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Pensar una nueva Constitución que sea el primer paso para superar las desigualdades de género Yo opino Créditos: Ramon Monroy/Aton Chile

Pensar una nueva Constitución que sea el primer paso para superar las desigualdades de género


Marzo es una parada obligatoria para mirar la invisibilizada subordinación de las mujeres, niñas y adolescentes en el sistema patriarcal, las feministas observamos con dolor la viralización de las cifras que vienen a ratificar de forma tozuda que, pese a nuestros esfuerzos, la situación continúa siendo crítica en nuestro país.

En razón a lo anterior CEPAL ha identificado 3 dimensiones que indican el grado de autonomía de las mujeres, Autonomía Física, Autonomía en la Toma de Decisiones y Autonomía Económica. En cada una de estas dimensiones los datos son significativos y preocupantes, reflejando con severidad la subordinación de niñas, adolescentes y mujeres en el sistema patriarcal.

Respecto a la autonomía física, referida a la capacidad de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo, en ámbitos como la vida, el embarazo, condiciones sanitarias en el parto y mortalidad materna, los datos muestran avances, retrocesos y estancamientos. Si bien en Chile las tasas de embarazo adolescentes (entre 15 o 19 años), desde 1982 a 2017 han bajado de 11 a 7,2 mujeres, la Muerte de mujeres ocasionada por su pareja o ex pareja íntima se ha mantenido e incluso ha aumentado de 42 a 46 mujeres (entre 2016 a 2019), dato tristemente preocupante, ya que año tras año la concientización respecto a la violencia en la pareja, no ha sido suficiente para calar hondo en el actuar patriarcal y eliminar los femicidios.

[cita tipo=»destaque»] Es imprescindible que Chile tenga una constitución que en primera instancia sea elaborada y constituida en democracia y en segundo orden pero no menor, con perspectiva de feminista que aborde un sin número de discusiones necesarias para un país que se declara estar en vías de desarrollo[/cita]

En la dimensión Autonomía en la toma de decisiones, los datos reflejan una mejoría, pero sin duda insuficiente para el contexto y las necesidades actuales. Por ejemplo, la participación de mujeres en gabinetes ministeriales, comparada en 3 períodos diferentes, está ampliamente subrepresentada, aunque aumentando sucesivamente, sin embargo, sobrepasa mínimamente un tercio de la representación, en el ámbito parlamentario la participación femenina ha sido mayor, aumentando progresivamente desde 1997 a 2020 de 7,5% a 22,6% respectivamente, donde la diferencia ha sido notoria, pero no paritaria, respecto a la participación de mujeres en el máximo tribunal de justicia de 2003 a 2018 ha aumentado de un mínimo 4,8% a un 30%. Tristemente, en la gobernanza local la diferencia es aterradoramente contrastante, desde 1998 a 2018 el porcentaje de representación de mujeres en alcaldías transita de un 9,4% a un 11,9% mostrando una muy baja evolución en la participación, caso similar ocurre en las concejalías, en que los porcentajes, para los mismos años son de 14,4 a 24,7. Este último dato es significativo de evaluar y analizar, ya que en los cargos de representación en los que no es necesario ser profesional, las mujeres se encuentran considerablemente subrepresentadas en relación a los hombres, a diferencia de cuando ellas cuentan con formación profesional, tienen más oportunidades de ocupar estos cargos de responsabilidad.

En la tercera y última dimensión, la Autonomía Económica, referida a los ingresos y participación económica de mujeres, en el año 2000 un 40.3% no contaba con ingresos propios a diferencia de solo un 11,3% de hombres en esta misma situación, lo que se ha reducido considerablemente a 2017, en que un 19,2% de mujeres no cuenta con recursos propios en comparación a un 9% de hombres en la misma situación. Otra variable importante en la autonomía económica es el tiempo promedio destinado al trabajo remunerado, las mujeres trabajan más horas semanales que los hombres, dedicando un 42,1% en trabajo no remunerado a diferencia de los hombres que solo dedican un 19% de su tiempo de trabajo a esta misma labor, dando una muestra clara de que las mujeres se hacen cargo desproporcionadamente en comparación con hombres al trabajo doméstico.

La fragmentada respuesta Estatal -cuando hay alguna respuesta- a las vulneraciones sufridas revelan un alto grado de incomprensión de la problemática, se trata de políticas públicas dispersas en diferentes estrategias, órganos y procedimientos, cuyo contenido no conversa entre sí.

A su vez, revela un incumplimiento a la transversalización de género de las políticas públicas exigida a partir de la IV Conferencia Mundial de la Mujer (Beijing 95), en donde en entendimiento de que la subordinación de género es un fenómeno multidimensional, cuyo impacto se expresa en diferentes y simultáneos aspectos de la vida de las mujeres, niñas y adolescentes, es que debe ser abordada por medidas integrales, no sectoriales.

Este enfoque sistémico reconoce el carácter interdependiente de los problemas de género, así por ejemplo, cuando las mujeres ejercemos las labores de cuidado, ese asunto no se agota en la falta de valor de su trabajo o el deterioro de la salud de las cuidadoras, si no se expresa además en la imposibilidad de acceder al derecho a la vivienda, al trabajo remunerado, a la seguridad social, merma nuestra participación política en la medida que no disponemos de tiempo, ni recursos económicos para hacerlo y nos vuelve propensas a sufrir violencias.

En vista de las cifras anteriores, que muestran un preocupante Chile que en pleno siglo XXI no ha generado ningún cambio relevante en los últimos 30 años para el beneficio de sus niñas, adolescentes y mujeres en relación a las oportunidades, desarrollo libre y autónomo de sus cuerpos, condiciones en lo laboral y económico así como la violencia dentro y fuera de los hogares y la valorización del sobre trabajo realizado por las mujeres, se hace imperante poner en la mesa la discusión de los derechos con perspectiva feminista en el marco del momento histórico que vivimos como país de cara al proceso constituyente que de las garantías de un nuevo país con igualdad de género. Es imprescindible que Chile tenga una constitución que en primera instancia sea elaborada y constituida en democracia y en segundo orden pero no menor, con perspectiva de feminista que aborde un sin número de discusiones necesarias para un país que se declara estar en vías de desarrollo.

Como Observatorio de Derechos Humanos pensamos que Chile debe tener una constitución que asegure la igualdad efectiva y material entre mujeres y hombres, y para ello son necesarios ciertos mínimos ya sea en las propuestas de las y los constituyentes como en lo concreto, las sesiones de discusión en los al menos 9 meses que tendrá el proceso.

Nos sumamos al documento “Kit Constituyente: Herramientas y argumentos para la participación de las mujeres en el proceso constituyente” generado por Humanas, el Observatorio de Género y Equidad, y Friedrich Ebert Stiftung, en él se plasma que en primera instancia es necesario generar un cambio en la forma de redacción de la nueva carta magna, el lenguaje debe ser inclusivo y de lleno hay que dejar de utilizar la palabra “hombre” como genérico para referirse a toda persona.

Consideramos que es necesario la declaración de algunos ítems importantes para la garantía de una constitución igualitaria, partiendo de temas generales tales como la laicidad del Estado: que garantiza la separación del Estado e Iglesia, y la libertad de conciencia y de culto como derechos diferenciados, que a la hora de ejercicios puntuales no se permitirá el uso de la objeción de conciencia para impedir derechos de la ciudadanía. El principio de igualdad material y efectiva, para dejar consagrado que todas las personas en Chile tienen los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación alguna. Y reconocer constitucionalmente la igualdad y no discriminación de género, esto entendido desde la igualdad ante la ley como en su dimensión sustancial, impulsando desde el Estado políticas públicas que busquen cambiar patrones socioculturales eliminando prejuicios y prácticas discriminatorias.

Ya en el marco de lo específico, los derechos básicos para asegurar una Constitución igualitaria se vinculan con las autonomías antes planteadas, por parte de la autonomía física debe primar el derecho la salud, el derecho sexual y reproductivo, teniendo como eje central la libertad individual en las decisiones de cada mujer en torno a su identidad, cuerpo, privacidad, necesidades, etc.

En el marco de la autonomía económica deben asegurarse en la Constitución elementos indispensables que hasta ahora tanto en lo conceptual así como lo cotidiano recaen en las mujeres, el derecho a la corresponsabilidad en las obligaciones familiares para que el Estado garantice que todas las personas constituyen la familia y no es propio de las mujeres, basándose en la igualdad de derechos y deberes, en valores como la solidaridad, el respeto y el esfuerzo común. En la misma tónica el Estado debe garantizar el derecho al cuidado, proveyendo los medios para poder garantizar el cuidado independiente de quién lo realice. El derecho al trabajo y a una seguridad social son importantísimos para hablar de autonomía económica de las mujeres, creemos que el Estado deberá partir reconociendo la desigualdad estructural que existe en el mercado laboral y proveer de lo necesario como protección social, así como declarar igualdad de remuneración en torno a las tareas a realizar e integrar el valor económico del trabajo del hogar.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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