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La toma de decisiones en la Convención Constitucional y en el sistema político Opinión

La toma de decisiones en la Convención Constitucional y en el sistema político

Gonzalo Martner
Por : Gonzalo Martner Economista, académico de la Universidad de Santiago.
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Desde su propio punto de vista, fue un error completo de la derecha y de los «moderados», por las mencionadas razones de principios democráticos y por la lógica de sumatoria de votos que radicaliza en vez de moderar, haber establecido los 2/3 para decidir los contenidos de la nueva Constitución. Se confiaron en obtener un tercio de bloqueo, que en la visión declarada en su momento por Pablo Longueira debía, incluso, plantearse hacer fracasar todo el proceso. El pueblo sabiamente no se los otorgó.


En estos días se agudiza la crítica a la Convención Constitucional (CC). Los que defienden el veto de la minoría sobre la mayoría fueron los que dotaron a la Convención de la regla de decisión por 2/3 de los votos de los miembros. Dicho sea de paso, esto ni siquiera existe en la Constitución de 1980, pues solo algunas de sus normas se modifican por un quórum de 2/3.

Se trata de los mismos que hoy se quejan de las decisiones que va tomando la CC por esos 2/3 de sus miembros. Incluso el Banco Central se ha permitido hacer llegar una opinión que incluye nada menos que lo siguiente: “Es fundamental que la organización y funcionamiento del BC se rijan, a su vez, por normas estables es decir, que no puedan ser alteradas por mayorías simples, dotándolas así de la debida certeza jurídica para cautelar que las políticas de esta institución cuenten con la credibilidad y seguridad necesarias para el logro de su mandato». Es increíble que una entidad del Estado se permita emitir una opinión directamente antidemocrática, pues no otra cosa es sostener que la estabilidad y la certeza jurídica las otorgan normas sujetas al veto de una minoría. Tal vez hay que recordarles a los emisores de la recomendación que las propias votaciones del consejo del Banco Central son por mayoría simple.

El tema de fondo es que los que impusieron la regla de 2/3 en la Convención, además de desconsiderar un tema de principios central de la democracia debe prevalecer la mayoría en la toma de decisiones, respetando el derecho de la minoría a procurar transformarse en mayoría–, no tomaron en cuenta un hecho muy relevante. Una «mayoría central» de 50% más uno no está en condiciones de prevalecer, por lo que debe buscar el apoyo de un 16% adicional entre alguna minoría. Descartada la minoría de derecha que se opuso al proceso constituyente y sostiene principios constitucionales propios del antiguo régimen, entonces la «mayoría central» no puede sino buscar aliados a su izquierda para aprobar las normas. ¿El resultado? Las izquierdas más radicalizadas hacen valer, al menos en parte, sus posiciones para conformar los 2/3, lo que de otro modo no podrían haber logrado. Las redacciones resultan más radicales que las que hubieran resultado de la voluntad de la «mayoría central» de 50% más uno. Aclaro que en lo personal eso no me molesta, pues soy una persona de izquierda (de tendencia racional, eso sí, como diría Eric Hobsbawm).

Desde su propio punto de vista, fue un error completo de la derecha y de los «moderados», por las mencionadas razones de principios democráticos y por la lógica de sumatoria de votos que radicaliza en vez de moderar, haber establecido los 2/3 para decidir los contenidos de la nueva Constitución. Se confiaron en obtener un tercio de bloqueo, que en la visión declarada en su momento por Pablo Longueira debía, incluso, plantearse hacer fracasar todo el proceso. El pueblo sabiamente no se los otorgó.

Esto da como para recomendar a los autodenominados «centroderechistas» y «amarillos» que conciban un poco mejor sus propuestas de toma de decisiones públicas en el futuro. Las reglas de la democracia, construidas largamente desde los antiguos griegos, incluyendo el principio de mayoría, son mucho más sabias de lo que piensan. Ojalá no sigan instalados en su desconfianza ancestral de la soberanía popular, que es el fundamento primordial de la democracia

La lección es que no debieran seguir procurando transgredir los principios democráticos permanentemente con reglas e instituciones contramayoritarias, como las que se sembraron por doquier en la Constitución de 1980, y que terminó en un completa crisis. Ahora tienen la opción de tratar de hacer fracasar por cualquier medio a la Convención Constitucional o, bien, votar en contra del texto que se proponga a la ciudadanía y prepararse para reformarla, si es aprobada, en el futuro en el Parlamento. Pero, eso sí, con el método democrático de construcción de una eventual mayoría, método que la nueva Constitución va a consagrar, en completo contraste con la de 1980. Es de esperar para la buena salud del país que sigan, más allá de su actual irritación, el segundo camino, el del libre juego democrático.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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