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La CIDH condena a México por asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez

«El Estado incumplió con su deber de investigar -y con ello su deber de garantizar- los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal», señaló en su resolución la Corte, que tiene su sede en Costa Rica.


La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado mexicano por un caso relacionado con el asesinato de tres de mujeres en Ciudad Juárez y su posterior falta de investigación, informó el tribunal continental.

El organismo dependiente de la Organización de Estados Americanos (OEA) señaló en su sentencia, con fecha del 16 de noviembre y publicada el jueves último en su página en internet, que México violó los derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, los derechos del niño, acceso a la justicia y protección judicial de las víctimas.

«El Estado incumplió con su deber de investigar -y con ello su deber de garantizar- los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal», señaló en su resolución la Corte, que tiene su sede en Costa Rica.

La sentencia condena a México a pagar a las familias de las víctimas un total de 383.000 dólares por concepto de daño material e inmaterial y ordena investigar y castigar a los funcionarios judiciales sospechosos de cometer «irregularidades» en las pesquisas por estos casos.

Además, establece que el Gobierno mexicano investigue supuestos hostigamientos hacia los familiares de las víctimas.

El llamado «Caso del Campo Algodonero» fue presentado ante la Corte en noviembre de 2007 y se refiere a los asesinatos de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera y Laura Berenice Ramos Monárrez, dos de ellas menores de edad.

Sus cadáveres aparecieron en 2001 en un campo algodonero de Ciudad Juárez, localidad mexicana fronteriza con la estadounidense El Paso (Texas).

Los jueces indican en la sentencia que «el Estado no demostró haber adoptado normas o implementado las medidas necesarias (…) que permitieran a las autoridades ofrecer una respuesta inmediata y eficaz ante las denuncias de desaparición y prevenir adecuadamente la violencia contra la mujer».

«México no demostró haber adoptado las medidas razonables, conforme a las circunstancias que rodeaban a los casos, para encontrar a las víctimas con vida» y «no actuó con prontitud dentro de las primeras horas y días luego de las denuncias de desaparición, dejando perder horas valiosas», indica la sentencia.

Los jueces afirmaron que «hubo demoras injustificadas luego de las presentaciones de las denuncias de desaparición» lo que «demuestra que el Estado no actuó con la debida diligencia requerida para prevenir adecuadamente las muertes y agresiones sufridas por las víctimas».

La Corte ordena, además, al Estado mexicano eliminar los obstáculos que impidan la debida investigación de los hechos y el desarrollo de los respectivos procesos judiciales para que estos sean «expeditos a fin de evitar la repetición de hechos iguales».

La CorteIDH también ordenó al Estado mexicano realizar, en el plazo de un año, un acto público de reconocimiento de la culpa, en el cual también se desvele un monumento en memoria de las mujeres víctimas de homicidio por razones de género en Ciudad Juárez.

Entre 1993 y 2008 en Ciudad Juárez se cometieron alrededor de 500 homicidios de mujeres, lo que llevó a acuñar el término «feminicidio» en el país, a establecer fiscalías especiales para investigar ese tipo de delitos y a la creación de un sinnúmero de organizaciones civiles que buscan poner fin a la impunidad.

Las resoluciones de la CorteIDH son inapelables y de acatamiento obligatorio para los Estados miembros del la OEA.

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