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Cómo evitar el mal uso de los datos de las personas

Hoy en día la información comercial, e incluso aquella personal, de cada uno de nosotros está literalmente al alcance de la mano.


Basta conocer nuestro número de RUT, la patente de nuestro vehículo, tener nuestra huella digital o simplemente conocer nuestro nombre completo, para saber prácticamente TODO de cualquier persona.

“Efectivamente, el “mal uso” de los datos personales, puede generar desde fraudes comerciales hasta las conocidas estafas telefónicas que se hacen, por ejemplo, desde la cárcel”, señala Hans Hanckes, Gerente General del buró de crédito SIISA y destacado Ingeniero Civil Industrial, con casi 20 años en la industria.

“Hoy en día se está expuesto a una gran variedad de delitos relativos a la suplantación de identidad y que por razones obvias requieren que el delincuente tenga acceso a información que en otras circunstancias sólo puede ser entregada por el titular, entre los cuales se cuentan: estafas comerciales, estafas telefónicas, comisión de delitos a personas previamente individualizadas, robo de vehículos específicos por encargo, etc”, explica Hanckes.

Cómo evitar estos fraudes?

“La única posibilidad cierta que existe de evitar este tipo de delitos contra las personas es que la legislación sea restrictiva respecto de la finalidad del dato, se apliquen sanciones efectivas al mal uso de los mismos por parte de las personas y se establezca supervisión sobre aquellos bancos de datos que, al amparo de la ley, operan con información de las personas”, señala el Ingeniero.

A juicio de Hanckes, “a la legislación chilena le faltan muchas cosas, como por ejemplo entre otras, que se garantice el concepto de la finalidad del dato presente en todas las legislaciones de países desarrollados, se incorpore información positiva a la información comercial para que la evaluación sea justa especialmente para las personas de los segmentos socio económicos C2C3D y E, así como el establecimiento de sanciones frente al mal uso y abuso que se pudiere hacer de la misma, tanto al banco de datos respecto de la transmisión de los mismos como al usuario final de ellos. Lo anterior puesto que una vez que el dato es entregado a público, es imposible responsabilizar al banco de datos por el mal uso que se pudiere hacer de los mismos”.

Las redes sociales

“Una vez que se hace pública la información entregada a través de las redes sociales, es imposible su control por parte del titular de la misma, por lo que la única opción para evitar el mal uso de ésta es no publicar información personal que permita a terceros no identificados, hacer un uso malicioso. Hay que tener presente que a partir del nombre del titular, accediendo a ciertos bancos de información de acceso público, se puede relacionar y sacar todos los datos asociados al mismo”, explica Hanckes.

Por último, el Ingeniero señala que “es más común que los datos de las personas se obtengan de las redes sociales que por filtración de los Bancos y de empresas de Retail o de los buró de crédito, ya que claramente los mecanismos de seguridad de estas instituciones, hacen muy difícil su extracción ilegítima, y es más controlable e identificable el origen, y por ende las posibilidades de sanción a través de la denominada Ley de Delito Informático: ley 19.233”.

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