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Tribunal remite a Corte de Apelaciones querella contra Bachelet por ejercicio ilegal de profesión

Tribunal remite a Corte de Apelaciones querella contra Bachelet por ejercicio ilegal de profesión

La acción judicial no ha sido admisible hasta que el tribunal de alzada, en su calidad de «tribunal unipersonal de excepción» se pronuncie al respecto.


El Trigésimo Cuarto Juzgado del Crimen de Santiago remitió a la Corte de Apelaciones de la capital los antecedentes de una querella presentada por Rodolfo Novakovic en contra de la presidenta Michelle Bachelet por los delitos de ejercicio ilegal de la profesión de médico y falsificación de instrumento público, según consignó Radio Bio Bio. 

«Se interpone querella por Don Rodolfo José Novakovic Cerda en contra de Doña Verónica Michelle Bachelet Jeria por los delitos continuados de ejercicio ilegal de la profesión de médico, y contra quien resulte responsable por la posible falsificación de instrumento público», señala la querella.

El querellante fija el delito por le cual se querella en el año 1982, fecha en que la mandataria obtuvo la licenciatura en Medicina por la Universidad de Chile.

La decisión del tribunal se basó en el artículo 50 N° 2 del Código Orgánico de Tribunales, vigente a la época de los hechos, y que dispone que: «Un ministro de la Corte de Apelaciones respectiva, según el turno que ella fije, conocerá en primera instancia de los siguientes asuntos: 2° De  las causas civiles y de las criminales por crímenes o simples delitos que sean parte o tengan interés el Presidente de la República, los ex Presidentes de la República, los ministros de Estados, los intendentes y gobernadores , los agentes diplomáticos chilenos, los embajadores y los ministros diplomáticos acreditados con el gobierno de la República o en tránsito por su territorio, los arzobispos, los obispos, los vicarios generales, los provisores y los vicarios capitulares».

La resolución asegura que: «la norma transcrita constituye la regla de competencia absoluta, fuero mayor, que prescribe expresamente que será un tribunal unipersonal de excepción el encargado de conocer en primera instancia las causas criminales que se sigan contra el Presidente de la República».

De esta manera, la acción judicial no ha sido admisible hasta que el tribunal de alzada, en su calidad de «tribunal unipersonal de excepción» se pronuncie al respecto.

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