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Responsabilidad Civil: ¿Qué es y qué cubren los seguros en este tema? Contenido Patrocinado

Responsabilidad Civil: ¿Qué es y qué cubren los seguros en este tema?

Si bien no es obligatorio contratar un seguro automotriz de cobertura completa, es un tema a considerar, ya que un accidente donde resulta dañado un tercero genera gastos por concepto de Responsabilidad Civil y demandas que muchas veces superan los 60 millones de pesos.


A diario escuchamos hablar de las precauciones que debemos tener al conducir y las normativas que existen al respecto. Imposible olvidarnos de la Ley Tolerancia Cero que comenzó a regir a fines de enero de 2012 y que tuvo mayor protagonismo gracias la Ley Emilia, que se impulsó después de la lamentable y trágica muerte de la pequeña Emilia Silva Figueroa, en enero del 2013, a causa de un conductor en estado de ebriedad que se dio a la fuga después de haber ocasionado un accidente.

Por eso, es importante recordar que manejar un vehículo motorizado es una gran responsabilidad y conlleva una serie de buenas conductas que se deben cumplir a cabalidad:

– Solo pueden conducir mayores de 18 años que tengan su licencia de conducir vigente.

– Se deben respetar las normas del tránsito sin excepción.

– No se debe conducir bajo el la influencia de drogas o alcohol ni en estado de ebriedad.

– Idealmente se debe contar con un seguro automotriz de cobertura completa.

Si bien este último punto no es obligatorio, es un tema a considerar, ya que ante un accidente donde resulta dañado un tercero, es necesario contar con un seguro que cubra los gastos por concepto de Responsabilidad Civil, porque las demandas por este ítem muchas veces superan los 60 millones de pesos.

En Chile, el parque automotriz crece todos los años, lo que acrecienta las posibilidades de sufrir un accidente de tránsito.

José Luis Puerto, abogado del Departamento de Siniestros de la Compañía de Seguros Chilena Consolidada, señala que “hoy en día la gente está mucho más dispuesta a irse a juicio que hace cinco o 10 años atrás. Antes era más fácil llegar a un acuerdo sin juicio entre las partes o con la compañía. Hay muchos terceros que están prefiriendo entrar en un juicio directamente, ya que no quedan conformes con la sola reparación de su auto. Empiezan a demandar por otros conceptos, independiente que los puedan probar o no, como daño moral, lucro cesante o la desvalorización del auto”.

También explica que siempre es mejor alcanzar acuerdos que enfrentar juicios, porque éstos se pueden caer por mil factores y en su mayoría duran al menos un año.

Y sobre la importancia de contar con un seguro automotriz con cobertura completa, Puerto sostiene que “la cobertura en Responsabilidad Civil contempla los daños a terceros y los honorarios del abogado. El abogado lo pone la compañía y son profesionales absolutamente especializados en accidentes de tránsito, tienen un alto grado de especialización en este tema”.

Este punto es de gran importancia, ya que a consecuencia de un accidente, una persona queda expuesta a enfrentar un juicio y necesariamente requerirá de una defensa y, por tanto, deberá contratar los servicios de un abogado.

Sumado a esto, después tendrá que pagarle al tercero que lo demandó el monto que decrete la sentencia. Se trata de un gasto bastante elevado, que seguramente ninguna persona tiene presupuestado.

En cambio, si la persona tiene seguro, su compañía de seguros se entiende con la compañía del tercero involucrado y el asegurado se desentiende del asunto.

Al respecto, destaca que “la responsabilidad civil es, en mi opinión, la cobertura más importante. Perfectamente se puede producir un accidente que conlleve atropellar a alguien que resulte con lesiones gravísimas, y las demandas por estos temas son altísimas. Las condenas son cada vez a indemnizaciones más altas y éstas dependen del tribunal, las partes, el tipo de accidente y de muchos otros factores”.

Cabe señalar que las sentencias pueden superar los 100 millones de pesos. Tal es el caso de una que se dictó la semana pasada y que condenó al Estado a pagar 163 millones de pesos a un joven que fue atropellado por un vehículo de la PDI el 5 de diciembre del 2011.

Pese a que, de acuerdo a la normativa vigente y a lo indicado en las condiciones generales de las pólizas, las indemnizaciones que una Compañía de Seguros deba pagar a un tercero afectado exigen necesariamente la existencia de una sentencia judicial condenatoria contra su asegurado, el mercado asegurador en general intenta alcanzar acuerdos con dichos terceros, poniendo fin al juicio y/o a cualquier acción judicial que se pudiera intentar contra sus asegurados.

En general, la cobertura en Responsabilidad Civil cubre lo siguiente:

Daño emergente: corresponde al daño material provocado a un tercero.

Daño Moral: es el daño que sufre una persona y perjudica sus atributos o facultades morales o espirituales. Por ejemplo, si de un accidente de tránsito fallece una persona, los herederos pondrán exigir una indemnización por la pérdida de un ser querido que a todas luces produce un daño sicológico irreparable.

Lucro Cesante: es la ganancia económica que se deja de recibir como consecuencia del daño producido. Por ejemplo, en un accidente de tránsito donde la víctima utiliza su vehículo para una labor remunerada y como consecuencia del accidente de tránsito ha dejado de percibir esos montos, se podrá demandar por este concepto, siempre que se acredite la pérdida económica.

Gastos de defensa del asegurado.

Es importante destacar que el seguro no cubrirá si la persona que conducía tenía la licencia de conducir vencida, iba bajo los efectos de drogas o alcohol o en estado de ebriedad.

Para comparar distintas compañías y saber los montos que entregan respecto a la cobertura de Responsabilidad Civil, está disponible la página www.seguroseguro.cl. En este sitio web aparecen distintos seguros de las compañías BCI, Chilena Consolidada Consorcio y RSA. Ahí es posible conocer el detalle que ofrece cada una y, por sobre todo, mantenerse informado.

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