito, no le queda más que pasar decenas de años encerrado, siendo privado de su círculo y su forma de vida, y en caso de que viva para salir –si es que la pena se lo permita–, se verá chocado por una realidad completamente ajena, siendo un extraño ambulante y un aislado de su generación.

Por otro lado, la situación de los niños en Chile es un tema de suma sensibilidad. Tenemos antecedentes recientes de ultrajes y falta de cuidado –como el caso Sename–, afectando la integridad física y psíquica de los infantes. Son víctimas de las circunstancias: les afectan la falta de tiempo con sus padres, la falta de atención, la relegación generada por algunas políticas de estos últimos años, los hechos de violencia y un largo etcétera. El padre de Sophia tiene historial por robo, hurto y violencia intrafamiliar reiterada, y la propia Sophia fue llevada con anterioridad a centros hospitalarios por quemaduras, resfríos con convulsiones y golpes en su cabeza. De alguna forma todos –menos la madre de Sophia, por ser víctima de las circunstancias– somos culpables al no evitar esta tragedia, pero en un futuro podemos ser los que eviten otros casos promoviendo el cuidado, cariño y rigurosidad necesarios frente a casos de vulneración de los derechos de los niños (especificados en, por ejemplo, la Convención sobre los Derechos del Niño, normativa vinculante para nuestro país). En el futuro es mejor que el nombre de Sophia nos recuerde un cambio positivo en los valores de nuestra sociedad y de una reingeniería del sistema penitenciario en lugar de recordar una ley en desuso que lleve su nombre. Por ahora nos queda esperar justicia, llorar por una víctima más de las circunstancias y reflexionar.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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