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Agenda Niñez 2022–2026: Más que buenas intenciones Opinión

Agenda Niñez 2022–2026: Más que buenas intenciones

Alejandro Tsukame
Por : Alejandro Tsukame Doctor en Sociología y Docente de la carrera de sociología de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano
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La Agenda Niñez 2022–2026, que este jueves 12 de agosto lanzarán La Red de Universidades por la Infancia (RUPI) y la Cátedra Unesco Niñez, Juventud, Educación y Sociedad, es una agenda de políticas públicas organizada desde la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), es decir, desde la perspectiva de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes (NNA). Como tal, la Agenda se dirige al ámbito político, al ámbito del gobierno y, en definitiva, al Estado. Y no a cualquier Estado, sino que a un Estado garante de derechos. Derechos que, por otro lado, son reconocidos como derechos de todos.

Este macizo conjunto de propuestas de investigadoras e investigadores ha sido elaborado desde su propia experiencia en la evaluación, diseño e implementación de políticas públicas, y se agrupa en función de los cuatro ejes articuladores de la Convención: supervivencia, desarrollo, protección y participación. Los principios que atraviesan los cuatro ejes son el interés superior del niño y su autonomía progresiva. Es imprescindible, por tanto, superar el discurso de la mera titularidad de derechos de niños, niñas y adolescentes, y dar un paso hacia el reconocimiento y fomento de la capacidad autónoma de ejercicio de estos, siempre en consideración de su edad y nivel de madurez.

En la Agenda Niñez, el Estado es definido como el garante principal del pleno respeto a los derechos de NNA y de su ejercicio progresivo y autónomo. Tal perspectiva irrita a los sectores más conservadores que recientemente se han anotado un triunfo, al lograr que el Tribunal Constitucional objetara los artículos de la ley de garantías más directamente relacionados con el principio de autonomía progresiva; acción que fue seguida de un veto presidencial a otros artículos, que finalmente no prosperó.

La oposición a la garantía integral de los derechos de la niñez y la adolescencia como eje fundamental de competencia del Estado parece natural viniendo de ciertos sectores, no solo porque es fácil darse cuenta que el reconocimiento constitucional o legal de los derechos de los niños, niñas y adolescentes es la puerta de entrada a la vigencia de los derechos de todas las personas, lo que es un abierto desafío al tipo de Estado imperante; sino porque significa también el fin de un tipo de familia patriarcal consagrada en la actual Constitución como modelo universal de familia, dando cabida al reconocimiento legal y social de nuevas formas de familia, concebidas dinámicamente y en un marco de diversidad.

Desde otro punto de vista, defender las prerrogativas de la autoridad parental por sobre los derechos de los niños, significa seguir defendiendo la idea que los hijos son de propiedad de sus padres, quienes se reservan el derecho de decidir sobre sus vidas, aunque en la práctica sean cada vez menos capaces de hacerlo. Significa, asimismo, seguir defendiendo privilegios sociales, ya que el mismo Estado cuya acción garante se rechaza, es invocado con prontitud cuando se trata ya no de promoción y protección sino de imponer perspectivas castigadoras, controladoras e hiper focalizadas en las responsabilidades de las familias más pobres en la crianza de sus hijos.

La protección integral de los derechos tiene que ser pensada y diseñada desde la perspectiva del cuidado de NNA, que implica que parte de este cuidado pueda y deba ser realizado fuera de la familia. Por ejemplo, a través de servicios de cuidado infantil diario en todos los territorios, que cubra en particular el segmento de niños y niñas mayores de seis años hasta los quince. Del mismo modo, se debe avanzar no solo en la igualdad de género en la crianza, sino que en la conciliación del trabajo y la familia, para que estas puedan hacerse cargo de mejor forma de sus labores de cuidado. No menos importante es lograr un financiamiento integral de los programas que ejecutan las políticas públicas, en particular las de protección de derechos, mediante un sistema de financiamiento que cubra el total de los recursos necesarios, concordando con el Estado los resultados a obtener, lo que transformaría el rol de los actuales colaboradores (subsidiario) al de socios estratégicos del Estado.

Las tareas anteriores deben ser asumidas, naturalmente, por un Estado completamente distinto del  Estado subsidiario consagrado en Chile. Es necesario aprovechar el momento constitucional para consagrar un Estado social y democrático de derecho que, por fin, haga realidad una sociedad respetuosa de la dignidad de todos sus integrantes.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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