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Colegio de Abogados sanciona a representante de familiares de Carmelo Soria por faltas a la ética profesional

José Alfonso Insunza Bascuñán hizo un trato para asumir el caso en conjunto con su colega Adil Brkovic. Según denunció este último, todos los escritos de forma y fondo fueron confeccionados por él a nombre de Insunza. A pesar de ello y tras el pago de la indemnización a la familia Soria y los honorarios para Insunza, éste rehusó pagarle.


Hace 12 años, a principios de 2000, el abogado José Alfonso Insunza Bascuñán propuso a su colega de la Universidad Arcis, Adil Brkovic, asumir en conjunto la demanda civil indemnizatoria contra el Fisco de Chile encargada por los herederos del diplomático español Carmelo Soria, asesinado en 1976.

El acuerdo habría sido compartir honorarios en partes iguales.

El 25 de mayo de ese año se presentó la demanda y se delegó el poder en Brkovic, según presentación del 22 de junio, el que se mantuvo vigente por los 7 años que duró el juicio y que fue seguido ante el Cuarto Juzgado Civil de Stgo. En junio de 2007 se acogió la demanda y se condenó al fisco a indemnizar a la familia Soria.

Pero el acuerdo entre los abogados no llegó a buen puerto. Al menos así lo denunció Brkovic el 14 de octubre de 2010 ante el Colegio de Abogados, instancia ante la cual reclamó contra el abogado especializado en Derechos Humanos por infracción al Código de Ética Profesional.

Esto porque, según Brkovic, todos los escritos de forma y fondo fueron confeccionados por él a nombre de Insunza, los que le remitía por fax o mail. A pesar de ello y tras el pago de la indemnización a la familia Soria y los honorarios para Insunza, éste rehusó pagarle.

Tras investigar algunos meses, en enero de este año el Colegio de Abogados concluyó que  tras “la lectura atenta de los documentos, testimonios y restantes antecedentes acumulados en el presente juicio, lleva a la convicción que entre reclamante y reclamado hubo un convenio, que puede haber sido expreso o tácito, en virtud del cual el reclamante tuvo poder en la causa en que se pedía indemnización de perjuicios a favor de la familia Soria durante prácticamente toda su duración”.

Y considera que “la conducta del abogado reclamado señor Alfonso Insunza Bascuñán, infringe lo dispuesto en el artículo 3º del Código de Ética Profesional, que obliga, siempre y en todo caso al abogado, a actuar con honradez y buena fe, exigencia esta última de carácter general, que se refiere tanto a la relación con el cliente, al desempeño en juicio, como en la relación con sus colegas. De la misma manera, se ha infringido en este caso lo dispuesto en el artículo 40 del Código de Ética Profesional que impone a los abogados un deber de fraternidad y respeto entre ellos de manera de enaltecer la profesión”.

Por ello, el Colegio decidió sancionar con la suspensión de los derechos de Insunza como asociado del gremio por tres meses a partir de que la sentencia sea ejecutoriada, lo que aún no ocurre porque el abogado tiene derecho a un recurso de reposición ante el mismo consejo, para lo cual tiene plazo hasta el jueves 19 de enero .

En tanto, la demanda de cobro de honorarios que Brkovic interpuso el 19 de noviembre de 2008 contra Insunza ante el 25 Juzgado Civil de Santiago, fue rechazada en primera instancia en diciembre del año pasado.

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